El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. Viendo esta exigencia, consideramos defasada ya que el mismo fue sustituida actualizado/vigente en la Norma Laboral NP 49 001 11, Versión 2 que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), y actualmente no presenta ni regula ningún tipo de servicios que pudieran beneficiar a los servicios técnicos en aires acondicionados, es mas para importadores de equipos y repuestos de refrigeración, por lo que seria un obstáculos a la reglamentación de la Ley 7021/2022, la cual es obtener la mayor cantidad de oferentes, y con esto se limita la participación de potenciales oferentes y de ese modo DIRECCIONAR EL LLAMADO
El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. Viendo esta exigencia, consideramos defasada ya que el mismo fue sustituida actualizado/vigente en la Norma Laboral NP 49 001 11, Versión 2 que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), y actualmente no presenta ni regula ningún tipo de servicios que pudieran beneficiar a los servicios técnicos en aires acondicionados, es mas para importadores de equipos y repuestos de refrigeración, por lo que seria un obstáculos a la reglamentación de la Ley 7021/2022, la cual es obtener la mayor cantidad de oferentes, y con esto se limita la participación de potenciales oferentes y de ese modo DIRECCIONAR EL LLAMADO
Además, deberá contar con herramientas acordes al estado del arte del rubro de acondicionadores de aire, que permitan cumplir obligatoriamente con la Norma NP 49 001 11, y con las buenas prácticas en refrigeración; por lo que debe contar mínimamente, y disponible exclusivamente para la ejecución del contrato Asunto de este llamado, con las siguientes herramientas:
Equipo recuperador de refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con marcaje CE, con certificación UL/TUV (o similares); de tamaño necesario para recuperar refrigerante en base a la capacidad de los equipos acondicionadores de aire (y los tipos de refrigerantes) con los que cuenta la PETROPAR
Equipo de reciclado de Refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con complementos certificados y consumibles en condiciones y acorde para cada tipo de Refrigerantes
Cilindro de recuperación: con al menos 2 años de fabricación, acorde al estado del arte, y cuanto menos 2 cilindros de recuperación por cada tipo de Refrigerantes con los que cuentan los acondicionadores de aires usados en la planta. Queda prohibido el uso de cilindros de refrigerantes nuevos o usados para el proceso de recuperación.
Juego de manómetros: con al menos 2 años de fabricación, digitales y con certificación de calibración, con sensores de temperatura integrados, con marcaje CE
Vacuómetro: tipo digital, con unidad de medida mínimamente en micrones, con certificación de calibración, con marcaje CE.
Bombas de vacío: con al menos 2 años de fabricación, mínimamente de 1HP, 2 de etapas, con marcaje CE
Por lo consideramos que en ninguna parte de la norma paraguaya para el manejo de sustancias refrigerantes hace mención sobre la vejez de los tanques de recuperación. El requerir que se presente equipos con una antigüedad no superior a dos años de la compra de los tanques de recuperación, manómetros, vacuómetros, cilindros es una limitación injustificada, ya que los mismos se pudieron haber adquiridos en años anteriores, y sobre todos que deberán ser digitales, cuando claramente las prácticas principales son realizadas con equipos analógicos por la principal casa de estudio que es el SNPP
Además, deberá contar con herramientas acordes al estado del arte del rubro de acondicionadores de aire, que permitan cumplir obligatoriamente con la Norma NP 49 001 11, y con las buenas prácticas en refrigeración; por lo que debe contar mínimamente, y disponible exclusivamente para la ejecución del contrato Asunto de este llamado, con las siguientes herramientas:
Equipo recuperador de refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con marcaje CE, con certificación UL/TUV (o similares); de tamaño necesario para recuperar refrigerante en base a la capacidad de los equipos acondicionadores de aire (y los tipos de refrigerantes) con los que cuenta la PETROPAR
Equipo de reciclado de Refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con complementos certificados y consumibles en condiciones y acorde para cada tipo de Refrigerantes
Cilindro de recuperación: con al menos 2 años de fabricación, acorde al estado del arte, y cuanto menos 2 cilindros de recuperación por cada tipo de Refrigerantes con los que cuentan los acondicionadores de aires usados en la planta. Queda prohibido el uso de cilindros de refrigerantes nuevos o usados para el proceso de recuperación.
Juego de manómetros: con al menos 2 años de fabricación, digitales y con certificación de calibración, con sensores de temperatura integrados, con marcaje CE
Vacuómetro: tipo digital, con unidad de medida mínimamente en micrones, con certificación de calibración, con marcaje CE.
Bombas de vacío: con al menos 2 años de fabricación, mínimamente de 1HP, 2 de etapas, con marcaje CE
Por lo consideramos que en ninguna parte de la norma paraguaya para el manejo de sustancias refrigerantes hace mención sobre la vejez de los tanques de recuperación. El requerir que se presente equipos con una antigüedad no superior a dos años de la compra de los tanques de recuperación, manómetros, vacuómetros, cilindros es una limitación injustificada, ya que los mismos se pudieron haber adquiridos en años anteriores, y sobre todos que deberán ser digitales, cuando claramente las prácticas principales son realizadas con equipos analógicos por la principal casa de estudio que es el SNPP
El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV.
Considerando este pedido como sin fundamento, ya que la CAPAREV es un organismo de carácter privado, que aglutina a las empresas de importación de sustancias relacionadas al sub sector de refrigeración y aire acondicionado, de este modo creemos no esta relacionado al llamado al presente llamado para mantenimiento y reparaciones de aires acondicionados.
De este modo creemos que esta dejando de lado a profesionales capacitados para los servicios solicitados, también puede considerarse que esta dirigido a ciertos grupos, evitando la participación de potenciales oferentes
El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV.
Considerando este pedido como sin fundamento, ya que la CAPAREV es un organismo de carácter privado, que aglutina a las empresas de importación de sustancias relacionadas al sub sector de refrigeración y aire acondicionado, de este modo creemos no esta relacionado al llamado al presente llamado para mantenimiento y reparaciones de aires acondicionados.
De este modo creemos que esta dejando de lado a profesionales capacitados para los servicios solicitados, también puede considerarse que esta dirigido a ciertos grupos, evitando la participación de potenciales oferentes
Equipo recuperador de refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con marcaje CE, con certificación UL/TUV (o similares); de tamaño necesario para recuperar refrigerante en base a la capacidad de los equipos acondicionadores de aire (y los tipos de refrigerantes) con los que cuenta la PETROPAR
Equipo de reciclado de Refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con complementos certificados y consumibles en condiciones y acorde para cada tipo de Refrigerantes
Cilindro de recuperación: con al menos 2 años de fabricación, acorde al estado del arte, y cuanto menos 2 cilindros de recuperación por cada tipo de Refrigerantes con los que cuentan los acondicionadores de aires usados en la planta. Queda prohibido el uso de cilindros de refrigerantes nuevos o usados para el proceso de recuperación.
Juego de manómetros: con al menos 2 años de fabricación, digitales y con certificación de calibración, con sensores de temperatura integrados, con marcaje CE
Vacuómetro: tipo digital, con unidad de medida mínimamente en micrones, con certificación de calibración, con marcaje CE.
Bombas de vacío: con al menos 2 años de fabricación, mínimamente de 1HP, 2 de etapas, con marcaje CE
En ninguna parte de la norma paraguaya para el manejo de sustancias refrigerantes hace mención sobre la vejez de los tanques de recuperación. El requerir que se presente la compra de los tanques de recuperación es una limitación injustificada, ya que los mismos se pudieron haber adquiridos en años anteriores. Pedimos tengan a bien aceptar la presentación de factura de compra de los tanques de cualquier año.
Equipo recuperador de refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con marcaje CE, con certificación UL/TUV (o similares); de tamaño necesario para recuperar refrigerante en base a la capacidad de los equipos acondicionadores de aire (y los tipos de refrigerantes) con los que cuenta la PETROPAR
Equipo de reciclado de Refrigerante: con al menos 2 años de fabricación, con complementos certificados y consumibles en condiciones y acorde para cada tipo de Refrigerantes
Cilindro de recuperación: con al menos 2 años de fabricación, acorde al estado del arte, y cuanto menos 2 cilindros de recuperación por cada tipo de Refrigerantes con los que cuentan los acondicionadores de aires usados en la planta. Queda prohibido el uso de cilindros de refrigerantes nuevos o usados para el proceso de recuperación.
Juego de manómetros: con al menos 2 años de fabricación, digitales y con certificación de calibración, con sensores de temperatura integrados, con marcaje CE
Vacuómetro: tipo digital, con unidad de medida mínimamente en micrones, con certificación de calibración, con marcaje CE.
Bombas de vacío: con al menos 2 años de fabricación, mínimamente de 1HP, 2 de etapas, con marcaje CE
En ninguna parte de la norma paraguaya para el manejo de sustancias refrigerantes hace mención sobre la vejez de los tanques de recuperación. El requerir que se presente la compra de los tanques de recuperación es una limitación injustificada, ya que los mismos se pudieron haber adquiridos en años anteriores. Pedimos tengan a bien aceptar la presentación de factura de compra de los tanques de cualquier año.
LA CONVOCANTE SOLICITA: El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. DICHO REQUISITO SE HALLA FUERA DE CONTEXTO POR 2 MOTIVOS: PRIMERO: LA CAPAREV SE ENCARGABA ANTERIORMENTE DE CERTIFICAR A PROFESIONALES TÉCNICOS. ACTUALMENTE, DICHO PROCESO DE CERTIFICACIÓN SE HALLA REGLAMENTADO Y ES OTORGADO POR EL INTN. CONSIDERAMOS QUE EN TODO CASO, SERÍA FACTIBLE SOLICITAR ESTA CERTIFICACIÓN. SEGUNDO: DICHO REQUISITO LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE EMPRESAS QUE CUENTAN CON PROFESIONALES INCLUSO CON MEJOR GRADO DE CAPACITACIÓN, COMO EL PMP, POR EJEMPLO. CONSIDERAMOS QUE LA CONVOCANTE DEBE SOLICITAR OTRO REQUISITO MÁS ACTUALIZADO, SIENDO QUE EN EL CASO DE LAS HERRAMIENTAS SOLICITAN UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 2 AÑOS, PERO LA CAPACITACIÓN QUE SOLICITAN ES MAYOR A 10 AÑOS, BASTANTE ATRASADA.
LA CONVOCANTE SOLICITA: El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. DICHO REQUISITO SE HALLA FUERA DE CONTEXTO POR 2 MOTIVOS: PRIMERO: LA CAPAREV SE ENCARGABA ANTERIORMENTE DE CERTIFICAR A PROFESIONALES TÉCNICOS. ACTUALMENTE, DICHO PROCESO DE CERTIFICACIÓN SE HALLA REGLAMENTADO Y ES OTORGADO POR EL INTN. CONSIDERAMOS QUE EN TODO CASO, SERÍA FACTIBLE SOLICITAR ESTA CERTIFICACIÓN. SEGUNDO: DICHO REQUISITO LIMITA LA PARTICIPACIÓN DE EMPRESAS QUE CUENTAN CON PROFESIONALES INCLUSO CON MEJOR GRADO DE CAPACITACIÓN, COMO EL PMP, POR EJEMPLO. CONSIDERAMOS QUE LA CONVOCANTE DEBE SOLICITAR OTRO REQUISITO MÁS ACTUALIZADO, SIENDO QUE EN EL CASO DE LAS HERRAMIENTAS SOLICITAN UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 2 AÑOS, PERO LA CAPACITACIÓN QUE SOLICITAN ES MAYOR A 10 AÑOS, BASTANTE ATRASADA.
LA CONVOCANTE SOLICITA: Licencia ambiental del MADES del taller del oferente.
Dicho requisito es solicitado normalmente en llamados para el servicio de taller mecánico, ya que estos son locales considerados de alto impacto ambiental por la actividad que desempeñan y el nivel y la cantidad de desperdicios que producen. Para los casos de refrigeración, basta con solicitar la certificación INTN del personal, que asegura que los procesos se llevan a cabo según los estándares aprobados para el control y manejo de sustancias agotadoras de la capa de ozono. Nuevamente, éste es un requisito que limita la participación de potenciales oferentes. No dudamos que haya en el mercado empresas que cuenten con esta certificación, pero no en el número requerido como para garantizar a la Convocante las condiciones apropiadas para llevar adelante el proceso de contratación. Por tal motivo, solicitamos que este requisito sea suprimido, en virtud a lo establecido en la ley 7021.
LA CONVOCANTE SOLICITA: Licencia ambiental del MADES del taller del oferente.
Dicho requisito es solicitado normalmente en llamados para el servicio de taller mecánico, ya que estos son locales considerados de alto impacto ambiental por la actividad que desempeñan y el nivel y la cantidad de desperdicios que producen. Para los casos de refrigeración, basta con solicitar la certificación INTN del personal, que asegura que los procesos se llevan a cabo según los estándares aprobados para el control y manejo de sustancias agotadoras de la capa de ozono. Nuevamente, éste es un requisito que limita la participación de potenciales oferentes. No dudamos que haya en el mercado empresas que cuenten con esta certificación, pero no en el número requerido como para garantizar a la Convocante las condiciones apropiadas para llevar adelante el proceso de contratación. Por tal motivo, solicitamos que este requisito sea suprimido, en virtud a lo establecido en la ley 7021.
La convocante solicita: El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. además que la CAPAREV es un organismo de carácter privado. Dicho requisito limita la participación de empresas que cuentan con profesionales con mayor grado de capacitación, Y viendo así con lo solicitado con lleva a un direccionamiento a ciertas empresas.
Solicito a la convocante no tener en cuenta lo solicitado con la relación a la CAPAREV y lograr así una mayor participación de oferentes con profesionales capacitados certificados por las Instituciones Públicas del Estado ( INTN – SNPP)
La convocante solicita: El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV. además que la CAPAREV es un organismo de carácter privado. Dicho requisito limita la participación de empresas que cuentan con profesionales con mayor grado de capacitación, Y viendo así con lo solicitado con lleva a un direccionamiento a ciertas empresas.
Solicito a la convocante no tener en cuenta lo solicitado con la relación a la CAPAREV y lograr así una mayor participación de oferentes con profesionales capacitados certificados por las Instituciones Públicas del Estado ( INTN – SNPP)
El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV.
Considerando que la CAPAREV, es un organismo de carácter privado, y el mismo fue sustituido por la INTN, el mismo no cuenta con ninguna autoridad estatal, también cabe destacar que el mismo esta relacionado a la importación de motores y equipos de refrigeración. En sentido no debería ser tenido en cuenta para el servicio de mantenimiento y reparación de aires acondicionados.
También mencionamos que según la Ley 7021/2022, en su Articulo 4, inciso D habla sobre igualdad y libre competencia., en uno de sus apartados dice que todo potencial oferente tendrá la posibilidad de participar sin restricciones e igualdad de oportunidad en los procedimientos de Contrataciones Publicas.
No debería existir limitaciones a potenciales oferentes, y con estos se busca direccionar los llamados, y restringir la participación.
También así evitar desconfianza como de direccionamiento de llamados
El oferente deberá disponer de 01 (uno) persona, quien hará de administrador de contrato por parte del Oferente, y quien, en caso de ser adjudicado, deberá ser el nexo entre el oferente y PETROPAR, para la planificación, seguimiento y cierre de los servicios a contratar por el presente llamado. Ésta persona deberá contar con título de Ing. Electromecánico/Eléctrico/Industrial con experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de mantenimiento de equipos de climatización, ventilación y/o proyectos de extracción, el mismo deberá formar parte de la CAPAREV.
Considerando que la CAPAREV, es un organismo de carácter privado, y el mismo fue sustituido por la INTN, el mismo no cuenta con ninguna autoridad estatal, también cabe destacar que el mismo esta relacionado a la importación de motores y equipos de refrigeración. En sentido no debería ser tenido en cuenta para el servicio de mantenimiento y reparación de aires acondicionados.
También mencionamos que según la Ley 7021/2022, en su Articulo 4, inciso D habla sobre igualdad y libre competencia., en uno de sus apartados dice que todo potencial oferente tendrá la posibilidad de participar sin restricciones e igualdad de oportunidad en los procedimientos de Contrataciones Publicas.
No debería existir limitaciones a potenciales oferentes, y con estos se busca direccionar los llamados, y restringir la participación.
También así evitar desconfianza como de direccionamiento de llamados
La convocante, en el PBC solicita, en la sección de Requisitos de Calificación:
f) Infraestructura:
- El taller deberá estar a una distancia no mayor de 5 km de la planta de Petropar Villa Elisa, para una pronta atención a los servicios requeridos por la Convocante. Debe presentar un Croquis de la ubicación del taller en carácter de Declaración Jurada.
Es oportuno recordad a la Convocante lo que menciona el decreto reglamentario de la Ley 7021:
Art.58.- Especificaciones técnicas.
Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación,
se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica
del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin
embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para
evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Es claro que el requisito solicitado, solo beneficia a un potencial oferente.
La convocante, en el PBC solicita, en la sección de Requisitos de Calificación:
f) Infraestructura:
- El taller deberá estar a una distancia no mayor de 5 km de la planta de Petropar Villa Elisa, para una pronta atención a los servicios requeridos por la Convocante. Debe presentar un Croquis de la ubicación del taller en carácter de Declaración Jurada.
Es oportuno recordad a la Convocante lo que menciona el decreto reglamentario de la Ley 7021:
Art.58.- Especificaciones técnicas.
Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación,
se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica
del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin
embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para
evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Es claro que el requisito solicitado, solo beneficia a un potencial oferente.
Como la nueva fecha de apertura de ofertas es para el miércoles, 4 de septiembre de 2024, solicito amablemente a la convocante extender también el plazo para visita técnica.
Como la nueva fecha de apertura de ofertas es para el miércoles, 4 de septiembre de 2024, solicito amablemente a la convocante extender también el plazo para visita técnica.
En atención a la visita técnica, la misma fue realizada en el plazo y horario indicado y no existió impedimento alguno para realizarla. Por tal motivo, se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones