Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Departamento de Servicios - Coordinación Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas. - ÁREA TRANSPORTE
Se requiere que los vehículos de la GGII se encuentren permanentemente limpios; ya que son utilizados para las tareas propias de la Gerencia (traslado de funcionarios, autoridades, notificaciones, operativos, viajes al interior del país)
El mismo es un llamado periódico y responde a una necesidad permanente.
Las mismas fueron elaboradas en base a las necesidades que requiere la GGII en cuanto al cuidado y mantenimiento de los vehículos de dicha dependencia.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
DEFINICIÓN DE LOS SERVICIOS.
Lavado Superficial
Lavado Completo
Servicio de Engrase
El servicio incluye (Lubricantes para engrase grasas tipo NGLI-2 y materiales de limpieza).
Los servicios serán ejecutados contra demanda de la convocante.
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN.
OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Grupo | ITEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO |
1 | Automóvil Sedán - Lavado Superficial | |
2 | Camioneta Utilitaria Doble Cabina -Lavado Superficial | |
3 | Camioneta Rural Cerrada (5 puertas) - Lavado Superficial | |
4 | Minibús Capacidad 8-10 Personas - Lavado Superficial | |
5 | Camión Carga Sencilla (Dual) - Lavado Superficial | |
6 | Camión Bus- Lavado Superficial | |
7 | Automóvil Sedán - Lavado Completo | |
8 | Camioneta Utilitaria Doble Cabina - Lavado Completo | |
9 | Camioneta Rural Cerrada (5 puertas) - Lavado Completo | |
10 | Minibús Capacidad 8-10 Personas - Lavado Completo | |
11 | Camión Carga Sencilla (Dual) - Lavado Completo | |
12 | Camión Bus - Lavado Completo | |
13 | Camioneta Utilitaria Doble Cabina - Servicio de Engrase | |
14 | Camioneta Rural Cerrada (5 puertas) - Servicio de Engrase | |
15 | Minibús Capacidad 8-10 Personas - Servicio de Engrase | |
16 | Camión Carga Sencilla (Dual) - Servicio de Engrase | |
17 | Camión Bus - Servicio de Engrase |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Grupo |
Descripción |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 |
SERVICIO DE LAVADO Y ENGRASE DE VEHICULOS DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS |
Unidad |
1 |
En local de la Contratista |
Para la habilitación de los servicios, la Convocante emitirá una Orden de Servicio. Para la efectiva ejecución del servicio, adicionalmente, la Convocante emitirá una Orden de Trabajo debidamente numerada con el detalle del servicio requerido; el cual debe ser ejecutado y culminado por el Proveedor en el mismo día de la presentación de la Orden de Trabajo. El pago será por el servicio efectivamente prestado y a satisfacción de la Convocante. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de Servicio 1 |
Acta de Conformidad |
Agosto 2024 |
IOrden de Servicio 2 |
Acta de Conformidad |
Setiembre 2024 |
Orden de Servicio 3 |
Acta de Conformidad |
Octubre 2024 |
Orden de Servicio 4 |
Acta de Conformidad |
Noviembre 2024 |
Orden de Servicio 5 |
Acta de Conformidad |
Diciembre 2024 |
Orden de Servicio 6 | Acta de Conformidad | Enero 2025 |
Orden de Servicio 7 | Acta de Conformidad | Febrero 2025 |
Orden de Servicio 8 | Acta de Conformidad | Marzo 2025 |
Orden de Servicio 9 | Acta de Conformidad | Abril 2025 |
Orden de Servicio 10 | Acta de Conformidad | Mayo 2025 |
Orden de Servicio 11 | Acta de Conformidad | Junio 2025 |
Orden de Servicio 12 | Acta de Conformidad | Julio 2025 |
Orden de Servicio 13 | Acta de Conformidad | Agosto 2025 |
Orden de Servicio 14 | Acta de Conformidad | Setiembre 2025 |
Orden de Servicio 15 | Acta de Conformidad | Octubre 2025 |
Orden de Servicio 16 | Acta de Conformidad | Noviembre 2025 |
Orden de Servicio 17 | Acta de Conformidad | Diciembre 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.