Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Entiéndase que las empresas oferentes deberán de cotizar según la Unidad de medida, es decir si la
unidad de medida es Kilogramos deberá de cotizar por 1 (un) kilogramos, si es por litros por 1(un)
litro, si es por unidad deberá de cotizar por 1 (una) unidad de bolsa.
Identificación y Envase de abonos, fertilizantes, fungicidas, insecticidas y herbicidas.
Por cada envase y/o etiqueta deberá llevar la inscripción en forma legible y con tinta indeleble lo siguiente:
PARA USO EXCLUSIVO DEL
INSTITUTO PARAGUAYO DE TECNOLOGÍA AGRARIA
Se aclara además que conforme a la necesidad y a la realidad de provisión en algunas situaciones, la Convocante podrá solicitar la presentación de dichos insumos en distintos tipos de envases (Ejemplo 5 litros, 1 litro, 1 Kilo, ½ Kilo, etc.), esto a fin de poder realizar la distribución de dichos insumos en los diversos entros
de Investigación y Campos Experimentales distribuidos en todo el territorio nacional.
Todos los bienes ofertados deberán cumplir con las especificaciones técnicas mínimas detallas en la columna Descripción y Especificaciones Técnicas Mínimas Requeridas de la Lista de Bienes.
Todos los bienes deberán tener fecha de vencimiento no menor de 18 (dieciocho) meses contados a partir de la fecha de la entrega al IPTA.
Todos los bienes deberán estar inscripto en el Registro y Libre venta de Fertilizantes y Afines expedida por el
SENAVE, y/o Certificado de Registro y Libre venta de Productos Fitosanitarios y Afines expedido por el
SENAVE, según corresponda, por cada marca de los bienes ofertados, las mismas serán verificadas en la
página oficial del SENAVE(www.senave.gov.py) conforme a la planilla que será presentada por los oferentes
según el Formulario N° 5 del Anexo D, y deberán estar vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
Las etiquetas y envases a ser utilizados en nuestro país, ya sean nacionales o importados, deberán ser
registrados y aprobados por las Autoridades de Aplicación y reunir las condiciones mínimas de seguridad
establecidas por ellas, siguiendo las normas nacionales e internacionales vigentes y aplicables en nuestro país.
Los Fertilizantes deben estar envasados en bolsas platilleras revestidos internamente con otra bolsa de polietileno que protege de la humedad, este requisito será indispensable para la recepción del mismo, caso contrario se rechazará los bienes que no cumplan con dicho requisito. No deberán presentar roturas debido a cortes y maltratos en el transporte, ni pérdidas del contenido. Cada recipiente deberá estar etiquetado y rotulado en forma indeleble el Número de Registro, Empresa que registra el Producto, Habilitación, Marca Comercial, Nº de Lote, Fecha de Fabricación y Fecha de Vencimiento, Composición del Producto, las instrucciones de Uso, Precauciones y Advertencias, según Ley Nº 123/91 y la Resolución 295/03 del SENAVE. La fecha de vencimiento de los productos deberá ser como mínimo de 18 (dieciochos) meses contado a partir de la entrega del producto.
Los Insecticidas, Herbicidas, Fungicidas, serán envasados en recipientes adecuados herméticamente cerrados con tapas selladas que a su vez serán puestas en cajas, de sólida construcción a fin de garantizar la llegada a destino del suministro sin averías, pérdidas ni deformaciones que pudiera afectar las características propias del contenido, con los datos de identificación del producto, Registro Nº, Habilitación, Marca Comercial del Producto, Recomendaciones de Uso, Peligros, Precauciones, Advertencias y Tratamientos en caso de intoxicaciones, Información clara y pertinente sobre la composición de producto, Clasificación, Fecha de elaboración, Fecha de vencimiento y Nº de Lote, según Ley Nº 123/91 y la Resolución Nº 295/03 del SENAVE. Vencimiento: no menor de 18 (dieciocho) meses contados a partir de la fecha de la entrega del producto.
La empresa adjudicada será responsable de proveer el personal para la estiba y desestiba de los bienes adjudicado al momento de la entrega.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Código Catálogo |
Descripción |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
LOTE N° 1: Fertilizantes |
|||||
1 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 18-46-00 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
2 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 00-00-60 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
3 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 45-00-00 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
4 |
10171604-008 |
Cal Agricola Dolomitica PRNT 95 % (OSi 1,95 + Sesquioxidos 1,65 + CaO 39,72 + MgO 12,40) |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
5 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 04-30-10 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
6 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK N: 10% P: 20% K: 10% |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
7 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 05-25-25 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
8 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 15-15-15 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
9 |
10171605-001 |
FERTILIZANTE NPK 00-46-00 |
Kilogramo |
Bolsa |
1 |
LOTE N° 2: Insecticidas |
|||||
1 |
10191509-9982 |
IMIDACLOPRID 70.000 % |
Kilogramos |
Paquete |
1 |
2 |
10191509-9982 |
IMIDACLOPRID 60.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
3 |
10191509-050 |
FIPRONIL 25.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
4 |
10191509-049 |
BETACIFLUTRINA 15.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
5 |
10191509-047 |
ACETAMIPRID 70.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
6 |
10191509-057 |
FOSFURO DE ALUMINIO 57.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
7 |
10191509-028 |
CLORPIRIFOS 48.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
8 |
10191509-019 |
CIPERMETRINA 25.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
9 |
10191509-068 |
NOVALURON 10.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
10 |
10171604-012 |
ACEITE MINERAL 93% + SURFACTANTE 7% |
Litro |
Frasco |
1 |
11 |
10191509-009 |
TIAMETOXAM 75.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
12 |
10191509-009 |
TIAMETOXAM 14.100 %; LAMBDACIALOTRINA 10.600 % |
Litro |
Frasco |
1 |
13 |
10191509-9962 |
EMAMECTINA BENZOATE 10.000 %; LUFENURON 40.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
14 |
10171701-9975 |
ACEFATO 75.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
15 |
10191509-9960 |
METOXIFENOCIDE 30.000 %; Spinetoram 6.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
16 |
10191509-9959 |
TIAMETOXAM 30.000 %; BIFENTRIN 20.000 % ok |
Litro |
Frasco |
1 |
17 |
10191509-9961 |
FIPRONIL 18.000 %; TIAMETOXAM 36.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
18 |
10191509-9963 |
Chlorfenapyr 70.000 %; TEFLUBENZURON 4.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
19 |
10191509-9960 |
METOXIFENOCIDE 30.000 %; Spinetoram 6.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
20 |
10191509-061 |
TIODICARB 35.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
21 |
10191509-9958 |
TRIFLUMURON 48.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
22 |
10191509-9972 |
DINOTEFURAN 80.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
LOTE N° 3: Herbicidas |
|||||
1 |
10171701-998 |
CLETODIM 24.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
2 |
10171701-997 |
ATRAZINA 90.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
3 |
10171701-004 |
GLIFOSATO 66.200 % |
Litro |
Frasco |
1 |
4 |
10171701-004 |
GLIFOSATO 75.700 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
5 |
10171701-9969 |
GLUFOSINATO DE AMONIO 20.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
6 |
10171701-9974 |
2,4-D AMINA 72.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
7 |
10171701-010 |
BENTAZON 60.000 % ok |
Litro |
Frasco |
1 |
8 |
10171701-025 |
PARAQUAT 27.600 % |
Litro |
Frasco |
1 |
9 |
10171701-014 |
IMAZETAPYR 70.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
10 |
10171701-029 |
SULFENTRAZONA 50.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
11 |
10171701-020 |
TRIFLURALINA 48.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
12 |
10171702-017 |
FOMESAFEN 25.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
13 |
10171701-9984 |
HEXAZINONE 13.200 %; DIURON 46.800 % |
Litro |
Frasco |
1 |
14 |
10171701-021 |
CLOMAZONE 48.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
15 |
10171701-9978 |
ACETOCLOR0 90 |
Litro |
Frasco |
1 |
16 |
10171701-9990 |
NICOSULFURON 75.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
17 |
10171701-9995 |
PIRAZOSULFURON ETIL 10.000 % |
Kilogramo | Paquete |
1 |
18 |
10171701-006 |
METSULFURON METIL 60.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
19 |
10171701-9970 |
ATRAZINA 40.000 %; MESOTRIONA 2.000 %; ACEITE VEGETAL DE SOJA 15.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
20 |
10171701-022 |
DICLOSULAM 84.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
21 |
10171701-011 |
BISPIRIBAC SODICO 40.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
22 |
10171701-016 |
S-METOLACLORO 96.00 % |
Litro |
Frasco |
1 |
23 |
10171701-9993 |
PICLORAM 38.800 % |
Litro |
Frasco |
1 |
24 |
10171701-9987 |
CLODINAFOP PROPARGILICO 2.500% + PINOXADEN 2.500% |
Litro |
Frasco |
1 |
25 |
10171701-9967 |
SAL DE DIGLICOLAMINA DE DICAMBA (EQUIVALENTE A DICAMBA ÁCIDO 48%) 70.800 % |
Litro |
Frasco |
1 |
26 |
10171701-024 |
FENOXAPROP-P-ETIL 6.400 %; IODOSULFURON 0.800 % |
Litro |
Frasco |
1 |
27 |
10171701-9980 |
SAFLUFENACIL 70.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
LOTE N° 4: Fungicida |
|||||
1 |
10171702-003 |
MANCOZEB 80.000 % ok |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
2 |
10171702-9993 |
TEBUCONAZOLE 20% + AZOXYSTROBIN 20% ok |
Litro |
Frasco |
1 |
3 |
10171702-9991 |
AZOXYSTROBINA 30.000 %; BENZOVINDIFLUPYR 15.000 % |
Kilogramo |
Paquete |
1 |
4 |
10171702-998 |
TEBUCONAZOLE 25.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
5 |
10171702-9992 |
AZOXYSTROBIN 20.000 %; CYPROCONAZOLE 8.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
6 |
10171702-9976 |
PICOXISTROBINA 20.000 %; CIPROCONAZOL 8.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
7 |
10171702-026 |
PIRACLOSTROBINA 26.000 %; EPOXICONAZOLE 16.000 % 0k |
Litro |
Frasco |
1 |
8 |
10171702-9980 |
Bixafen 12.500 %; PROTIOCONAZOL 17.500 %; TRIFLOXISTROBINA 15.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
9 |
10171702-028 |
TRIFLOXISTROBIN 37.500 %; CYPROCONAZOLE 16.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
10 |
10171702-026 |
FLUXAPIROSAD 5.000 %; EPOXICONAZOL 5.000 %; PIRACLOSTROBINA 8.100 % |
Litro |
Frasco |
1 |
11 |
10171702-9977 |
FENPROPIMORF 75.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
12 |
10171702-007 |
CARBENDAZIM 50.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
13 |
10171702-019 |
PROPICONAZOL 25.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
14 |
10171701-9973 |
CIPROCONAZOL 15.000 %; DIFENOCONAZOL 25.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
15 |
10171702-020 |
THIRAM 35.000 %; CARBENDAZIM 15.000 % |
Litro |
Frasco |
1 |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
La entrega de los bienes se hará en el Centro de Investigación IPTA - Caacupé "Hernando Bertoni" sede en la
ciudad de Caacupé Ruta N° 2 Km 48, Dpto. de Cordillera y en el Centro de Investigación IPTA Capitán Miranda
sede en la Ciudad de Capitán Miranda Dpto. de Capitán Miranda, en días hábiles de 07:00 a 15:00 horas a
necesidad o solicitud del Contratante, la cual debe darse en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles a partir
de la recepción de la Nota de pedido de la Dirección Administrativa del IPTA.
La recepción del Suministro en el Centro de Investigación IPTA - Caacupé "Hernando Bertoni" estará a cargo
del Director/a del CIHB Caacupé, un representante del Departamento de Adquisiciones y Suministros del IPTA
y en cuanto para la recepción del suministro en el Centro de Investigación IPTA Capitán Miranda sede en la
Ciudad de Capitán Miranda, quedara a cargo del Director/a del citado Centro de Investigación. En caso de ser
necesario se solicitará la asistencia de un Funcionario Técnico asignado por los Directores/as de dichos Centros
de Investigación del IPTA.
Se aclara además que el pedido de provisión deberá ser iniciado por los responsables de los Centros de
Investigación o Campos Experimentales, que solicitarán a la Dirección General de Centros de Investigación y
Campos Experimentales y este a la Dirección General de Administración y Finanzas. Posteriormente la
Dirección Administrativa solicitará al proveedor de la provisión de los insumos solicitados.
El PROVEEDOR se responsabilizará de la eficiente provisión de los bienes adjudicados. Correrá a su exclusivo
cargo y por su cuenta las sustituciones que correspondan cuando se observasen deficiencias y el IPTA
rechace dichos bienes defectuosos, o incompletos.
En caso de la no recepción del suministro en el plazo establecido, salvo motivos de fuerza mayor
debidamente justificados, la Convocante procederá conforme a lo estipulado en el contrato.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
Según necesidad de la Convocante desde la suscripción del contrato hasta la vigencia del mismo, la validez de la contratación para los años 2025 y 2026, quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Segun lo dispuesto en la Ley N° 7021/22 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.