Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
N°. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
SAL FINA |
Sal fina de consumo humano adicionada de yodato de potasio, en el nivel establecido en la legislación vigente sobre enriquecimiento de sal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano. (Resol. GMC 46/03). COTIZAR X 1 KILO. PRESENTACION: EN PAQUETE X 1 KILO COMO MINIMO. |
2 |
ARROZ |
Arroz grano largo, fino tipo 1. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR X 5 KILOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
3 |
FIDEO SPAQUETTI |
Con el nombre de pastas alimenticias o fideo spaghetti elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR EN PAQUETES DE 400 GRAMOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
4 |
FIDEO CORTADITO |
Con el nombre de pastas alimenticias o fideo cortadito elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR EN PAQUETES DE 400 GRAMOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO. |
5 |
FIDEO TALLARIN |
Con el nombre de pastas alimenticias o fideo tallarín elaborada a base de sémolas o semolín o harina de trigo ricas en gluten o harinas de panificación con agua y aditivos permitidos, sometidos a procesos de desecación. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano. COTIZAR EN PAQUETES DE 400 GRAMOS. PRESENTACION: BOLSA X 5 KILOS COMO MINIMO.. |
6 |
POROTO ROJO |
Poroto seco (paquete de 1000 gramos) obtenido de la semilla desecada de la especie Vigna sinensis de la variedad poroto rojo cuyos granos son de color gris moteado. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR EN PAQUETE DE 1 KILO. PRESENTACION: PAQUETE X 1 KILO COMO MINIMO. |
7 |
CAFÉ MOLIDO |
Empaquetado en origen, con un vencimiento mínimo de 6 meses posteriores a la fecha de recepción del mismo, los envases deben contener la marca, información. Nutricional correspondiente. COTIZAR EN PAQUETE X 500 GRAMOS. PRESENTACION: PAQUETE X 500 GRAMOS COMO MINIMO. |
8 |
CAFÉ SOLUBLE INSTANTANEO |
Granuloso soluble. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR EN FRASCO X 200 GRAMOS. PRESENTACION: FRASCO POR 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
9 |
SALSA DE SOJA |
La salsa de soja es un condimento líquido que se obtiene por la fermentación de los granos de soja y/o la hidrólisis de proteínas vegetales. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X 900 ML. PRESENTACION: FRASCO X 900 ML COMO MINIMO. |
10 |
CHOCLO EN LATA |
Granos de choclo variedad de maíz saccharata envasados en recipientes aptos y sometidos a esterilización. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: LATA X 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
11 |
ARVEJAS EN LATA |
Conserva de arveja seca remojada envasadas en recipientes aptos y sometidos a esterilización. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: LATA X 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
12 |
MAYONESA |
Mayonesa, se entiende la salsa constituida por una emulsión de aceite vegetal comestible en huevo y agua, sazonada con vinagre y/o jugo de limón, con o sin condimentos, aceites esenciales, extractos aromatizantes, envasada en un recipiente bromatológicamente apto. Deberá ser reducida en grasas totales en un 25% con respecto a la mayonesa normal. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: FRASCO X 500 GRAMOS. |
13 |
OREGANO SECO |
Hojas secas aromáticas, de color verde-marrón, ligeramente amargo, sabor y olor típico de hojas de orégano, para uso en carnes, salsa y otros. Presentación en bolsas selladas de 50 gramos. que indique marca, fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. RSPA. RE. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: PAQUETE DE 50 GRAMOS COMO MINIMO. |
14 |
LAUREL DE ESPAÑA SECO |
Hojas de laurel de España, sanas, limpias, desecadas, de tonos verde pálido, aromáticos, lanceolados, utilizados ampliamente en culinaria. En paquetes cerrados herméticamente, peso mínimo 25 gramos, que indique marca, fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. RSPA. RE. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: PAQUETE DE 25 GRAMOS COMO MINIMO. |
15 |
TE DE ANIS EN SOBRES |
Te de anís. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X CAJA. PRESENTACION: EN CAJA POR 20 SAQUITOS C/U COMO MINIMO |
16 |
TE NEGRO INSTANTANEO |
Té negro corresponde al producto obtenido mediante marchitado, enrulado, fermentado y secado de las yemas, hojas jóvenes, pecíolos y tallos tiernos. Producto obtenido por el procesamiento conveniente de las yemas, hojas jóvenes, pecíolos y tallos tiernos de la especie Camellia sinensis. Inocuo y apto para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR CAJA. PRESENTACION: EN CAJA CON 20 SAQUITOS DE 2 GR. C/U COMO MINIMO |
17 |
JUGO ELABORADO EN POLVO |
Elaborado a base de extracto de frutas, Sabores variados. Presentación en Envases higiénicos, herméticamente cerrados. Contenido neto 200 gramos. Con buen sabor y aroma. Deberá llevar impreso la marca. ROTULADO: Fecha de elaboración y vencimiento: especificando día mes y año. Indicaciones nutricionales y marca del fabricante visibles. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN PAQUETE DE 200 GRAMOS COMO MINIMO. |
18 |
EDULCORANTE LIQUIDO |
Edulcorante liquido en frasco. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN FRASCO POR 500 ML COMO MINIMO. |
19 |
PURE DE TOMATE |
Se entiende por Concentrados de tomate, productos obtenidos por concentración del jugo y pulpa de tomates frescos, herméticamente cerrados. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: ENVASE DE 520 GRAMOS COMO MINIMO. |
20 |
ATUN |
Conservas de atún en agua, preparadas con filetes de pescados envasadas en sal negra, debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN LATA X 170 GRAMOS COMO MINIMO. |
21 |
VINAGRE |
Vinagre, el producto elaborado exclusivamente de la fermentación ascética del vino blanco. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN ENVASE DE 750 ML. COMO MINIMO. |
22 |
ÑOQUIS DE PAPA |
Pastas alimenticias con el nombre de Ñoquis Frescos, precocidos, envasados en paquetes de 400 grs. elaborada a base de papas y harina de trigo ricas en gluten o harinas. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UNIDAD. PRESENTACION: EN PAQUETE POR 400 GRAMOS. |
23 |
DISCO PARA EMPANADA |
Fresco elaborado a base de harina de trigo, con fecha de elaboración y vencimiento, envasado en paquetes de 12 unidades. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X PAQUETE. PRESENTACION: EN PAQUETES DE 12 UNIDADES COMO MINIMO. |
24 |
HUEVO DE GALLINA,TIPO A, COLOR ROJO |
Huevos frescos de gallina tipo 1 o A, color rojo, cáscara limpia, seca y sin rajadura, en planchas de cartón limpias, cerradas con film, debe mencionar Registro de Establecimientos con habilitación del SENACSA. COTIZAR X PLANCHAS DE 30 UNIDADES. PRESENTACION: EN PLANCHAS POR 30 UNIDADES COMO MINIMO. |
25 |
HARINA DE MAIZ |
Con el nombre de harina de maíz precocida obtenida de los granos de maíz y sometido a un proceso de molienda. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X KILO. PRESENTACION: EN PAQUETE DE 1 KILO COMO MINIMO. |
26 |
LECHE DESCREMADA LIQUIDO |
LECHE DESCREMADA, envases Tetra Brik de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN- MSPYBS COTIZAR EN ENVASE POR 1 LITRO. PRESENTACION: EN CAJA DE 12 UNIDADES COMO MINIMO. |
27 |
QUESO RALLADO |
Queso rallado 100% reggianito. de 120 gramos Rotulado Lista de ingredientes, fecha de vencimiento año y mes, conservantes o exaltadores de sabor y aroma, deberá declararse en el etiquetado. Envase Limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado, con N° de R.E., R.S.P.A., conservar en lugar fresco y seco, al abrigo de la luz solar. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: PAQUETE X 120 GRAMOS COMO MINIMO. |
28 |
MARGARINA |
Elaborado de grasas y aceites vegetales, con sal, color amarillo claro, con consistencia tersa, libre de grumos. Asimismo, deberá ser proveído exenta de mohos, olores extraños y rancios. Envasado en potes herméticamente cerrado, sin imperfecciones ni abolladuras, en perfecto estado de conservación. El pote deberá llevar impreso la marca, la fecha de vencimiento y la Información nutricional. Número de Registro del Producto (RSPA N°) y Número de Registro de Establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN POTE X 500 GRAMOS COMO MINIMO. |
29 |
MERMELADA DE GUAYABA |
Elaborado de guayaba, sin sabor ni olor desagradable, envasado higiénicamente; con un plazo mínimo de seis meses antes de su vencimiento. Con la marca del bien debidamente detallada en el envase del producto. Descripción de ingredientes e información nutricional impresa en el envase. Número de Registro del Producto (RSPA N°) y Número de Registro de Establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR POR UNIDAD. PRESENTACION: EN POTE X 500 GRAMOS. |
30 |
GALLETA MOLIDA |
Elaborado de Molida de galleta seca envasado higiénicamente, en buen estado de conservación, sin sustancias contaminantes. Inocuo y adecuado para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X 800 GRAMOS. PRESENTACION: EN PAQUETES X 800 GRAMOS COMO MINIMO. |
31 |
CARNAZA BLANCA |
Carnaza Blanca, Deberá ser limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
32 |
CARNE MOLIDA |
Deberá ser limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos con cámara refrigeradora, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 12 hs. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
33 |
COSTILLA |
Costilla: Libre de contusiones, fresca, que presenta color, olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLS POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
34 |
PUCHERO DE PRIMERA |
Puchero Libre de contusiones, de aproximadamente 300 grs. cada porción, fresca, que presenta color, olor y consistencia característicos, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLS POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
35 |
CARNE CERDO |
Carne de cerdo. Libre de contusiones, fresca, que presenta color, olor y consistencia característica, tipo exportación, transportado en vehículos habilitados por SENACSA con cámara refrigeradora de 0 a 6 grados C, manteniendo la cadena de frío, como mínimo 48 h. de reposo posterior al faenamiento, en buen estado de conservación. Parte comestible de los músculos de porcinos declarados aptos por SENACSA. Si contiene grasa que ésta presente color y olor fresco. De escasa gordura. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. Envasado en bolsa de polietileno el cual deberá indicar el peso. Debe figurar la fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
36 |
MUSLO DE POLLO |
Muslo de pollo tipo exportación DE PRIMERA, Fresca, congelada, consistencia firme, netamente diferenciado y olor característico. Si contiene grasa, que ésta presente color y olor fresco. Rotulo: Nombre del Establecimiento en bolsas con fecha de vencimiento no inferior a 10 días en el momento de la recepción y R.E. y SENACSA del establecimiento. SIN MENUDENCIA. Deberá cumplir las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Animal-SENACSA. COTIZAR POR UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA POR 5 KILOS COMO MINIMO. |
37 |
AJO |
Ajo de tamaño grande, sano, entero, con piel firme, seco y limpios en perfecto estado de conservación, sin brotes. La provisión se hará en bolsa de polietileno limpio y sano. Deberá cumplir con las disposiciones técnicas y legales establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). COTIZAR POR KILO. PRESENTACION: PAQUETE X 1 KILO COMO MINIMO. |
38 |
ROSQUITA |
Rosquita, elaborados con harina de trigo tipo 000, suaves de agradable sabor. Producto alimenticio obtenido por la cocción en hornos a temperatura conveniente de una masa no fermentada, hecha con harina, agua potable, manteca u otra grasa comestible con o sin el agregado de levadura, con o sin adición de sal, con o sin adición de azúcar, con o sin adición de anís, cuya forma responda a su designación. Inocuo y apto para consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. COTIZAR X UN KILO. PRESENTACION: EN BOLSA DE 5 KILOS COMO MINIMO. |
39 |
GALLETITAS SALVADA |
Plantilla: DNCP000064 - Versión 2 |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
No. De Artículo
[Insertar el N° del Artículo]
Nombre de los Bienes o Servicios
[Indicar nombre]
Especificaciones Técnicas y Normas
[indicar ET y Normas]
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
El plazo para la emisión de la orden de compra tendrá como inicio de cómputo a partir de la firma del contrato y el Plan de entrega, deberá coincidir con el tiempo estimado de ejecución.
Los productos NO PERECEDEROS serán entregados de forma mensual o de acuerdo a la necesidad o capacidad del depósito de la Convocante.
Los productos PERECEDEROS serán entregados de forma quincenal o de acuerdo a la necesidad o capacidad del depósito de la Convocante.
Una vez firmado el Contrato respectivo, la Administración Regional de la Décima Región Sanitaria, procederá a la emisión de la Orden de Compra, la que autorizará a la firma adjudicada a la entrega de los productos.
La Orden de Compra será emitida por el Departamento Administración Regional a solicitud de la Jefa de la Sección de Suministro Regional según el cronograma establecido para cada ítem. La convocante podrá modificar dichas cantidades atendiendo a la cantidad de pacientes internados y la cantidad del personal de guardia.
La Orden de Compra podrá ser remitida en el domicilio del oferente, o vía correo electrónico, en la dirección declarado por el oferente en el Formulario de Ofertas, en este último caso, el adjudicado deberá remitir inmediatamente dicha Orden a través del mismo mecanismo, con sello, firma, aclaración y fecha de recepción del documento. -
La empresa contratista deberá hacer entrega de los bienes dentro de los 5 (cinco) días hábiles desde la Recepción de la orden de compras respectiva.
La entrega de los productos se hará en el Depósito de Suministros, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. de la X Región Sanitaria Alto Paraná, sito en la ruta Inal. Puente Cavalcanti c/Yguazu.
La falta de entrega en el plazo previsto obligará a la aplicación de las multas establecidas en la sección de multas.
PRODUCTOS NO PERECEDEROS |
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Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad Solicitada |
Promedio de entrega mensual |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
SAL FINA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
La entrega de los productos se hará en el Depósito de Suministros, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. de la X Región Sanitaria Alto Paraná, sito en la ruta Inal. Puente Cavalcanti c/Yguazu |
Dentro de los 5 (cinco) días hábiles desde la Recepción de la orden de compras respectiva por el proveedor |
2 |
ARROZ |
1000 |
167 |
UNIDAD |
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3 |
FIDEO SPAQUETTI |
160 |
27 |
UNIDAD |
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4 |
FIDEO CORTADITO |
160 |
27 |
UNIDAD |
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5 |
FIDEO TALLARIN |
160 |
27 |
UNIDAD |
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6 |
POROTO ROJO |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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7 |
CAFÉ MOLIDO |
400 |
67 |
UNIDAD |
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8 |
CAFÉ SOLUBLE INSTANTANEO |
300 |
50 |
UNIDAD |
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9 |
SALSA DE SOJA |
600 |
100 |
UNIDAD |
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10 |
CHOCLO EN LATA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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11 |
ARVEJAS EN LATA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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12 |
MAYONESA |
500 |
83 |
UNIDAD |
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13 |
OREGANO SECO |
500 |
83 |
UNIDAD |
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14 |
LAUREL DE ESPAÑA SECO |
500 |
83 |
UNIDAD |
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15 |
TE DE ANIS EN SOBRES |
500 |
83 |
UNIDAD |
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16 |
TE NEGRO INSTANTANEO |
500 |
83 |
UNIDAD |
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17 |
JUGO ELABORADO EN POLVO |
500 |
83 |
UNIDAD |
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18 |
EDULCORANTE LIQUIDO |
800 |
133 |
UNIDAD |
||
19 |
PURE DE TOMATE |
1.500 |
250 |
UNIDAD |
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20 |
ATUN |
600 |
100 |
UNIDAD |
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21 |
VINAGRE DE MANZANA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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22 |
ÑOQUIS DE PAPA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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23 |
DISCO PARA EMPANADA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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24 |
HUEVO DE GALLINA,TIPO A, COLOR ROJO |
1.500 |
250 |
UNIDAD |
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25 |
HARINA DE MAIZ |
300 |
50 |
UNIDAD |
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26 |
LECHE DESCREMADA LIQUIDO |
5.000 |
833 |
UNIDAD |
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27 |
QUESO RALLADO |
600 |
100 |
UNIDAD |
||
28 |
MARGARINA |
1000 |
167 |
UNIDAD |
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29 |
MERMELADA DE GUAYABA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
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30 |
GALLETA MOLIDA |
500 |
83 |
UNIDAD |
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39 |
GALLETITAS SALVADA |
1.000 |
167 |
UNIDAD |
PRODUCTOS PERECEDEROS |
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Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad Solicitada |
Promedio de entrega QUINCENAL |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
31 |
CARNAZA BLANCA |
2.500 |
208 |
KILOGRAMOS |
La entrega de los productos se hará en el Depósito de Suministros, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 hs. de la X Región Sanitaria Alto Paraná, sito en la ruta Inal. Puente Cavalcanti c/Yguazu |
Dentro de los 5 (cinco) días hábiles desde la Recepción de la orden de compras respectiva por el proveedor |
32 |
CARNE MOLIDA |
2.000 |
167 |
KILOGRAMOS |
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33 |
COSTILLA |
600 |
50 |
KILOGRAMOS |
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34 |
PUCHERO DE PRIMERA |
1.562 |
130 |
KILOGRAMOS |
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35 |
CARNE CERDO |
1.500 |
125 |
KILOGRAMOS |
||
36 |
MUSLO DE POLLO |
1.910 |
159 |
KILOGRAMOS |
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37 |
AJO |
451 |
38 |
KILOGRAMOS |
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38 |
ROSQUITA A LA MANTECA |
1.600 |
133 |
KILOGRAMOS |
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem
Descripción del servicio
Cantidad
Unidad de medida de los servicios
Lugar donde los servicios serán prestados
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios
(Indicar el N°)
(Indicar la descripción de los servicios)
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer)
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios
(Indicar el nombre del lugar)
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Para la recepción por parte del Depósito de Suministros, se verificará conforme a las Especificaciones Técnicas indicada en el Pliego de Bases y Condiciones, corroborando: vencimientos (productos envasados industrializados: no inferior a 6 meses al momento de la recepción; productos cárnicos: no inferior a 10 días en el momento de la recepción) , procedencia, presentación, contenido neto del producto, etc. La Contratante rechazará los productos o insumos que no pasen las inspecciones. Los productos que se rechazan serán reemplazados en un plazo máximo de 2 días hábiles.El Proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con el servicio contratado, sin ningún costo para la Contratante. El Departamento de Nutrición con el Servicio de Suministros y Fiscalizador, serán los encargados de supervisar que los productos alimenticios proveídos por la empresa cumplan con todas las disposiciones higiénicas y dietéticas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificacion de indicadores de cumplimiento:
* Para bienes: nota de remisión:
Mensual para los productos No Perecederos.
Quincenal para los Productos Perecederos.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión Mensual |
Nota de Remisión Mensual |
Dentro de los 5 (cinco) días hábiles desde la Recepción de la orden de compras respectiva por el proveedor |
Nota de Remisión Quincenal |
Nota de Remisión Quincenal |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.