Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:

El presente llamado a ser publicado ha sido solicitado por: el Departamento de Tesorería del Banco Central del Paraguay, de acuerdo a las necesidades de la Institución y con la aprobación correspondiente. El funcionario responsable del área requirente según Dictamen Técnico: César Rojas Aseretto (en carácter de Director del Departamento de Tesorería).

 

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:

La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación realizada radica en: Se requiere el servicio a efectos de la realización de los despachos de monedas conmemorativas debido a que anualmente se estima como máximo 3 (tres) emisiones de estas monedas por parte del Banco Central del Paraguay (BCP). Las monedas conmemorativas son fabricadas en el exterior y enviadas al BCP, por lo general, por vía aérea o marítima, en ese sentido, se solicita las gestiones de despacho de aduanas para retirar la mercadería.

 

  1. Justificar la planificación:

Con relación a la planificación, se indica que: se trata de un llamado periódico, sucesivo ya que la necesidad es continua.

 

  1. Justificar las especificaciones técnicas establecidas:

Las especificaciones técnicas establecidas se justifican en: las necesidades actuales de la Institución, en su infraestructura, conocimiento del área técnica, entre otros.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

GENERALIDADES:

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:

Con relación a la Garantía de Mantenimiento de Oferta solicitada en el apartado Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación de la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN favor considerar lo siguiente: En los procedimientos de contratación de menor cuantía inferiores a los dos mil (2.000) jornales mínimos, se admitirá la instrumentación de las garantías de mantenimiento de ofertas a través de Declaraciones juradas. Dicha declaración jurada deberá estar acompañada de la CERTIFICACIÓN DE FIRMAS conforme a la reglamentación vigente (Res. DNCP N° 1230/2024). Se aclara que la fecha indicada en el Formulario de DDJJ de Mantenimiento de Ofertas, deberá coincidir con la fecha del documento de CERTIFICACIÓN DE FIRMAS expedido por el/la Notario/a Público/a.

  • RESPONSABILIDADES GENERALES DEL PROVEEDOR:

1. El Proveedor deberá suministrar todos los bienes o servicios de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones y sus adendas, así como en el Contrato/ Orden de Compra y sus adendas.

2. El Proveedor será responsable de cualquier indemnización por daños causados en el marco de la ejecución del contrato por él o su personal a los funcionarios y/o a terceros, y/o a los bienes de éstos, y/o a los bienes o instalaciones o imagen reputacional de la Contratante; por causas imputables al mismo.

3. Responder por todo incumplimiento o consecuencia imputable al mismo, derivados de la incorrecta o incompleta ejecución de lo contratado.

4. Contratar y mantener el personal calificado necesario para la realización de los servicios requeridos. Cumplir con todas las leyes laborales y de Seguridad Social vigentes. Asumir todos los riesgos en los términos del Código del Trabajo vigente, liberando al BCP de cualquier responsabilidad al respecto.

5. Cumplir con todas las medidas de seguridad que se requieran respecto a su personal, a fin de evitar accidentes de trabajo durante la ejecución contractual.

6. El Proveedor deberá indemnizar y eximir de cualquier responsabilidad a la contratante y a sus empleados y funcionarios, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamación, demanda, pérdida, daño, costo y gasto cualquiera sea su naturaleza, incluidos los honorarios y gastos de representación legal, en los cuales pueda incurrir la contratante como resultado de riesgos profesionales o muerte de los empleados del Proveedor, sea reclamado por el trabajador o sus causahabientes durante la vigencia del Contrato/ Orden de Compra. Como riesgos profesionales se entenderán los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se considerarán igualmente accidentes del trabajo los hechos constituidos por caso fortuito o fuerza mayor inherentes al trabajo que produzcan las mismas lesiones.

 

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

CONTRATO ABIERTO POR MONTO

MONTO MÁXIMO: Gs. 30.000.000.-

MONTO MÍNIMO: Gs. 15.000.000.-

 

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

 

  1. PERFIL DE LA AGENCIA DE DESPACHO ADUANERO

El Despachante debe cumplir con todas las exigencias de la Gerencia General de Aduanas (Dirección Nacional de Ingresos Tributarios DNIT), y estar habilitado para realizar todas las gestiones pertinentes en las aduanas nacionales.

El Proveedor deberá contar indefectiblemente con la siguiente infraestructura y recursos:

  1. Oficina con equipos informáticos con el kit del Sistema Sofía y lector de tarjeta.
  2. Conexión a Internet con disponibilidad de Correo electrónico.
  3. Equipo para digitalización de documentos (escáner).
  4. Un (1) Personal permanente disponible para atención en caso de emergencia y/o ausencia del Despachante de Aduanas, con posibilidad de comunicación a través de correo electrónico, teléfonos línea baja y celulares, para satisfacer plenamente las necesidades del Banco Central del Paraguay (BCP). El Despachante de Aduanas deberá brindar un listado con los datos completos del personal a su cargo (Nombre, Apellido, Número de Cédula, Números telefónicos, correo electrónico) que realizará las gestiones con el Departamento de Tesorería del BCP.

 

  1. DETALLE DE LOS SERVICIOS A REALIZAR

 

  1. El despachante deberá realizar todos los trámites relacionados con el despacho de la mercadería en la aduana hasta su finiquito y deberá gestionar toda la documentación al efecto.
  2. Los servicios serán realizados conforme a la solicitud escrita a ser remitida por el área administradora del contrato al Proveedor.
  3. El Proveedor deberá otorgar la información requerida de los despachos al área administradora del Contrato.
  4. En caso de requerir algún permiso o licencia para el despacho, el Proveedor deberá informar en la brevedad para realizar las gestiones necesarias en cumplimiento de las legislaciones vigentes.
  5. El Proveedor se compromete a realizar los trámites y el retiro provisorio/definitivo de las mercaderías que indique la Contratante del lugar de embarque y desembarque.
  6. Si la Contratante constatare defectos en la documentación de un despacho oficializado, el Despachante de Aduanas deberá efectuar las gestiones requeridas para corregir dichos defectos, a su cargo, hasta que la documentación esté a entera satisfacción de la Contratante.
  7. El Proveedor tendrá a su cargo el pago de los tributos aduaneros, tasas portuarias y otros gastos y deberá presentar la liquidación y demás documentos respaldatorios a efectos del reembolso por parte de la Contratante.
  8. El Proveedor, una vez culminado el servicio de despacho de la mercadería, deberá presentar la factura para el pago de sus honorarios básicos y el porcentaje adicional, de acuerdo al valor imponible de cada despacho de importación y conforme a la escala establecida en el Art. 3 de la Ley N° 220/93 "De arancel profesional de los despachantes de Aduanas", así como los demás documentos requeridos en el apartado Formas y condiciones de pago de este PBC.

 

Escala para el pago de honorarios y porcentaje adicional:

1

2

3

4

DE Gs.

HASTA Gs.

Honorario básico (Gs.)

% adicional

1

10.000.000

50.000

2%

10.000.001

50.000.000

250.000

1%

50.000.001

100.000.000

750.000

0,80%

100.000.001

250.000.000

1.550.000

0,50%

250.000.001

y más

2.800.000

0,30%

 

Cabe mencionar que, los honorarios detallados en el cuadro no incluyen el IVA, por lo que deberá ser adicionado por el Proveedor al momento de la facturación.

Asimismo, se indica que los precios a ser consignados por los oferentes en la LISTA DE PRECIOS del llamado serán considerados sin IVA, aunque el documento estándar a ser descargado del SICP indique IVA NCLUIDO.

 

OBSERVACIÓN:

Las ofertas que consignen precios que no se adecuen a los honorarios básicos establecidos en la Ley N° 220/93, que se detallan más arriba, serán rechazadas.

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

SERVICIO DE DESPACHANTE DE ADUANAS

Ítem N°

Descripción del bien/servicio

Cantidad

Unidad de Medida

Presentación

1

Servicio de despacho aduanero. Según escala de precios establecidos en la Ley 220/93 (Aranceles profesionales de despachante de aduanas) de Gs. 1 a 10.000.000.-

1

UNIDAD

EVENTO

2

Servicio de despacho aduanero. Según escala de precios establecidos en la Ley 220/93 (Aranceles profesionales de despachante de aduanas) de Gs. 10.000.001 a 50.000.000.-

1

UNIDAD

EVENTO

3

Servicio de despacho aduanero. Según escala de precios establecidos en la Ley 220/93 (Aranceles profesionales de despachante de aduanas) de Gs. 50.000.001 a 100.000.000.-

1

UNIDAD

EVENTO

4

Servicio de despacho aduanero. Según escala de precios establecidos en la Ley 220/93 (Aranceles profesionales de despachante de aduanas) de Gs. 100.000.001 a 250.000.000.-

1

UNIDAD

EVENTO

5

Servicio de despacho aduanero. Según escala de precios establecidos en la Ley 220/93 (Aranceles profesionales de despachante de aduanas) de Gs. 250.000.001 y más.

1

UNIDAD

EVENTO

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítems

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de prestación de los servicios

Plazo de prestación/ejecución de los servicios

Plazo de vigencia del Contrato

De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP.

De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP.

De acuerdo a las cantidades solicitadas por el área administradora del contrato.

De acuerdo a la Lista de Precios publicada en el SICP.

Los servicios deberán ser prestados en los lugares donde deban llevarse a cabo las diligencias encomendadas.

El Proveedor deberá ejecutar los servicios dentro de los 2 (dos) días hábiles de haber

recepcionado la solicitud escrita emitida por el BCP.

El plazo de prestación de los servicios será de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la fecha que se establezca al efecto en la Orden de Inicio del servicio (a ser emitida por el Departamento de Tesorería dentro del plazo de 10 días hábiles desde la suscripción de la Orden de Compra).

El plazo de vigencia será de 24 (veinticuatro) meses, contados a partir de la fecha que se establezca al efecto en la Orden de Inicio del servicio (a ser emitida por el Departamento de Tesorería dentro del plazo de 10 días hábiles desde la suscripción de la Orden de Compra).

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

La Contratante fiscalizará la ejecución del Contrato a través del área administradora del Contrato. Se verificará que lo ejecutado cumpla a cabalidad con lo establecido en la Sección Suministros Requeridos Especificaciones técnicas y en la Lista de Precios; y se adecuen al Plan de Entrega de los Bienes o Servicios del presente PBC.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

  • Documentos de solicitud de los bienes/servicios al Proveedor, si correspondiere.
  • Conformidad del área técnica administradora del Contrato.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Documentos de solicitud de los bienes/ servicios al Proveedor, si correspondiere, y Conformidad del área técnica administradora del contrato.

  • Documentos de solicitud de los bienes/servicios al Proveedor emitidos por el área administradora del contrato, si correspondiere.
  • Nota/ Formulario/ Providencia/ Memorando de conformidad del área técnica administradora del contrato.

En el marco de la ejecución contractual, de acuerdo con el plazo establecido en el Plan de Entrega de los bienes o servicios del presente PBC, el área administradora del contrato emitirá los documentos de solicitud al Proveedor, si correspondiere, y posteriormente, el/la Nota/Formulario/Providencia/Memorando de conformidad, exigida/o para el/los pago/s correspondiente/s.