Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los servicios prestados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Fulgencio Ortiz,  Jefe del Dpto. de Servicios Generales del INCOOP.
  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: La presente contratación responde a la necesidad del INCOOP, en contar con los servicios de Servicio de Seguridad y Vigilancia tanto edilicia como de las personas que trabajan y de las que acuden a la Institución.
  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo,  o si el mismo responde a una necesidad temporal: Considerando los requerimientos del servicio, las condiciones presupuestarias y la planificación de los gastos, la Convocante realiza las contrataciones aplicando la modalidad de contrato por llamado periódico con sustento en los resultados favorables que ofrece la ejecución de dicha modalidad de contratación términos de economía y eficiencia para la gestión institucional, a fin de que la Convocante cuente con la cobertura del servicio de Seguridad y Vigilancia considerado sumamente importante para el buen desempeño en la gestión Institucional.
  • Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas, responde a estándares y condiciones básicas del servicio de Seguridad y Vigilancia que se conjuga con condiciones de presentación que responden a una preferencia de la convocante concordada con su necesidad.

Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

El INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO (INCOOP) requiere la prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia para la Sede Central ubicada en la Ciudad de Asunción, y las Oficinas Regionales situadas en Cuidad del Este, Dpto. de Alto Paraná y Encarnación, Dpto. de Itapuá respectivamente, donde se solicita una cobertura eficiente para la custodia y protección de los funcionarios, de los bienes e instalaciones y los inmuebles de la institución; así como las personas que acuden a ella. El servicio requerido es de 24 horas, de lunes a domingo, incluyendo los días feriados en la Oficina Central y, en las Oficinas Regionales el horario del servicio será de lunes a viernes de 7:00 hs. a 15:00 hs.

Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los Agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:

Ejercer la vigilancia, protección, defensa y resguardo de los funcionarios y de las personas que acuden a la Institución, al igual que de los bienes, muebles e inmuebles que se encuentren en ella.

Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.

Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.

En caso de cortes de Iuz, fuera del horario y días normales de trabajo, comunicar al administrador del contrato, la hora y fecha del funcionamiento de los grupos generadores con que cuenta la institución en la sede central.

Comunicar al administrador del contrato, vía telefónica, cualquier novedad que surgiere fuera del horario y días normales de trabajo, como así también dejar asentado en el libro de novedades con que se cuenta en la oficina de guardia.

Control y monitoreo del CCTV (Circuito Cerrado de Televisión) instalado en la oficina de guardia. En caso de fallas o averías, comunicar al administrador de contrato.

Control de acceso y registro de clientes externos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.

Control de acceso y registro de funcionarios fuera del horario normal de trabajo.

Control de ingreso y salida de vehículos de funcionarios, dentro del horario normal de trabajo.

Registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la Contratante, además de bienes de terceros que prestan servicios dentro de la Institución, con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.

Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinaria y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.

Vigilancia interna y perimetral de la Sede del Edificio Fernando de la Mora c/ Amancio González N° 988, ubicados en la capital y control de monitores de Seguridad, median e rondas programadas conforme las normas establecidas por la Institución. Además, las oficinas Regionales Ubicadas en las ciudades de Encarnación y Ciudad del Este.

Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes o similares que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos, que cuenten con las documentaciones que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.

Contar con un libro de registro o similar donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos etc., durante las horas de realización de la vigilancia.

Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución, sin la autorización correspondiente.

Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.

Retener, dentro de Io permitido por la Ley, a toda persona que se encuentre atentando contra otras personas o el patrimonio de la Institución, dentro de sus locales, dando aviso inmediato a la autoridad policial.

Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.

Colaborar y resguardar para mantener el orden en caso de aglomeración o manifestación de personas, siniestros por incendio, derrumbe y otros casos que pudieran requerir asistencia.

Acudir en forma inmediata y diligente ante la solicitud de auxilio por parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.

Comunicar de inmediato al Agente supervisor o al Departamento institucional responsable de la Administración del Contrato toda situación de irregularidad que se detecte en las sedes de la Convocante, debiendo asentarse dicha situación en el libro de Registro de Novedades.

Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal del local en caso de presentarse una emergencia.

Exigir la identificación de todas aquellas personas que le sean desconocidas o para entrar o salir con libertad de los Edificios del INCOOP.

Observación: La Descripción del Servicio no es limitativa, sino indicativa y podrán variar según las características y condiciones de los distintos puestos de guardias. Además, el personal de vigilancia recibirá indicaciones del servicio por parte del Administrador del Contrato.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Condiciones de prestación del servicio

Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:

  • Los vigilantes no podrán abandonar sus puestos en ningún caso sin que previamente se haya realizado el relevo físico de turno. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
  • El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente por la contratante.
  • A solicitud de la contratante, el proveedor deberá proceder al remplazo o cambio de puesto del o los agentes designados, dentro de las 24 horas de recibida notificación por escrito de la solicitud. En caso de sustitución no solicitada por la contratante, el proveedor deberá comunicar los cambios en el mismo plazo y solicitar la aprobación de la institución y deberá demostrar que el cambio se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. El o los agentes que sean puestos en sustitución deberán ser seleccionados de alguno de los indicados como suplente en el formulario de Nómina de Trabajadores que realizarán los servicios contratados. Los agentes separados de las funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la institución.
  • Expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
  • Se exige que los agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
  • Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por la Empresa de Seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.
  • Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrado en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

Además:

  • Ser de nacionalidad paraguaya y haber cumplido la mayoría de edad
  • Talla de altura mínima: 1.65 cm
  • Haber concluido el ciclo de enseñanza secundaria como mínimo
  • Contar con certificado oficial de no poseer antecedes policiales y judiciales vigentes.
  • Presentar constancia actualizada de haber aprobado el examen físico, mental y psicotécnico y de tiro, expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
  • Contar con el certificado de idoneidad actualizado, expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
  • Constancia o certificado de haber egresado de un Instituto de Formación de guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado o Constancia de la división de Fiscalización del Dpto. de Delitos Económicos.
  • Alto nivel de integridad moral y responsabilidad, por lo cual no deben haber sido dados de bajas de las filas policiales o militares por falta grave, indisciplina o ineptitud, como tampoco poseer antecedes de mal desempeño laboral en otras empresas dedicadas a servicios de seguridad y vigilancia.
  • Deberán estar instruidos, entrenados y capacitados en funciones de vigilancia de los locales públicos o privados con atención a usuarios, así como en primeros auxilios, acciones contra incendios, defensa personal, etc.
  • No tener vínculo o relación laboral con la Institución que contrata los servicios a su Empleador.
  • No sufrir enfermedades infecto-contagiosas o mentales
  • Experiencia mínima (3 años) de los agentes en la prestación de servicios de seguridad en los locales públicos o privados a criterio de la convocante entre otros requisitos razonables y acordes con el objeto de la prestación de los servicios.

Requisitos del personal de seguridad privada

Las funciones de guardia de seguridad sólo podrán ser desempeñadas por las personas físicas empleadas por las empresas de seguridad debidamente autorizadas y habilitadas al efecto por la autoridad competente.

Los guardias de seguridad, deben contar con el carné vigente expedido por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines, y estar registrados en la nómina del personal remitido a la División a nombre de la empresa adjudicada.

Uniforme y equipamiento

Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:

1. Carné Identificatorio: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.

2. Armas: Revolver calibre 38 o escopeta calibre 12. EL PROVEEDOR, bajo su responsabilidad, dará cumplimiento estricto a la Ley N° 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.. La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales.

Conforme a la mencionada legislación, El Agente de seguridad que porte arma de fuego deberá llevar consigo:

a) Credencial de identificación vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece.  

b) Copia del permiso de tenencia del arma de fuego otorgado por la empresa a la cual pertenece, para uso del personal que deberá estar autenticada por escribano y notario público.

Las empresas de seguridad privada de transporte de valores estarán autorizadas a llevar la cantidad de armas que aseguren la protección de la vida de la tripulación y de los valores en tránsito. Las armas a ser empleadas para este servicio, deberán ser de funcionamiento semi automática y no automática.

3. Uniforme: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme, y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.

La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, éste costo debe ser absorbido por la empresa.

Las empresas transportadoras de valores dotarán al personal operativo además del uniforme, chalecos antibalas, cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.

4. Sistemas de comunicación: Los sistemas de comunicación con que cuenta la empresa deberán ser equipos de radio comunicación con permisos para operar frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada.

Aparatos tipo de celular con saldo disponible, a los efectos de que los directivos puedan comunicarse en cualquier momento con el personal de turno. En estos casos la empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los agentes. (reporte de entrada y salida de guardia, emergencia, etc.) bajo ningún concepto el costo de las comunicaciones será descontado a los agentes de seguridad.

Asimismo, la empresa Prestadora deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.

- Los agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí.

La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.

5. Accesorios: Cada vigilante deberá portar en su turno:

  • tonfa (cachiporra),
  • silbatos,
  • linternas de mano, de luz blanca, con tecnología alógenas o led (para los guardias nocturnos)
  • espejos para inspección inferior de vehículos.

Se exige como condición que cada guardia deberá portar en su turno accesorios citados). Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.

 

Uniforme de Verano

Día

Noche

Tipo

Detalle

Cantidad de Agente

Tipo

Detalle

Cantidad de Agente

Camisa

Mangas Cortas

6

Camisa

Mangas Cortas

2

Pantalón

 

6

Pantalón

 

2

Gorra

 

6

Gorra

 

2

Uniforme de Invierno

Día

Noche

Tipo

Detalle

Cantidad de Agente

Tipo

Detalle

Cantidad de Agente

Camisa

Mangas largas

6

Camisa

Mangas largas

2

Pantalón

 

6

Pantalón

 

2

Campera

 

6

Campera

 

2

Gorra

 

6

Gorra

 

2

Plan de prestación del servicio - horarios y lugar

El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:

mpo

Cantidad de personal

Función a desempeñar

Días

Horario - Diurno

Lugar

Arma

Radio

Desde

Hasta

[12 horas]

[04]*

[Vigilante]

[L-V]

[S-D y F]

[06:00hs]

[18:00hs]

[Edificio INCOOP Sede Central de Asunción]

[Sí]

[Sí]

[8 horas]

[01]

[Vigilante]

[L-V]

[07:00hs]

[15:00hs]

[Regional de Encarnación]

[Sí]

[Sí]

[8 horas]

[01]

[Vigilante]

[L-V]

[07:00hs]

[15:00hs]

[Regional de Ciudad del Este]

[Sí]

[Sí]

 

Tiempo

Cantidad de personal

Función a desempeñar

Días

Horario - Nocturno

Lugar

Arma

Radio

Desde

Hasta

[12 horas]

[02]

[Vigilante]

[S-D y F]

[18:00hs]

[06:00hs]

[Edificio INCOOP Sede Central de Asunción]

[Sí]

[Sí]

Obs: En el horario diurno los días Sábados, Domingos y Feriados solo serán requeridos 2 (dos) guardias de 06:00 hasta las 18:00 Sede Central Edificio INCOOP

Dirección: Edificio INCOOP Avda. Fernando de Mora N° 988 c/ Amancio González

REGIONAL ENCARNACION: Dirección Av. Mallorquín N° 1424, entre Villarrica y Tomas R. Pereira (Observación: En caso que el INCOOP cambie la ubicación de la Oficina Regional, (dentro de los 6 meses de prestación del servicio) la prestadora deberá prever el traslado o la asignación de personal de vigilancia para la cobertura en la nueva oficina regional).

REGIONAL CIUDAD DEL ESTE: CAÑADON CHAQUEÑO E/ TTE. ARIAS B° OBRERO (Observación: En caso que el INCOOP cambie la ubicación de la Oficina Regional, (dentro de los 6 meses de prestación del servicio) la prestadora deberá prever el traslado o la asignación de personal de vigilancia para la cobertura en la nueva oficina regional).

 

 

 

 

 

 

 

 

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales. 

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Acta de
Recepción
de
servicios

Acta de
Recepción
de
Conformidad
Mensual

Conforme a la emisión de la Orden de Servicio, que será emitida por única vez y notificada por correo electrónico, fax, o notificación de forma física al domicilio declarado) y cuya realización del servicio será realizado de forma mensual