Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Unidad Solicitante:
Lic. Milagros Zárate, Coordinadora Administrativa, a través de la Dirección de Administración y Finanzas, a cargo del C.P. Luís Dinatale Ramos, Director de Administración y Finanzas.
Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
El presente llamado tiene como finalidad satisfacer las necesidades existentes de recarga y mantenimiento de los equipos extintores, brindando de esa forma a la DINAPI, los equipos de protección necesarios y en perfectas condiciones para actuar ante cualquier situación de peligro o siniestro que se presente.
Justificación de la planificación:
Corresponde a un llamado periódico.
Justificación de las especificaciones técnicas establecidas:
Las especificaciones técnicas y demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones fueron elaboradas en base a las particularidades de las necesidades a satisfacer y la envergadura del llamado, teniendo en cuenta el servicio principal y complementos inherentes, conforme a necesidades institucionales.
Se concluye que las especificaciones técnicas y las condiciones particulares, se encuentran estipuladas con criterios suficientes claros, objetivos e imparciales y son en base a los requisitos técnicamente indispensables, en cumplimiento estricto con el Art. 40° del Decreto N° 9823/2023, reglamentario de la Ley 7021/2022 de Suministro y Contrataciones Públicas.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Ítem |
Código Catalogo |
Descripción |
Cant |
Unid. De Med. |
1 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 4 kg |
1 |
Unid |
2 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 6 kg |
5 |
Unid |
3 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 8 kg |
6 |
Unid |
4 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 10 kg |
60 |
Unid |
5 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor Anhídrido Carbónico (CO2) de 10 kg |
7 |
Unid |
6 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor Acetato de Potasio tipo K de 10 kg. |
2 |
Unid |
CONDICIONES GENERALES.
Podrán participar del concurso, las Empresas que cuentan con Licencia para uso de la Marca INTN Servicios para el mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio, correspondiente al tipo de agente extintor que será mantenido o recargado, y que estén habilitados y registrados por el Ministerio de Industria y Comercio.
El costo deberá incluir la mano de obra, recarga, verificación de válvula y todos los materiales necesarios.
La Empresa que realice la recarga de los extintores portátiles de incendio deberá adecuarse a todos los requisitos establecidos al respecto en la Resolución del MIC N° 458/06 y 853/07 y de las Normas Paraguayas de referencia.
La firma ejecutora no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
Descarga de presión y vaciamiento de agentes extintor.
Realizar peso Tara de cada cilindro (presentar en la planilla).
Prueba hidráulica de los cilindros conforme a las normativas.
Todos los extintores deberán contar con la etiqueta de vencimiento de la garantía del servicio, proporcionada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.
Los cilindros que no superen las pruebas hidrostáticas deberán seguir los procedimientos de la Resolución del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) N°916/10 Art. 22 informe para la baja de tubos que no superen las pruebas hidrostáticas.
Luego de la recarga del extintor deber ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año.
Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo todo será rechazado y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente.
La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
GARANTÍAS.
El periodo mínimo de validez de la carga será 1 (un) año, cada cilindro deberá contar con las etiquetas de vencimiento aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) y consecuentemente los productos deberán contar con el sello de conformidad a las normas del mismo.
NORMATIVAS LEGALES.
Todos los Servicios que hacen relación a la presente Contratación deben adecuarse a lo estipulado en la norma paraguaya del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.).
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS
Ítem |
Código Catalogo |
Descripción |
Cant |
Unid. De Med. |
1 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 4 kg |
1 |
Unid |
2 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 6 kg |
5 |
Unid |
3 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 8 kg |
6 |
Unid |
4 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 10 kg |
60 |
Unid |
5 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor Anhídrido Carbónico (CO2) de 10 kg |
7 |
Unid |
6 |
46191601-002 |
Recarga de Extintor Acetato de Potasio tipo K de 10 kg. |
2 |
Unid |
CONDICIONES GENERALES.
Podrán participar del concurso, las Empresas que cuentan con Licencia para uso de la Marca INTN Servicios para el mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio, correspondiente al tipo de agente extintor que será mantenido o recargado, y que estén habilitados y registrados por el Ministerio de Industria y Comercio.
El costo deberá incluir la mano de obra, recarga, verificación de válvula y todos los materiales necesarios.
La Empresa que realice la recarga de los extintores portátiles de incendio deberá adecuarse a todos los requisitos establecidos al respecto en la Resolución del MIC N° 458/06 y 853/07 y de las Normas Paraguayas de referencia.
La firma ejecutora no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
Descarga de presión y vaciamiento de agentes extintor.
Realizar peso Tara de cada cilindro (presentar en la planilla).
Prueba hidráulica de los cilindros conforme a las normativas.
Todos los extintores deberán contar con la etiqueta de vencimiento de la garantía del servicio, proporcionada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.
Los cilindros que no superen las pruebas hidrostáticas deberán seguir los procedimientos de la Resolución del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) N°916/10 Art. 22 informe para la baja de tubos que no superen las pruebas hidrostáticas.
Luego de la recarga del extintor deber ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año.
Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo todo será rechazado y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente.
La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
GARANTÍAS.
El periodo mínimo de validez de la carga será 1 (un) año, cada cilindro deberá contar con las etiquetas de vencimiento aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) y consecuentemente los productos deberán contar con el sello de conformidad a las normas del mismo.
NORMATIVAS LEGALES.
Todos los Servicios que hacen relación a la presente Contratación deben adecuarse a lo estipulado en la norma paraguaya del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.).
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cant. |
Unidad de medida |
Lugar de Entrega |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 4 kg |
1 |
Unidad |
En la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI), Departamento de Mantenimientos, de Lunes a Viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs, sito en Estados Unidos N°354 c/España |
El oferente adjudicado o Contratista tendrá un plazo de 7 (SIETE) días calendarios a partir de la recepción de la orden de compra/servicio |
2 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 6 kg |
5 |
Unidad |
||
3 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 8 kg |
6 |
Unidad |
||
4 |
Recarga de Extintor con Polvo Químico Seco (PQS) de 10 kg |
60 |
Unidad |
||
5 |
Recarga de Extintor Anhídrido Carbónico (CO2) de 10 kg |
7 |
Unidad
|
||
6 |
Recarga de Extintor Acetato de Potasio tipo K de 10 kg. |
2 |
Unidad |
El inicio de los servicios objeto del presente llamado, será con la recepción de la Orden de Servicio. Y se realizará por partes o etapas, en coordinación con el Departamento de Mantenimientos de la DINAPI, de tal forma a no desabastecer de extintores a la Institución.
Es responsabilidad de la empresa adjudicada, el retiro de los equipos extintores de las dependencias de la institución y su posterior devolución al mismo lugar de origen con la recarga correspondiente.
El plazo de entrega de los bienes es de diez (7 Siete) días calendario a partir de la recepción de la Orden de Servicio.
El lugar de la entrega de los servicios adjudicados es Estados Unidos N° 354 c/ España, en la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, Departamento de Mantenimientos, de Lunes a Viernes de 07:30 horas a 13:00 horas.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será: Nota de Remisión.
Frecuencia: Conforme Orden de Servicio emitida por la convocante, entrega por el total
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Servicio |
Nota de Remisión |
Conforme Orden de Servicio Emitido |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.