Considerando las necesidades de abastecimiento y la dinámica del mercado, solicitamos que se considere la posibilidad de llevar a cabo el llamado bajo la modalidad de abastecimiento simultáneo. Creemos que esta alternativa podría optimizar los tiempos de entrega y asegurar una mayor competitividad entre los oferentes
Considerando las necesidades de abastecimiento y la dinámica del mercado, solicitamos que se considere la posibilidad de llevar a cabo el llamado bajo la modalidad de abastecimiento simultáneo. Creemos que esta alternativa podría optimizar los tiempos de entrega y asegurar una mayor competitividad entre los oferentes
FAVOR AJUSTARSE AL PBC. SE ACLARA QUE EL PRESENTE PROCESO SE ENCUENTRA CON EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ABASTECIMEINTO SIMULTANEO.
2
Composición de precio
Solicitamos a la Convocante aclarar los impuestos que se deben considerar para realizar el cuadro de composición de precios, en caso de que alguna oferta sobre pase el 15% del precio referencial o el 25% por debajo del mismo.
Solicitamos a la Convocante aclarar los impuestos que se deben considerar para realizar el cuadro de composición de precios, en caso de que alguna oferta sobre pase el 15% del precio referencial o el 25% por debajo del mismo.
FAVOR AJUSTARSE AL PBC. SE ACLARA QUE EL OFERENTE DEBERA DETERMINAR LA INCLUSION DE CIERTOS IMPUESTOS (COMO EL IVA U OTROS IMPUESTOS QUE REQUIERA DETERMINAR EN LA COMPOSICION DE SUS PRECIOS OFRECIDOS.
3
CONDICIONES CONTRACTUALES
Solicitamos a la Convocante volver a analizar el porcentaje de multa establecido, disminuyendo o igualando al porcentaje de tasa de interés por mora que seria 0,001%, a fin de establecer una igualdad de condiciones entre la convocante y los potenciales oferentes.
Solicitamos a la Convocante volver a analizar el porcentaje de multa establecido, disminuyendo o igualando al porcentaje de tasa de interés por mora que seria 0,001%, a fin de establecer una igualdad de condiciones entre la convocante y los potenciales oferentes.
AJUSTARSE AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, EL MISMO ESPECIFICA QUE LA PRIMERA ORDEN DE COMPRA PUEDE SER EMITIDA HASTA EL 20% DE LA CANTIDAD MÍNIMA ADJUDICADA. ESTO SIGNIFICA QUE LA ORDEN PUEDE SER POR EL 20% O POR UN PORCENTAJE MENOR, DEPENDIENDO DE LAS NECESIDADES DE LOS SERVICIOS.
5
CRONOGRAMA DE ENTREGA
Solicitamos a la Convocante volver a analizar el plazo para la
entrega contados a partir de la recepción de la orden de compra desde la segunda entrega teniendo en cuenta que 12 (doce) días corrido es poco tiempo para prepara atendiendo que no se da el tiempo de emisión de dichas O.C.
Solicitamos a la Convocante volver a analizar el plazo para la
entrega contados a partir de la recepción de la orden de compra desde la segunda entrega teniendo en cuenta que 12 (doce) días corrido es poco tiempo para prepara atendiendo que no se da el tiempo de emisión de dichas O.C.
AJUSTARSE AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, LOS TIEMPOS SON ESTABLECIDOS DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LOS SERVICIOS.
6
VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS
En la página 31/51 del P.B.C en VENCIMIENTO dice: El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud.
Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar.
Solicitamos a la Convocante que los lotes con vencimientos menores a 18 meses hasta 12 meses sean entregados con autorización de entrega y compromiso de Canje y que lo que tengan menos de 12 (doce) meses sean entregados con Autorización de Entrega, Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado.
En la página 31/51 del P.B.C en VENCIMIENTO dice: El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud.
Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar.
Solicitamos a la Convocante que los lotes con vencimientos menores a 18 meses hasta 12 meses sean entregados con autorización de entrega y compromiso de Canje y que lo que tengan menos de 12 (doce) meses sean entregados con Autorización de Entrega, Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado.
AJUSTARSE AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, EL VENCIMIENTO FUE ESTABLECIDO DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LOS SERVICIOS.
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ITEM 15
PARA EL ITEM N° 15: Suero Fisiológico Solución, se ha establecido presentación de entrega Frasco de 500 ml con sistema cerrado. Fijar esta única presentación es contraria al principio de libre competencia y representa una limitación para oferentes que han ofertado y han sido adjudicados en anteriores Licitaciones proponiendo otro tipo de envases.
Solicitamos modificar la presentación Frasco de 500 ml con sistema cerrado por ENVASE CON SISTEMA CERRADO.
Solicitamos que la presentación de entrega sea: Envase Estéril con sistema cerrado de 500 ml.
PARA EL ITEM N° 15: Suero Fisiológico Solución, se ha establecido presentación de entrega Frasco de 500 ml con sistema cerrado. Fijar esta única presentación es contraria al principio de libre competencia y representa una limitación para oferentes que han ofertado y han sido adjudicados en anteriores Licitaciones proponiendo otro tipo de envases.
Solicitamos modificar la presentación Frasco de 500 ml con sistema cerrado por ENVASE CON SISTEMA CERRADO.
Solicitamos que la presentación de entrega sea: Envase Estéril con sistema cerrado de 500 ml.
Solicitamos a la Convocante que la presentación de entrega del ítem 15 sea: Envase estéril con sistema cerrado.
Quedando de la siguiente manera: Ítem 15: Envase Estéril con sistema cerrado de 500 ml.
Fijar esta única presentación: Frasco de 500 ml con sistema cerrado es contraria al principio de libre competencia y representa una limitación para oferentes que han ofertado y han sido adjudicados en anteriores Licitaciones proponiendo otro tipo de envases, como por ejemplo en estas últimas licitaciones: id 422004 LPN N° 32/2023 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA KIT DE PARTOS PARA EL MSPYBS. Donde solicitaron: ENVASE ESTÉRIL CON SISTEMA CERRADO Id 424409 LPN N° 43/23 - ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS VARIOS PARA EL MSPYBS, donde solicitaron: Envase sistema cerrado Id 432971 LPN N° 94/2023 - "ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS DIVERSOS PARA EL MSPYBS, donde solicitaron: Envase de sistema cerrado. Id 437972 LPN 07/2024 - "ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS DIVERSOS PARA EL MSPYBS” solicitaron: Envase con sistema cerrado.
Teniendo en cuenta lo arriba mencionado: solicitamos la modificación en cuanto a la PRESENTACION DE ENTREGA ya que de esa manera la Convocante propiciara la participación de potenciales oferentes debido a que en el mercado existen varios tipos de envases; conforme ya lo observara y verificara en su momento la DNCP.
Solicitamos a la Convocante que la presentación de entrega del ítem 15 sea: Envase estéril con sistema cerrado.
Quedando de la siguiente manera: Ítem 15: Envase Estéril con sistema cerrado de 500 ml.
Fijar esta única presentación: Frasco de 500 ml con sistema cerrado es contraria al principio de libre competencia y representa una limitación para oferentes que han ofertado y han sido adjudicados en anteriores Licitaciones proponiendo otro tipo de envases, como por ejemplo en estas últimas licitaciones: id 422004 LPN N° 32/2023 ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA KIT DE PARTOS PARA EL MSPYBS. Donde solicitaron: ENVASE ESTÉRIL CON SISTEMA CERRADO Id 424409 LPN N° 43/23 - ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS VARIOS PARA EL MSPYBS, donde solicitaron: Envase sistema cerrado Id 432971 LPN N° 94/2023 - "ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS DIVERSOS PARA EL MSPYBS, donde solicitaron: Envase de sistema cerrado. Id 437972 LPN 07/2024 - "ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS DIVERSOS PARA EL MSPYBS” solicitaron: Envase con sistema cerrado.
Teniendo en cuenta lo arriba mencionado: solicitamos la modificación en cuanto a la PRESENTACION DE ENTREGA ya que de esa manera la Convocante propiciara la participación de potenciales oferentes debido a que en el mercado existen varios tipos de envases; conforme ya lo observara y verificara en su momento la DNCP.
Consultamos a la Convocante si el término “frasco” corresponde a las distintas presentaciones de soluciones parenterales que se comercializan en el mercado?, ya que al especificar frasco se interpreta que puede ser cualquier tipo de envase como ser: rígidos, semirígidos o flexible/bolsa, sin embargo a fin de que la Convocante cuente con mayor número de oferentes evitando protestas que retrasarían a la Institución en la adquisición del producto, solicitamos modificar el ítem requerido reformulando de la siguiente manera y eliminando la palabra FRASCO cual es restrictiva :
Donde dice Frasco de 500 ml
Debe decir: Envase de 500 ml con sistema cerrado
Tal como han solicitado en la LPN 43 “Adquisición de medicamentos varios para el MSPyBS” ID N° 424.409 donde en la versión inicial del PBC solicitaron “frasco semirígido de sistema cerrado por __ ml” lo que limitaba la participación de potenciales oferentes y posteriormente en la versión final (Versión 7) del PBC solicitaron “ENVASE DE SISTEMA CERRADO POR XX ML”
Así como en la LPN N° 94/2023 “Adquisición de medicamentos diversos para el MSPyBS” ID432971 donde en la versión final del PBC se estableció la presentación de entrega “ENVASE DE SISTEMA CERRADO POR XX ML”
Consultamos a la Convocante si el término “frasco” corresponde a las distintas presentaciones de soluciones parenterales que se comercializan en el mercado?, ya que al especificar frasco se interpreta que puede ser cualquier tipo de envase como ser: rígidos, semirígidos o flexible/bolsa, sin embargo a fin de que la Convocante cuente con mayor número de oferentes evitando protestas que retrasarían a la Institución en la adquisición del producto, solicitamos modificar el ítem requerido reformulando de la siguiente manera y eliminando la palabra FRASCO cual es restrictiva :
Donde dice Frasco de 500 ml
Debe decir: Envase de 500 ml con sistema cerrado
Tal como han solicitado en la LPN 43 “Adquisición de medicamentos varios para el MSPyBS” ID N° 424.409 donde en la versión inicial del PBC solicitaron “frasco semirígido de sistema cerrado por __ ml” lo que limitaba la participación de potenciales oferentes y posteriormente en la versión final (Versión 7) del PBC solicitaron “ENVASE DE SISTEMA CERRADO POR XX ML”
Así como en la LPN N° 94/2023 “Adquisición de medicamentos diversos para el MSPyBS” ID432971 donde en la versión final del PBC se estableció la presentación de entrega “ENVASE DE SISTEMA CERRADO POR XX ML”
ADECUARSE A LA ADENDA Y A LA ULTIMA VERSION DEL PBC
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EETT ÍTEM 14
Consulta: En las EETT del ÍTEM 14 se indica como nombre “Iobitridol Inyectable” Esta descripción, en la forma que está redactada (sobre la base de un principio activo particular “IOBITRIDOL”) es exclusiva propiedad de un solo fabricante. En ese sentido se sugiere modificar la descripción por ADQUISICIÓN DE MEDIOS DE CONTRASTE con lo que se podrá cotizar otros Contrastes inyectables con otros principios activos que igualmente cumplen las especificaciones técnicas y que incluso poseen mejores cualidades que las actuales. La forma en el que está redactado el ítem restringe la participación de otras marcas y se vulneran, entre otros, los principios de igualdad y libre competencia. Por lo expuesto y buscando que el MSPYBS obtenga verdaderamente las mejores condiciones de contratación, y se cumplan los principios de economía y eficiencia, solicitamos la atención a esta consulta.
Consulta: En las EETT del ÍTEM 14 se indica como nombre “Iobitridol Inyectable” Esta descripción, en la forma que está redactada (sobre la base de un principio activo particular “IOBITRIDOL”) es exclusiva propiedad de un solo fabricante. En ese sentido se sugiere modificar la descripción por ADQUISICIÓN DE MEDIOS DE CONTRASTE con lo que se podrá cotizar otros Contrastes inyectables con otros principios activos que igualmente cumplen las especificaciones técnicas y que incluso poseen mejores cualidades que las actuales. La forma en el que está redactado el ítem restringe la participación de otras marcas y se vulneran, entre otros, los principios de igualdad y libre competencia. Por lo expuesto y buscando que el MSPYBS obtenga verdaderamente las mejores condiciones de contratación, y se cumplan los principios de economía y eficiencia, solicitamos la atención a esta consulta.
La convocante se mantiene en lo estipulado en el PBC. El principio activo Iobitridol es adquirido a solicitud de las Dependencias del MSPBS que cuentan con Servicios de Diagnóstico por imágenes, por lo cual se entiende que las solicitudes de adquisición son en base a necesidades que nacen en los Hospitales, con los principios activos con los cuales los funcionarios de salud se encuentran familiarizados en el ámbito de sus competencias y para los fines previstos en este caso los Departamentos de Imágenes, siendo el Iobitridol el principio activo utilizado dichos centros en los Hospitales de referencia a nivel país desde hace varios años. Para inclusión de nuevas drogas/principios activos debe ser socializado a las Dependencias que requieren de la utilización de los mismos y dichos Servicios realizar sus pedidos de inclusión al Comité Nacional de Farmacoterapia.