Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Dicho servicio es requerido para la revisión de Estados Contables, Auditoria Fiscal y de Ejecución presupuestaria de la DINACOPA Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, conforme a las Normas Internacionales de Auditoria (NIAS), de los principios de contabilidad Generalmente aceptados (PCGA), la Ley 4016/2010 de creación de la DINACOPA, Ley 1535/99 de Administración Financiera del Estado, Ley 125/91 sus ampliaciones y modificaciones, la Ley 6380/2019, la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, la Ley 7021/22 De Suministros y Contrataciones Públicas.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Código Catálogo |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
1 |
84111601-000 |
Servicio de Auditoria |
Unidad |
Unidad |
1 |
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Código Catálogo |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
1 |
84111601-000 |
Servicio de Auditoria |
Unidad |
Unidad |
1 |
1.- OBJETIVOS Y ALCANCE DEL SERVICIO:
La contratación tendrá por objeto:
a. Efectuar un examen de auditoría que permita emitir un dictamen profesional sobre los Estados contables de la DINACOPA, correspondiente al Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023.
b. Verificar los ingresos percibidos en la Institución, constatar su registro correcto, verificar su afectación a la contabilidad institucional.
c. Verificar el proceso de cierre contable del ejercicio evaluado.
d. Verificar el cumplimiento de los aspectos tributarios, conforme a la Ley 125/91 y sus modificaciones y ampliaciones por Ley 2421/04, así como las que pudieran derivar de la Ley N° 6380/2019.
2. ACTIVIDADES:
La revisión se efectuará de acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría (NIAS), de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), la Ley 4016/2010 de creación de la DINACOPA, Ley 1535/99 de Administración Financiera del Estado, Ley 125/91 sus ampliaciones y modificaciones, la Ley 6380/2019, la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas, la Ley 7021/22 De Suministros y Contrataciones Públicas y demás disposiciones que regulan la gestión de la DINACOPA.
La Auditoría Externa desarrollará las siguientes actividades:
a. Examen de las transacciones financieras y registros contables, para emitir un informe sobre los Estados Financieros y Patrimoniales de la Entidad.
b. Examen de la documentación de soporte de los Ingresos y Egresos de la Institución.
c. Examen de la documentación de respaldo de los pagos, tales como: compra de bienes y prestación de servicios, pasajes y viáticos, indemnizaciones, salarios y beneficios del personal de la Institución.
d. Comprobación de la confiabilidad documental: para una adecuada aplicación de los procedimientos de desembolsos se deberá verificar que la documentación de soporte:
- esté adecuadamente sustentada en comprobantes fidedignos y mantenidos en los archivos institucionales;
- esté debidamente autorizada;
- que corresponda a gastos imputados al rubro y objeto del gasto correspondiente y
- que esté contabilizada correctamente.
e. Revisión de los Estados Financieros: Exámenes de la regularidad de elaboración, coherencia y razonabilidad de los balances, exámenes de cuadros, informes y reportes oficiales relacionados a las transacciones y documentos de respaldo respectivos, en el marco de las prácticas y técnicas contables y de auditoría generalmente aceptados.
3.- INFORMES A PRESENTAR:
Al concluir el análisis de los Estados Financieros se deberán presentar los siguientes informes:
a- Dictámenes sobre los Estados Financieros del período evaluado que contendrá:
d- Dictamen impositivo en los términos y condiciones establecidos en la Ley N° 125/91, actualizado por la Ley N° 2421/04, con sus reglamentaciones y modificaciones, así como las que pudieran derivar de la Ley N° 6380/2019.
El resultado final de esta Auditoría deberá ser entregado en dos ejemplares y dos copias en medio magnético el informe de Auditoría Impositiva según formato y condiciones establecidas en la RG 49/14 y sus modificaciones, para su presentación en la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios DNIT.
4.- PERFIL DE LA CONSULTORA:
La Firma Consultora deberá ser especializada en Auditoría de Estados Contables y Presupuestarios, contar con un equipo de profesionales permanente y dedicación a tiempo completo, con experiencia comprobada en el ejercicio de la Auditoría Externa, y Auditoria en el Sector Público de por lo menos 5 (cinco) años.
Para la verificación correspondiente deberán presentar Currículum Vitae de los profesionales a ser afectados a la presente auditoría.
La firma auditora deberá presentar la constancia de Inscripción y/o habilitación del REGISTRO DE AUDITORES EXTERNOS, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Tributación (SET), Resolución General N° 29/14, con sus modificaciones o actualizaciones.
Evaluación Técnica: 80%
Evaluación Económica: 20%
Equipo Multidisciplinario:
1.- Un Coordinador:
Título de Grado: Contador, Administrador y/o Economista.
Título de Post Grado: Especializaciones y/o Maestrías en Áreas de Auditoria, Contabilidad, Tributación.
2.- Equipo de Campo:
Dos Auditores de Campo, cuyos perfiles deben ser:
Título de Grado: Contador, Administrador y/o Economista.
Certificados: Cursos, Seminarios, Actualizaciones, Diplomados, referentes a las áreas del Sector Público (Presupuesto, Contabilidad, Tributación, Mecip, Rendición de Cuentas, Patrimonio).
Metodología:
Auditoria Presencial, la misma se llevará a cabo en una oficina destinada por la Institución.
Las documentaciones solicitadas deben estar ajustadas a las Disposiciones Legales Generales del Sector Público y de la DINACOPA.
5.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA:
Calidad de los servicios: la Consultora realizará su trabajo con la debida diligencia y eficiencia, para cotejar la Gestión de la Entidad y opinar sobre la eficiencia, eficacia, economía y equidad en el cumplimiento de la legislación vigente.
Confidencialidad: ni la Consultora, ni el personal de ésta, podrán revelar ninguna información confidencial relacionada con esta contratación, sin consentimiento previo por escrito de la DINACOPA.
Responsabilidad de la Consultora: la Consultora será responsable ante la DINACOPA por la prestación de los servicios, de acuerdo al objetivo de esta contratación.
6- PLAZO DE ENTREGA:
La consultora deberá presentar su Plan de Trabajo, en un plazo máximo de 05 (CINCO) días hábiles a partir de la suscripción del contrato, que deberá ser aprobado por el Administrador del Contrato.
El 31 de Agosto de 2024 será el plazo máximo para la presentación de los siguientes informes:
a- Dictámenes sobre los Estados Financieros del período evaluado que contendrá:
b- Dictamen impositivo en los términos y condiciones establecidos en la Ley N° 125/91, actualizado por la Ley N° 2421/04, con sus reglamentaciones y modificaciones, así como las que pudieran derivar de la Ley N° 6380/2019, El 31 de Agosto de 2024 será el plazo máximo para la presentación del mismo.
Los dictámenes e informes finales de esta Auditoría deberá ser entregado en dos ejemplares y dos copias en medio magnético del informe de Auditoría Impositiva según formato y condiciones establecidas en la RG 49/14 y sus modificaciones, para su presentación en la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios DNIT.
8.- PAGO DEL SERVICIO:
El pago por la prestación del servicio objeto de la presente Contratación Directa se hará en guaraníes, con Fuente de Financiamiento 30 - Recursos Institucionales de la DINACOPA
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA (DICTAMEN IMPOSITIVO) |
SETIEMBRE 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.