Entre la FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN, domiciliada en Avda. Mcal. López y Cnel. Cazal, San Lorenzo, República del Paraguay, representada para este acto por el MG. PROF. DR. OSMAR MANUEL CUENCA TORRES, con Cédula de Identidad N° 751.071, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma _____________ con R.U.C. __________, domiciliada en ________________, ______________, República del Paraguay, representada para este acto por __________________ con Cédula de Identidad N°________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como LAS PARTES e, individualmente, PARTE, acuerdan celebrar el presente contrato para la LICITACIÓN DE MENOR CUANTIA NACIONAL Nº 12/2024 SERVICIO DE PUBLICACIONES PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS AÑO 2024 2025 - ID Nº 443.573, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El presente contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen LAS PARTES, en relación a la adjudicación de la convocatoria:
El presente contrato tiene por objeto regular los derechos y obligaciones de las partes con relación a la LICITACIÓN DE MENOR CUANTIA NACIONAL Nº 12/2024 SERVICIO DE PUBLICACIONES PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS AÑO 2024 2025 - ID Nº 443.573.
Los documentos contractuales, que forman parte integral del contrato, además de los documentos contractuales firmados por las partes, son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N° 443.573
La validez de la contratación correspondiente al ejercicio 2025, estará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria del ejercicio mencionado.
El contrato es el resultado del procedimiento de la LICITACIÓN DE MENOR CUANTIA NACIONAL Nº 12/2024 SERVICIO DE PUBLICACIONES PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS AÑO 2024 2025 - ID Nº 443.573, convocado por la FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION. La adjudicación fue realizada según acto administrativo Resolución D. N°___/2024.
N° de Orden |
N° de Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
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Total de Adjudicación
El monto mínimo del presente contrato, correspondiente al año 2024, asciende a la suma de Gs.________ (guaraníes______) y el monto máximo es de Gs. ________ (guaraníes______)
El monto mínimo del presente contrato, correspondiente al año 2025, asciende a la suma de Gs.________ (guaraníes______) y el monto máximo es de Gs. ________ (guaraníes______)
La validez de la contratación correspondiente al ejercicio 2025, estará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria del ejercicio mencionado.
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Contractuales.
La vigencia del presente contrato será:
Este contrato tendrá de vigencia desde la fecha de suscripción del mismo hasta el 31 de diciembre de 2025.
La validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero del Ejercicio Fiscal 2025, según Artículo 44 de la Ley N° 7021/22.
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Plan de Entregas y/o prestación de servicios del pliego de bases.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
la Administración del Hospital de Clínicas y Administración de la Facultad de Ciencias Médicas, según corresponda, en vista a la designación de los mismos por el acto administrativo pertinente.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 97 del Decreto N° 9823/23 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 144 de la Ley N° 7021/22.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 7021/22, y en las Condiciones Contractuales de este pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los contratos se dirimirá conforme las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las Condiciones Contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
El contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al contrato, deberán ser escritos en idioma castellano. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del contrato, pueden estar redactados en otro idioma siempre que estén acompañados de una traducción realizada por traductor matriculado en la República del Paraguay, en sus partes pertinentes al idioma castellano y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del contrato.
El proveedor correrá con todos los costos relativos a las traducciones, así como todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha traducción.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Lorenzo, República del Paraguay, a la fecha
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MG. PROF. DR. OSMAR MANUEL CUENCA TORRES |
PROVEEDOR |
DECANO - F.C.M. U.N.A. |