Fecha de Respuesta:
11-07-2024
Respuesta:
buenos dias, en referencia a la consulta remitida expresamos lo siguiente:
La Ley 7021/22 en su Artículo 25.- Definición de la necesidad
Para iniciar el procedimiento de contratación, la convocante deberá especificar al nivel más detallado posible los bienes a adquirir con el fin de satisfacer sus necesidades. Inc. e) Los requerimientos que se derivan de la necesidad que se pretende satisfacer.
En la misma Ley en su Artículo 52.- Evaluación, subsanabilidad y rechazo de las ofertas.
La evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien, servicio u obra pública, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, tales como:
a) Calidad.
b) Precio.
c) Costos del ciclo de vida del bien, servicio u obra pública.
d) Condiciones técnicas.
g) Servicio posventa.
h) Características estéticas o funcionales.
j) Innovación
Art 11 del Decreto Reglamentario Nº 9823/23 Planificación de necesidades: Etapa de la CISP en que las instituciones públicas identifican las necesidades que requieren satisfacer para el logro de sus fines y objetivos institucionales, que servirá de base para definir, de manera priorizada, los bienes a ser contratados...
Que con la convocatoria publicada la Municipalidad de Dr. Juan Eulogio Estigarribia pretende adquirir un bien en este caso una retroexcavadora para satisfacer una necesidad insitucional para el logro de metas y objetivos institucionales, por ello ha establecido las especificaciones tecnicas del equipo para la ejecucion de trabajos planificados, que al mismo tiempo son los datos minimos solicitados, es decir, que es el piso de caracterisiticas solicitadas, igualmente se evaluara en la UOC el plenteamiento de modificacion efectuado y en caso de ser factible se emitira la adenda pertinente que sera publicada en el portal.
Atte.
Municipalidad de Dr. Juan Eulogio Estigarribia - UOC