Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
TURNOS 8 HORAS |
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(A) Descripción |
(B) Costo MÍNIMO mensual por empleado |
1. Salario turno 8 horas DIURNAS (de 06:00 a 14:30 hs.) |
2,798,309 |
2. Salario turno 7,5 horas MIXTAS (de 14:30 a 22:30 hs.) |
3,022,257 |
3. Salario turno 7 horas NOCTURNAS (se pagan con 30 % de recargo) (de 22:30 a 06:00 hs.) |
3,637,802 |
4. Pagos por días feriados 8 horas DIURNO (12 feriados al año con recargo del 100%) (de 06:00 a 14:30 hs.) |
186,554 |
5. Pagos por días feriados HORARIO MIXTO (12 feriados al año con recargo del 100%) (de 14:30 a 22:30 hs.) |
201,484 |
6. Pagos por días feriados NOCTURNO (12 feriados al año con recargo del 100%) (De 22:30 a 06:00 hs.) |
242,520 |
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyentes de IRE General: Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Para contribuyentes de IRP: Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1 (uno), el promedio con datos extraídos de los Formularios 525 - Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP) de los Ejercicios Fiscales requeridos años (2021, 2022 y 2023).
Para contribuyentes de exclusivamente IVA General:
Deberá cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1 (uno) el promedio con datos extraídos de los Formularios 120 Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los últimos tres años anteriores a la apertura de ofertas (2021, 2022 y 2023).
Obs.: EN CASO DE CONSORCIOS, el líder deberá cumplir al menos el 70% de cada punto, pudiendo los demás miembros del consorcio cumplir el porcentaje restante
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los años 2020, 2021, 2022 y 2023.
Obs.: EN CASO DE CONSORCIOS, el líder deberá cumplir al menos el 50% de cada punto, pudiendo los demás miembros del consorcio cumplir el porcentaje restante
El oferente debe poseer una antigüedad mínima de 5 (cinco) años en el mercado nacional en la prestación remunerada de Servicios de Limpieza General de Edificios (fecha de inicio de actividad) demostrados en la Constancia de RUC emitida por la SET y acompañado de copia de Constitución y/o Estatuto Social y/o Acta de Asamblea (para personas jurídicas). En caso de personas físicas será demostrado con el Registro Único del Contribuyente.
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
PARA EL LOTE 1 - SERVICIO DE LIMPIEZA
Acreditar contar con personal disponible que eventualmente será el contratado para el cumplimiento del servicio ofertado.
Disponer de los equipos, materiales y herramientas en buen estado y en cantidad requerida para la ejecución de los trabajos solicitadas en las Especificaciones Técnicas, así como también que se encargará de la provisión de uniformes adecuados para su personal y de los productos de limpieza en cantidades suficientes y de calidad adecuada para el cumplimiento de los servicios.
Infraestructura: Disponer de acuerdo a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, y Además, deberá contar con:
- Personal para atención personalizada en caso de probables reclamos
- Teléfonos / fax
- Equipos informáticos
- Depósito de materiales y equipos
- Vehículos para traslado de equipos, herramientas e insumos
El oferente, deberá presentar con su oferta muestras de los productos que utilizará en la ejecución del servicio de limpieza, como así también los Registros Domisanitarios de los siguientes productos a utilizar: Detergente, Hipoclorito de sodio, Desodorante líquido de piso, jabón con espuma para manos. Sera de carácter obligatorio la presentación de las muestras con su oferta, caso contrario lo misma quedara desestimada
Los productos que deben contar con Certificado de Registro Sanitario Vigente o Constancia de Renovación emitida por Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS), dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social son: Detergente, Hipoclorito de sodio, Desodorante líquido de piso, jabón con espuma para manos, desinfectante a base de peróxido de cloro, DIÓXIDO DE CLORO u ÓXIDO de cloro IV
Asimismo, la Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, emitido para el Proveedor o para la firma comercial de donde adquiere los siguientes productos a utilizar: Detergente, Hipoclorito de sodio, Desodorante líquido de piso, jabón con espuma para manos, papel higiénico desinfectante a base de peróxido de cloro, DIÓXIDO DE CLORO u ÓXIDO de cloro IV.
Así también, deberán presentar informes de ensayos expedidos por INTN para: hipoclorito de sodio, desodorante de ambientes y detergente. No se aceptarán insumos de remanentes de otros trabajos. Los mismos deben de ser nuevos y con precio acorde al mercado comprobable con facturas.
Las empresas oferentes con más de 100 (cien) o más trabajadores a su cargo, deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA), se aceptarán en trámite de renovación o autorización.
Contar con Reglamento Interno de Condiciones de Trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El oferente deberá contar con Certificado de Licencia que lo habilita en el rubro de Limpieza de la Municipalidad a la cual pertenece. Este requisito es aplicable para aquellos municipios que emitan dicha licencia, o en su defecto presentar documentación del Municipio al cual pertenece.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada, cedula verde o Declaración Jurada de contar de por lo menos dos vehículos tipo camiones que demuestre la capacidad suficiente para la movilización y transporte de los productos de limpieza y personal.
Clientes actuales, con los datos necesarios: Empresas/Institución, nombre del Responsable de la administración del contrato, número de teléfono.
Listado de equipos y maquinarias en carácter de declaración jurada mediante las cuales garantizan el cumplimiento del contrato (Propio o arrendado).
Declaración Jurada Planilla de Pago al Personal, en el cual constará en forma discriminada la Composición de Precios Unitarios con indicación de todos los costos en concepto de mano de obra que forman parte del precio total de la oferta, que el oferente se compromete a abonar mínimamente a los empleados que prestarán el servicio
PARA EL LOTE 2 SERVICIO DE FUMIGACIÓN
Disponer de los equipos, materiales y herramientas en buen estado y en cantidad requerida para la ejecución de los trabajos solicitadas en las Especificaciones Técnicas, así como también que se encargará de la provisión de uniformes adecuados para su personal y de los productos de fumigación en cantidades suficientes y de calidad adecuada para el cumplimiento de los servicios.
Infraestructura: Disponer de acuerdo a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, y Además, deberá contar con:
- Personal para atención personalizada en caso de probables reclamos
- Teléfonos / fax
- Equipos informáticos
- Depósito de materiales y equipos
- Vehículos para traslado de equipos, herramientas e insumos
El oferente, deberá presentar con su oferta muestras de los productos que utilizará en la ejecución del servicio de fumigación, como así también los Registros Domisanitarios de los productos para fumigación.
Los productos para fumigación deben contar con Certificado de Registro Sanitario Vigente o Constancia de Renovación emitida por Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS), dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, emitido para el oferente o para la firma comercial de donde adquiere los productos e insumos de fumigación a ser utilizados, según lo siguiente:
Para Distribuidor de Productos Importados: Autorización expedida por el representante para el Paraguay de la marca ofertada, acompañada del documento que acredite la representación invocada.
Para Distribuidores de Productos Nacionales: Autorización del Fabricante.
Para Representante y Distribuidores: Autorización del fabricante/representante/distribuidor, acompañado de los documentos que acredite la representación invocada. Título de Marca, en el caso de que sea fabricante del producto a ser utilizado en la prestación del servicio. En el caso de que la Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, esté emitido para la firma comercial de donde el oferente adquiere los productos a ser utilizados, el oferente, deberá presentar, además, la documentación que demuestre que adquiere los productos de esa firma comercial.
El oferente deberá contar con Certificado de Impacto Ambiental vigente, emitido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y LICENCIA O HABILITACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, acreditado mediante Certificado de Registro de Empresa Fumigadora vigente, emitido por la Dirección General de Salud Ambiental-DIGESA., la que podrá ser solicitada por la convocante, en cualquier instancia del presente llamado.
Para los trabajos de fumigación, el oferente deberá contar con un personal técnico de seguridad ocupacional, categoría A o B emitido por el MTESS y registrado como Agente SSO en la Patronal, o tener contrato privado con el profesional demostrable con las últimas 5 facturas.
Clientes actuales, con los datos necesarios: Empresas/Institución, nombre del Responsable de la administración del contrato, número de teléfono.
Listado de equipos y maquinarias en carácter de declaración jurada mediante las cuales garantizan el cumplimiento del contrato (Propio o arrendado).
El método para evaluar las muestras consistirá en la comparación de las muestras con los Registros e informes de ensayos expedidos por las autoridades competentes, debiendo corresponder a los productos presentados.
En caso de los Consorcios, el líder deberá cumplir con el 60% de los requisitos de este punto, pudiendo los demás miembros del consorcio cumplir conjuntamente el porcentaje restante. En caso de tratarse de un Consorcio se considerará la sumatoria de capacidad e infraestructura de las empresas en consorcio.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
LOTE 1
Presentación del listado del personal disponible y eventualmente a ser contratado para el cumplimiento del servicio ofertado (limpieza), conforme al Formulario de Personal Contratado. En caso de ser adjudicado, deberá presentar la lista del personal directamente afectado al servicio licitado (Ver Formulario en la Sección Formularios).
Declaración Jurada de disponer de los materiales, equipos y herramientas en buen estado y en cantidad requerida para la ejecución de los trabajos, de acuerdo a lo indicado en las Especificaciones Técnicas y demás infraestructuras.
Copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente o Constancia de Renovación emitida por Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) de los productos.
Declaración Jurada del detalle de los productos e insumos a ser utilizados en la prestación del servicio, indicando marca, procedencia y características principales. Asimismo, la convocante, podrá solicitar en cualquier instancia del presente llamado, la Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, emitido para el oferente o para la firma comercial de donde adquiere los productos e insumos de limpieza a ser utilizados, según lo siguiente:
Para Distribuidor de Productos Importados: Autorización expedida por el representante para el Paraguay de la marca ofertada, acompañada del documento que acredite la representación invocada.
Para Distribuidores de Productos Nacionales: Autorización del Fabricante.
Para Representante y Distribuidores: Autorización del fabricante/representante/distribuidor, acompañado de los documentos que acredite la representación invocada. Título de Marca, en el caso de que sea fabricante del producto a ser utilizado en la prestación del servicio. En el caso de que la Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, esté emitido para la firma comercial de donde el oferente adquiere los productos e insumos de limpieza a ser utilizados, el oferente, deberá presentar, además, la documentación que demuestre que adquiere los productos de esa firma comercial.
Copia de los Informes de ensayos expedidos por INTN, para hipoclorito de sodio, desodorante de ambientes y detergente.
Copia del documento que acredita poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA), debidamente reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, o documento que acredite que se encuentra en trámite.
Copia del Reglamento Interno de Condiciones de Trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Copia del Certificado de Licencia que lo habilita en el rubro de Limpieza de la Municipalidad a la cual pertenece.
Copia de Cedula Verde o Declaración Jurada de contar con los vehículos.
Lista de Clientes actuales
Declaraciones Juradas del Listado de equipos y/o maquinarias.
Declaración Jurada Planilla de Pago al Personal
LOTE 2
Declaración Jurada de disponer de los materiales, equipos y herramientas en buen estado y en cantidad requerida para la ejecución de los trabajos, de acuerdo a lo indicado en las Especificaciones Técnicas y demás infraestructuras.
Copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente o Constancia de Renovación emitida por Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) de los productos a ser utilizados.
Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, emitido para el oferente o para la firma comercial de donde adquiere los productos e insumos de limpieza y fumigación a ser utilizados, según lo siguiente:
Para Distribuidor de Productos Importados: Autorización expedida por el representante para el Paraguay de la marca ofertada, acompañada del documento que acredite la representación invocada.
Para Distribuidores de Productos Nacionales: Autorización del Fabricante.
Para Representante y Distribuidores: Autorización del fabricante/representante/distribuidor, acompañado de los documentos que acredite la representación invocada. Título de Marca, en el caso de que sea fabricante del producto a ser utilizado en la prestación del servicio. En el caso de que la Autorización del Fabricante, Representante y/o Distribuidor, esté emitido para la firma comercial de donde el oferente adquiere los productos ser utilizados, el oferente, deberá presentar, además, la documentación que demuestre que adquiere los productos de esa firma comercial.
Copia u original del Certificado de Impacto Ambiental vigente emitido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y del Certificado de Registro de Empresa Fumigadora vigente, emitido por la Dirección General de Salud Ambiental DIGESA.
Copia de Acreditación vigente del personal que realizará los servicios de fumigación y del Certificado de Registro de Asesor Técnico vigente, emitidos por la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
NO APLICA
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.