Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
mosorio
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
15-07-2024 - 14:26
Fecha de Fin
18-07-2024 - 09:09
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
Dictamen Técnico de EETT: Solicitamos ampliar dicho dictamen ya que en el mismo solo se indica las especificaciones técnicas del proceso, recordamos a la convocante que el documento consiste en un dictamen por el cual se sustentan las especificaciones técnicas refrendado por el responsable del área requirente o del técnico que las recomendó (Res. 4401 Art. 40 inciso a y Circular 27/24). Verificado el dictamen técnico de EETT, no se visualiza el nombre del funcionario o técnico responsable que haya recomendado las eett asi como la dependencia y cargo que desempeña del área requirente. Tampoco se visualiza la firma del encargado de UOC. (Circular 27/24).// *Solicitamos a la Convocante se sirva remitir el Dictamen técnico, establecido en la Resolución Dncp N° 4401/23, modificada por Resolución Dncp N° 453/24, Circular Dncp N° 27/24.- Recordamos a la Convocante, que el Dictamen técnico deberá estar firmada por la persona responsable de la unidad requirente y el responsable de la UOC.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se verifica como se realizó el cálculo de la metodologia utilizada en el dictamen de precios referenciales
Descripción
En el Dictamen de precios referenciales no se observa el detalle del analisis realizado para la obtencion del precio, se solicita indicar en dicho dictamen la metodología y el calculo utilizado para la obtención de los mismos.
Comentario
En el Dictamen remitido no se observa la utilización de la combinación de al menos dos metodologías; tampoco observamos la fundamentación del porqué no se puede utilizar dicha combinación de fuentes.- Solicitamos a la Convocante remitir el dictamen de precios referenciales, además la planilla de estimación de costos de tal manera a verificar la metodología utilizada para el calculo de los precios estimados

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Exponer con mayor detalle que hecho/s ha/n imposibilitado a la convocante realizar el proceso con mayor anticipación a la practicada, a través de un proceso convencional o SBE.
Comentario
Se solicita remitir la Resolución de aprobación del llamado de referencia,.-

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.