Considerando que la visita técnica al local del INTN (sede central, Avda. Artigas y Gral. Roa) para la Licitación ID 450898 "SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA EL INTN - PLURIANUAL" se ha realizado el 23 de julio a las 11:00hs con la participación de solo dos empresas, una de las cuales no posee historial en participaciones anteriores en contrataciones públicas y la otra es la actual proveedora del servicio, y que según consta en el acta emitida por el INTN, dos empresas adicionales (Paraguay Security y Compañía NS de Seguridad) manifestaron interés en participar pero llegaron una vez iniciada la visita, solicitamos se fije una nueva fecha para la visita técnica.
Fundamentamos esta solicitud en los siguientes puntos:
1. Promoción de la concurrencia: El artículo 45 de la Ley N° 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas" establece la obligación de las convocantes de elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud posible para promover la concurrencia del mayor número de oferentes. La realización de una nueva visita técnica permitiría ampliar la participación en la licitación, considerando que hasta el momento solo han participado la empresa que actualmente presta el servicio y una empresa sin experiencia previa en contrataciones públicas;
2. Ampliación de oportunidades de participación: Si bien la fecha de la visita técnica fue debidamente publicada, la realización de una nueva visita no perjudicaría a las empresas que ya participaron, y en cambio, brindaría una oportunidad adicional a aquellas que, por motivos ajenos a su voluntad, no pudieron asistir a la primera. Esto fomentaría una mayor concurrencia en el proceso de licitación, lo que a su vez beneficiaría al INTN al contar con un abanico más amplio de ofertas para evaluar;
3. Visita técnica obligatoria: El Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación establece la obligatoriedad de participar en la visita técnica al local del INTN (sede central), siendo esta condición un requisito de participación fundamental para la elaboración de las ofertas;
4. Interés en participar: La presencia de dos empresas adicionales que estuvieron presentes y manifestaron su interés en participar en la licitación, evidencia la existencia de un mayor interés en la participación de su convocatoria, que el reflejado en la visita realizada;
5. Mayor competencia: Una mayor participación en la visita técnica se traduciría en una mayor competencia en el proceso de licitación, lo que podría resultar en mejores condiciones para el INTN en términos de precio, calidad y plazo de ejecución del servicio;
6. Eficiencia en el uso de recursos públicos: Al promover una mayor competencia, se aumenta la probabilidad de seleccionar la oferta que represente el mejor valor por dinero para el INTN, lo que se traduce en una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, teniendo en cuenta que aún hay tiempo para la eventual apertura de ofertas (2 de agosto) podría acreditarse una fecha de visita mas sin que afecte el proceso.
Considerando lo expuesto, la fijación de una nueva fecha para la visita técnica permitiría a un mayor número de empresas acceder a la constancia de visita tecnica que es de caracter obligatorio, promoviendo la concurrencia, la competencia y la transparencia en el proceso de contratación, en concordancia con los principios rectores de la Ley N° 7021/22.
Considerando que la visita técnica al local del INTN (sede central, Avda. Artigas y Gral. Roa) para la Licitación ID 450898 "SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA EL INTN - PLURIANUAL" se ha realizado el 23 de julio a las 11:00hs con la participación de solo dos empresas, una de las cuales no posee historial en participaciones anteriores en contrataciones públicas y la otra es la actual proveedora del servicio, y que según consta en el acta emitida por el INTN, dos empresas adicionales (Paraguay Security y Compañía NS de Seguridad) manifestaron interés en participar pero llegaron una vez iniciada la visita, solicitamos se fije una nueva fecha para la visita técnica.
Fundamentamos esta solicitud en los siguientes puntos:
1. Promoción de la concurrencia: El artículo 45 de la Ley N° 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas" establece la obligación de las convocantes de elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud posible para promover la concurrencia del mayor número de oferentes. La realización de una nueva visita técnica permitiría ampliar la participación en la licitación, considerando que hasta el momento solo han participado la empresa que actualmente presta el servicio y una empresa sin experiencia previa en contrataciones públicas;
2. Ampliación de oportunidades de participación: Si bien la fecha de la visita técnica fue debidamente publicada, la realización de una nueva visita no perjudicaría a las empresas que ya participaron, y en cambio, brindaría una oportunidad adicional a aquellas que, por motivos ajenos a su voluntad, no pudieron asistir a la primera. Esto fomentaría una mayor concurrencia en el proceso de licitación, lo que a su vez beneficiaría al INTN al contar con un abanico más amplio de ofertas para evaluar;
3. Visita técnica obligatoria: El Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación establece la obligatoriedad de participar en la visita técnica al local del INTN (sede central), siendo esta condición un requisito de participación fundamental para la elaboración de las ofertas;
4. Interés en participar: La presencia de dos empresas adicionales que estuvieron presentes y manifestaron su interés en participar en la licitación, evidencia la existencia de un mayor interés en la participación de su convocatoria, que el reflejado en la visita realizada;
5. Mayor competencia: Una mayor participación en la visita técnica se traduciría en una mayor competencia en el proceso de licitación, lo que podría resultar en mejores condiciones para el INTN en términos de precio, calidad y plazo de ejecución del servicio;
6. Eficiencia en el uso de recursos públicos: Al promover una mayor competencia, se aumenta la probabilidad de seleccionar la oferta que represente el mejor valor por dinero para el INTN, lo que se traduce en una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, teniendo en cuenta que aún hay tiempo para la eventual apertura de ofertas (2 de agosto) podría acreditarse una fecha de visita mas sin que afecte el proceso.
Considerando lo expuesto, la fijación de una nueva fecha para la visita técnica permitiría a un mayor número de empresas acceder a la constancia de visita tecnica que es de caracter obligatorio, promoviendo la concurrencia, la competencia y la transparencia en el proceso de contratación, en concordancia con los principios rectores de la Ley N° 7021/22.
La convocante se mantiene en la fecha de visita tecnica establecida en el PBC.
De todos modos la modificacion de este punto del PBC esta sujeto a lo que se resuelva en el proceso de impugnacion correspondiente.
2
Visita Técnica
Solicitamos a la convocante una nueva fecha de visita técnica, la realización de la misma permitiría incentivar la participación a la convocatoria, favoreciendo la competencia brindando de esta manera a la convocante la posibilidad de obtener los mejores resultados.
Solicitamos a la convocante una nueva fecha de visita técnica, la realización de la misma permitiría incentivar la participación a la convocatoria, favoreciendo la competencia brindando de esta manera a la convocante la posibilidad de obtener los mejores resultados.
La convocante se mantiene en la fecha de visita tecnica establecida en el PBC.
De todos modos la modificacion de este punto del PBC esta sujeto a lo que se resuelva en el proceso de impugnacion correspondiente.