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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rsanchez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
11-02-2025 - 14:54
Fecha de Fin
13-02-2025 - 12:46
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Discrepancia entre criterios y documentos.
Descripción
Se verifica discrepancia entre el criterio establecido y la documentación requerida, se solicita su adecuación.
Comentario
- Instrucciones a los consultores 19.1, inconsistencia en los plazos de validez y de la garantía de mantenimiento de ofertas.

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Falta establecer un plazo para hacer efectivo el pago al contratista
Descripción
En las condiciones de pago se omitió establecer un plazo para hacer efectivo el pago a la contratista. Se solicita modificar el Pliego de Bases y Condiciones a los efectos de subsanar tal omisión
Comentario
en las condiciones de pagos, favor ajustarse a lo indicado en la Ley 6490/20 y su Decreto 5887/21, en su Art. 7, reiteración.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
la observación estándar es seleccionada a fin de mencionar lo siguiente, en la nota UEP N° 472/24 se hace mención a un proceso de manifestación de interés, no obstante, en el proceso de la carga de la convocatoria no se observa datos de la manifestación de interés, reiteración, en el SICP no se observa los datos.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Plazo de entrega de muestras
Descripción
Se indica que la fecha de presentación de las muestras no puede ser anterior a la fecha y hora de apertura de ofertas.
Comentario
la observación estándar es seleccionada a fin de mencionar lo siguiente; considerando el método de selección adoptado por la contratante, se consulta el motivo por el cual no se selecciona el criterio de doble apertura en el SICP. Reiteración.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Constancia Ad Referendum
Descripción
Solicitamos a la convocante que remita la Constancia Ad Referéndum de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.
Comentario
- Remitir la correspondiente constancia adreferendum, según el caso planteado en la nota de contestación, conforme lo dispone la normativa que rige la materia.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.