Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
19-06-2024 - 13:17
Fecha de Fin
24-06-2024 - 11:34
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Consultamos si el requisito "la sumatoria de los mismos deberá ser al menos 50% (cincuenta por ciento) del monto máximo de la presente licitación" no sería limitante/excluyente.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con los plazos de difusion el llamado/adenda
Descripción
Atendiendo a la fecha establecida para la presentacion y apertura de ofertas, observamos que no cumple con el plazo minimo de difusion, conforme a la normativas vigentes.
Comentario
Verificada la fecha de entrega y apertura de ofertas no se cumplen con los plazos de difusión para una convocatoria LPN de acuerdo con el Art. 39 de la Res. 4401/24 (deben ser 15 días corridos contados desde el día siguiente de la publicación, la fecha de entrega de apertura debe quedar libre).//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Prohibición de Servicios/bienes
Descripción
Atendiendo al objeto del llamado/ítems que lo componen, se recuerda la prohibición prevista en la Ley de Presupuesto/Decreto reglamentario, donde se indica que no podrán realizarse llamados y adjudicaciones para el bien/servicio pretendido.
Comentario
Art. 4 de la Ley 6622: La Ley de Presupuesto General de la Nación, y el presupuesto de los gobiernos municipales no podrán autorizar el pago en los siguientes conceptos: "Provisión de combustibles para la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE) y para los miembros de órganos colegiados. Exceptuase su utilización para desplazamientos derivados de su función o cargo" teniendo en cuenta que se prevé la provisión para la junta departamental y el ejecutivo departamental. Consultamos al respecto.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Falta acompañar los antecedentes tales como: notas, normativas, informes técnicos, fotos, artículos periodísticos, etc.
Comentario
Falta remitir como antecedente el contrato del ID 450969 de acuerdo al Dictamen de Precios Referenciales.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Autorización del Equipo Económico - combustible
Descripción
Verificado el llamado de referencia, y tratándose de un procedimiento para la adquisición de combustibles y derivados
del petróleo que no es realizada mediante convenio con PETROLEOS PARAGUAYOS (PETROPAR), se observa que se ha omitido
remitir la Autorización previa del Equipo Económico Nacional. Se solicita a la convocante la remisión del mencionado documento para la publicación de su llamado.
Comentario
Art. 384 del Decreto 1092.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.