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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-05-2024 - 16:55
Fecha de Fin
22-05-2024 - 13:00
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal tiene cierre al 30 de junio
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa en los requisitos de Capacidad financiera, no se ajustan a las reglamentaciones vigentes en materia tributaria, se solicita subsanar, atendiendo que los mismos constituyen requisitos aplicables para analizar el margen de solvencia, patrimonio propio no comprometido, fondo de garantía y disponibilidades. Esta misma observación es aplicable a los documentos adicionales.
Comentario
Observamos que solicitan balance del año 2023. Le recordamos que los Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal, cierran el 30 de junio. Solicitamos a la convocante en materia tributaria, ajustarse a las reglamentaciones vigentes. //

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
Considerando que el plazo de ejecucion (45 dias) Solicitamos replantear la cantidad de certificador indicada.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO: Se solicita a la convocante indicar en el punto lo establecido el el Art. 277 de la Ley N° 7228.// 2) PLANIFICACION: No se visualza en el modulo de panificacion la carga. Recordamos a la convocante que debe realizar una correcta planificación de cada proceso licitatorio, considerando que de la verificación del proceso de referencia se ha evidenciado que la estructura presupuestaria difiere entre ciertos elementos de la convocatoria y lo planificado.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Duplicación de información.
Descripción
Se verifica que los datos establecidos en la cláusula del PBC o Carta de Invitación se encuentran duplicados.
Comentario
Observamos que remite el PBC en formato PDF, Recordamos a la convocante que por la Resolucion DNCP N° 455/2024 los pliegos son de FORMA ELECTRONICA..//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.