Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados.

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores 

aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Conforme a lo establecido en el formulario composición de precios unitarios

A) Equipo a utilizar (Modelo de Equipo, Horas de c/ equipo, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)

B)            Mano de Obra (Cantidad de Trabajadores, Horas de c/ Trabajador, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)

C) Producción de equipo

D) Costo Unitario de la Ejecución (A+B)/C =D

E) Materiales (Unidad, Consumo, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)

F) Transporte (DMT  KM, Consumo, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)

Costo Directo Total [D+E+F]       

Gastos Generales [% s/ (CDT)] (GG)

Beneficio e Impuestos [% s/ (CDT)] (Bel)

Costo Unitario [CDT + G.G. + BEL] (CU)

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.)

COSTO UNITARIO ADOPTADO [CU + IVA]

Explicación detallada del Formulario de Composición de Precios Unitarios, incluyendo documentación respaldatoria de los materiales, equipos, etc)

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

  • Coeficiente de Liquidez: Activo corriente / Pasivo Corriente ≥ 1,20 (igual o mayor a uno con veinte), en promedio. Esta información será extraída de los Balances Generales correspondientes a los últimos 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad tributaria (Años 2020, 2021 y 2022) (*)

Debe cumplir con el requisito.

 

 N/A

Debe cumplir con el requisito.

 

 N/A

Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

  • Coeficiente de solvencia: Pasivo Total / Activo Total ≤ 0,85 (igual o menor a cero con ochenta  y cinco), en promedio. Esta información será extraída de los Balances Generales correspondientes a los últimos 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad tributaria (Años 2020, 2021 y 2022) (*)

OBSERVACION:

*Para todos los casos, a partir del segundo decimal se aplicará en los coeficientes de liquidez y solvencia el redondeo por exceso.

Debe cumplir con el requisito.

 

 N/A

Debe cumplir con el requisito.

 N/A

Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

  Recursos Financieros:

Deberá demostrar que dispone de acceso a recursos financieros, el mismo deberá estar compuesto por el Capital Operativo pudiendo ser complementado por una Carta de Crédito emitida por una entidad Bancaria y/o Financiera debidamente reconocida y supervisada.

El mínimo de recursos financieros será igual o superior al: 20% (veinte por ciento) del monto de la oferta presentada por el oferente.

El Capital Operativo será calculado como el monto obtenido de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente, extraídos del último Balance General (incluyendo los balances correspondientes a los contratos en los cuales ha participado en calidad de Contratista principal, integrante de un Consorcio o Subcontratista, afectado por su participación en dicho contrato), correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado y presentado ante la respectiva autoridad tributaria (Año 2022). (*)

El capital operativo podrá ser complementado con una Carta de Crédito emitida por una entidad bancaria y/o financiera debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, en la misma se debe indicar claramente que el oferente tiene Aprobada una línea de crédito para ser utilizada; con la siguiente descripción:

(a)- Entidad u organismo que otorga el financiamiento,

(b)- Monto Total y Moneda de la Línea de Crédito Aprobada, en caso que resulte ser adjudicada en el presente llamado,

(c)- La carta de la entidad bancaria y/o financiera debe estar dirigida al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC),

(d)- Identificar el llamado para el cual emiten la línea de crédito,

(e)- Fecha de Emisión de la Línea de Crédito.

Observación sobre Línea de Crédito:

- La Línea de Crédito Aprobada debe estar vigente durante el proceso de evaluación y adjudicación.

 

  • No serán consideradas aquellas líneas de créditos con fechas posteriores a la fecha de apertura.
  • No serán consideradas aquellas Líneas de Crédito Aprobadas que estén sujetas a condicionamientos para su aprobación.
  • No serán tenidas en cuenta cartas de crédito emitidas por entidades que no estén debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, para lo que deberán indicar el link a fin de realizar la verificación.
  • No serán consideradas aquellas cartas de créditos que no cumplan con las descripciones indicadas en los incisos (a), (b), (c), (d) y (e).

En caso de Consorcios, a los efectos de la calificación se sumarán los Recursos Financieros de cada integrante.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito

Debe cumplir por lo menos con el 25% del requisito mínimo

Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo

Completar el formulario "Situación Financiera", y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

 

 

Volumen Anual de Negocios

Haber generado, durante los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años (2013 2022), en promedio un volumen anual de negocio igual o mayor al: 50% (cincuenta por ciento) del monto de la oferta presentada por el oferente.

El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de los ingresos operativos;  verificables en los Estados de Resultados y Notas a los Estados Financieros . Los Ingresos Operativos podrán corresponder a los trabajos realizados en su calidad de Contratista Principal, Sub Contratista o Integrante de un Consorcio, los mismos serán promediados y dividido el número de (5) años.

En caso de consorcios, a los efectos de la calificación, se sumarán los promedios del Volumen Anual de Negocios obtenidos por cada integrante.

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir por lo menos con el [25% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el [40% indicar este u otro porcentaje] de los requisitos mínimos requeridos.

Completar los Formularios: N° 3 Volumen Anual de Negocios  

Formulario N° 16 Detalle del Volumen Anual de Negocios

 

 


 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente.

b. Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito aprobada al oferente.

c. Presentar los estados financieros (balances generales, estados de resultados y notas a los estados contables) de los años 2020, 2021, 2022 ante la autoridad tributaria correspondiente. Dichas documentaciones deberán estar debidamente firmadas por el Representante Legal y el Profesional Contable y, aquellas documentaciones que tengan rectificaciones realizadas antes de la fecha de apertura deberán adjuntar las documentaciones rectificadas.

d. Presentar únicamente los Estados Financieros Individuales o Consolidados; no se podrán adjuntar ambos documentos, debiendo ir acompañado de la certificación por parte del Profesional Contable en la que manifiesta que las cifras corresponden a los Estados Financieros Individuales o Consolidados, dicha certificación deberá ser en carácter de declaración jurada.

e. Los oferentes que se presenten por medio de una sucursal Paraguaya, deberá presentar los Estados Financieros (Balances Generales, Estados de Resultados y Notas a los Estados Contables) presentados ante la  Sub Secretaria de Tributación del Paraguay; no se aceptarán Estados Financieros de Casas Matrices.

f. El tipo de cambio a ser utilizado es el de referencia emitido por el Departamento de Operaciones del Mercado Abierto, División Operaciones del Banco Central del Paraguay (www.bcp.gov.py) a la fecha de cierre de los respectivos ejercicios fiscales.


 

Experiencia general en obras

 

 

 El criterio se evalúa en el apartado: Capacidad Financiera (Volumen Anual de Negocios)

 

Experiencia específica en obras


 

 

 

Requisitos Mínimos

 

Requisitos de Cumplimiento

 

Documentación requerida

 

Oferente Individual

 

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

 

Cada Socio

 

Socio Líder

Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos un [1] contrato, durante los últimos diez [10] años, similares a las obras propuestas.

  • La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Descripción de la Obra.

 

  • A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 70% por lo menos, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio.

 

  • Se considerarán similares a las obras propuestas, los contratos de: Pavimentación con concreto asfáltico con longitud igual o mayor a 8,5 km u Obra vial con volumen igual o mayor a 4.500 m³ de concreto asfáltico.

 

Debe cumplir con     el requisito

 

 

Debe cumplir con el requisito.

 

 

 

N/A

 

 

N/A

Completar el formulario de "Experiencia específica en Construcción"

Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2014-2023 en las siguientes actividades claves:

 

1. Carpeta de concreto asfáltico: 5100 m³

2. Regularización asfáltica: 1.000 Tn y/o Carpeta de concreto asfáltico sobre empedrado existente: 1.000 m³.

3. Base Granular: 9.150 m³

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con      el requisito.

 

Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos.

 

Debe cumplir por lo menos con el 60% de los requisitos mínimos requeridos.

Completar el formulario de "Experiencia específica en Construcción"

Justificación de la experiencia específica solicitada

La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.

 

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

  1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
  2. En el caso de que la obra no esté terminada, deberán presentar documentación donde se visualice el porcentaje de avance. Si la experiencia ha sido como integrante de un consorcio, acompañar el contrato de constitución de consorcio.
  3. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato.
  4. Fotocopias de contratos anteriores para demostrar como mínimo el _50___% de la oferta presentada.
  5. Documento que avale la recepción definitiva de la obra.

Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

  1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
  2. Documento que avale la recepción definitiva de la obra.
  3. Fotocopias de contratos anteriores para demostrar como mínimo el _50___% de la oferta presentada.
  4. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato.
  5. En el caso de que la obra no esté terminada, deberán presentar documentación donde se visualice el porcentaje de avance. Si la experiencia ha sido como integrante de un consorcio, acompañar el contrato de constitución de consorcio.

Capacidad en materia de personal

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

 

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

 

Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave:

 

●             Como mínimo deberá contar con un (1) Jefe o Superintendente de Obras, de profesión Ingeniero Civil o Vial, con diploma académico otorgado por una universidad nacional o extranjera, con experiencia igual o superior a diez (10) años, a contabilizarse a partir de la emisión del título universitario, en obras similares a la propuesta y con cargos como Superintendente o Jefe de Obras, e incluyendo como mínimo:

 

Dos (2) contratos de obras viales que contemplen la ejecución de los rubros correspondientes a pavimentación asfáltica sobre empedrado. (Regularización y concreto asfáltico)

 

Deberá comprometer su residencia por veintiséis (26) días/mes en el sitio de obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisoria de las Obras;

 

- Un (1) Especialista Ambiental, quien tendrá a su cargo el cumplimiento de los requisitos de carácter ambiental del contrato.

 

Será un Profesional, con diploma académico otorgado por una universidad nacional o extranjera acreditada.

Experiencia: Deberá contar con no menos de 5 años de experiencia profesional en el área ambiental y 3 años de experiencia específica en el área ambiental en proyectos viales. Contados a partir de la emisión del Título universitario.

 

Velará por la correcta implementación de las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAGs) y los programas de mitigación de impactos directos del Plan de Gestión Ambiental (PGA).

 

Deberá contar con registro profesional vigente, expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o, en el caso de que, se encuentre en proceso la inscripción o de renovación en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del MADES, se deberá adjuntar evidencia del proceso (constancia de inscripción o renovación).

 

En el caso de Profesionales extranjeros que cumplan con el perfil solicitado, se deberá adjuntar la Declaración jurada de que, en caso de ser adjudicado, procederá a gestionar de manera inmediata su registro profesional en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) emitido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), debiendo presentar evidencias del proceso, en un plazo no mayor a 10 días contados a partir de la firma del contrato.

 

Deberá comprometer una dedicación parcial (no inferior a 15 días-mes, debiendo 5 días como mínimo dedicarse a trabajos de campo). Sin embargo, el especialista ambiental deberá estar disponible durante todo el desarrollo de la Obra para interactuar con los representantes de la fiscalización técnica, la Fiscalización Ambiental y los Supervisores Ambientales de la DGSA.

 

Observación: Se deberá dejar constancia de la presencia en el sitio de obras del Especialista Ambiental en el libro de obras y en los otros medios de verificación que se definan en el PASA presentado.

 

                Un (1) Especialista Social, Será el responsable de comunicarse con la comunidad, instituciones, entidades de la zona de influencia, diseñar las estrategias del abordaje social. Toda acción de parte de los especialistas sociales de la contratista, deberán ser coordinadas con la DGSA y aprobadas previamente por esta última. Los especialistas sociales de la contratista y la fiscalización serán responsables de liderar las acciones sociales de campo, y asegurar respuestas inmediatas en los distintos frentes dentro de las actividades de intervención que realice. Estas respuestas o posibles acciones deben ir coordinadas y bajo aprobación de la DGSA del MOPC.

 

Desde la puesta en práctica de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) el Contratista deberá operar y será responsable de la correcta aplicación de las ETAGs, la legislación nacional vigente en materia ambiental y social, y el Manual de Gestión Social, el cual es documento guía para la intervención social y responderá por los eventuales perjuicios que pudiera ocasionar su no cumplimiento.

 

El especialista social deberá:

  • Presentar informe de diagnóstico social.
  • Elaboración de manual de convivencia para el campamento.
  • Presentar informes especiales según se requiera.
  • Presentación de informe Final.
  • Recurrir a la DGSA para recibir una inducción.
  • Ser el nexo entre los obreros y la población afectada  con la empresa, el Gobierno local y la DGSA.
  • Deberá hacer un mapeo territorial, identificación de afectados, de riesgos.
  • Usar la información para elaborar estrategia de mitigación, optimización para el desarrollo y articulaciones locales.
  • El Manual de Convivencia para el campamento deberá tener correlación con el reglamento del campamento.

 

Perfil del profesional:

 

Profesional del área social (Trabajador Social, Psicólogo comunitario/Social, Sociólogo, Ecólogo Humano.

 

Experiencia Gral. 5 años, considerando a partir de la obtención del título universitario.

 

Experiencia especifica de 2 años en proyectos viales.

 

Deberá comprometer una dedicación parcial de 15 días (5 días en campo)

 

El Especialista Social deberá estar durante todo el desarrollo de la obra.

 

Fuente de verificación de trabajo de campo: La permanencia del Especialista Social en campo será verificado a través de la firma en el libro de obra.

 

REQUISITOS DE CARÁCTER SOCIAL

 

  • Revelar datos de ocupantes de la franja de constructiva del proyecto.
  • Notificación e información a la comunidad.
  • Análisis y línea de base social.
  • Base de datos.
  • Elaboración de mapas de actores y mapas de riesgo.
  • Desarrollo de matriz de riesgos sociales y medidas de mitigación de impactos.
  • Elaboración y presentación de informes sociales.
  • Selección de posibles beneficios por el programa.

 

 

PRODUCTOS ESPERADOS EN EL COMPONENTE SOCIAL

 

  • Actividades de terreno relacionadas al relacionamiento con la población del área de influencia, programadas en función al cronograma de implementación y al calendario de obras del proyecto planificados y ejecutadas.
  • Mitigación a posibles impactos sociales asociados al proyecto identificados.
  • Elaborar planes de gestión social y en la realización de encuestas, censos, entrevistas, recorridas para verificaciones, evaluación y/o percepción social, entre otras actividades de terreno.
  • Elaborar plan de comunicación a posibles afectados por las obras, espacios de intercambio, conversatorios, etc., en lo referente a aspectos técnicos, operativos y de logística.
  • Elaborar el manual de convivencia para el campamento.
  • Elaboración e Implementación de Plan de Acción Social que será aprobado y supervisado por la DGSA, el cual deberá estar en concordancia con el Plan de Acción Social Ambiental (PASA) y el Plan de Gestión Ambiental (PGA).
  • Atendiendo las directrices del Manual de Gestión Social aprobado por Res. MOPC N° 2058/18.

 

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

N/A

 

Completar el formulario: "Lista del personal propuesto para la obra" y el Formulario de Curriculum Vitae

 


 

Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal

1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato.

2. Referencias de empresas que confirmen un desempeño satisfactorio.

3. El currículum deberá presentarse en el formato mes/año.

4. Certificados de Trabajos, contratos donde se visualice los trabajos realizados, cargo y el periodo desempeñado.

5. Copia simple de título Universitario de los profesionales solicitados

6. Registro en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) vigente o documentación que avale que el mismo se encuentra en proceso de renovación del especialista ambiental.

  • En el caso de que, se encuentre en proceso la inscripción del profesional en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del MADES, se deberá adjuntar evidencia del proceso (constancia de inscripción).
  • En el caso de Profesionales extranjeros que cumplan con el perfil solicitado, se deberá adjuntar la Declaración jurada de que, en caso de ser adjudicado, procederá a gestionar de manera inmediata su registro profesional en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) emitido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), debiendo presentar evidencias del proceso, en un plazo no mayor a 10 días contados a partir de la firma del contrato.
  • En el caso de títulos otorgados en el extranjero, se deberán presentar en la oferta, fotocopia y en caso de que el oferente resulte adjudicado se deberán presentar los mismos con la legalización pertinente (Apostilla de la Haya o Legalización Consular o del Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción), todo ello previo a la firma del Contrato.

Capacidad en materia de equipos

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Requisitos Mínimos

 

Requisitos de Cumplimiento

 

Documentación   requerida

 

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

 Demostrar que puede disponer oportunamente de  

 los equipos esenciales en propiedad o en alquiler,

 que a continuación se indican:

 

 

- Una Planta Asfáltica de 80 Tn/h

- Una Vibroacabadora de asfalto de 70 HP

- Un Compactador rodillo liso vibro tándem 7 tn.

Un Compactador rodillo Neumático 20 tn.

- Cinco camiones volquetes.

- Un Camión Tanque Regador de Asfalto de 6000 lts.

- Una fresadora con ancho de corte mínimo de 1m.

 

La antigüedad máxima aceptada de los equipos será de diez (10) años, excepto la Planta Asfáltica que será de quince (15) años.

Los equipos no podrán ser retirados de la zona de obras sin la debida autorización del Fiscal de Obras. Los equipos que sufrieran desperfectos deberán ser inmediatamente reparados o reemplazados por otro que contenga las mismas características del equipo solicitado.

 

Los equipos mínimos exigidos deberán estar disponibles al momento del inicio de su uso en función al Cronograma de utilización de equipos.

 

La Contratante, a través del Comité de Evaluación de Ofertas podrá realizar verificaciones de los equipos ofrecidos, así como solicitar las documentaciones necesarias a los efectos de evaluar estos requisitos.

 

Se aclara que independientemente de las cantidades mínimas indicadas exclusivamente para la etapa de calificación, el contratista deberá garantizar la disponibilidad de estas cantidades mínimas más la cantidad necesaria de equipos y herramientas para asegurar el fiel cumplimiento de los plazos establecidos.

 

Debe cumplir con     el requisito.

 

Deben cumplir con el requisito.

 

N/A

 

N/A

 

Completar los formularios: "Lista de Equipos" y "Cronograma de Utilización de Equipos"

Requisitos documentales para evaluar capacidad en materia de equipos

  1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados.
  1. Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos.
  1. Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el apartado Coeficiente de Solvencia.
  1. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.
  1. Para el equipo propio, el contratista deberá demostrar ser propietario con Cédula Verde u otra documentación que acredite la propiedad del mismo o factura de compra o factura proforma acompañada de carta de compromiso de adquisición en el que conste las características del equipo solicitado.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

Programa De Trabajo: Cronograma de actividades: el cronograma se presentará gráficamente a través del Diagrama de Gantt, en hoja A3, elaborado con Microsoft Project o Microsoft Excel. En él se deberá visualizar lo siguiente: el plazo de ejecución de cada una de las actividades previstas en el listado de cantidades (fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución para cada mes, porcentaje de ejecución acumulado, fecha de terminación); la secuencia y dependencia de las actividades previstas (actividades sucesoras y predecesoras); la ruta crítica; el plazo de ejecución total de la obra. El listado de cantidades y el plazo de ejecución se detallan en los apartados Alcance y descripción de las obras y Periodo de construcción, lugar y otros datos, respectivamente, de la sección Especificaciones Técnicas. Para el período de movilización, el oferente deberá tener en cuenta lo establecido en la cláusula 9 del apartado D. Ejecución de los trabajos los Aspectos Generales de Contratación de Obras. Una vez adjudicado, el oferente deberá tener en cuenta lo establecido en la cláusula 10 del apartado D.)

 

Verificación de la mora del contratista

 

Conforme a lo establecido en la Ley 7021/2022 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS. Artículo 21.- Prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar:

 

k) Los proveedores, consultores y contratistas que se encuentren, al momento de la presentación de ofertas, en mora en la entrega de los bienes, la prestación de los servicios o en la ejecución de las obras, por causas imputables a los mismos, respecto de uno o más contratos celebrados con la misma convocante.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.