Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Elementos que determinan el precio del bien/servicio ofertado. |
Costo expresado en la moneda de la oferta. |
Elementos de Valor Fijo |
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Mano de obra |
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Inmuebles |
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Maquinarias |
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Herramientas |
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Vehículos |
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Equipos informáticos |
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Muebles |
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Seguros |
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Servicios básicos |
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Elementos de Valor Variable |
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Insumos |
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Mantenimiento |
|
Gastos administrativos |
|
Gastos de venta |
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Total de costos |
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Utilidad esperada |
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Precio del bien/servicio antes de impuestos |
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Impuestos |
|
Precio final del bien/servicio impuestos incluidos |
|
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Para contribuyente de IRE GENERAL.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 2 años (2021 y 2022).
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total.
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los 2 años (2021 y 2022).
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio de los 2 años no deberá ser negativo (2021 y 2022).
Observación: Si en alguno de los dos años, o los dos años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento. Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.
b) Para contribuyente de IRE SIMPLE.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso):
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 2 años (2021 y 2022).
c) Para contribuyente de IRP.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 2 años (2021 y 2022).
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los 2 años (2021 y 2022).
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos documentales
Observación: En Caso de Oferentes en Consorcio, el oferente líder del consorcio deberá cumplir con la capacidad financiera mínima requerida
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a) |
Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2021 y 2022 para contribuyente de IRE General. |
b) |
IVA General de 24 (veinticuatro) meses de los años 2021 y 2022 según la Circular Nº 11/2020 y las demás reglamentaciones vigentes de la SET, para contribuyentes sólo del IVA General. |
c) |
Formulario 106 de los años 2021 y 2022 para contribuyentes del IRE Simple. |
d) |
Formulario 104 de los años 2021 y 2022 para contribuyentes de Renta Personal |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en mantenimiento y reparaciones menores y mayores de vehículos, con instituciones públicas o privadas, con contratos y/o con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total máximo de la presente licitación, de los: últimos 2 (dos) años (2022 y 2023)
Nota 1 para el Oferente: El resultado de la suma de los montos de los contratos y/o recepciones finales y/o facturaciones de venta deberá ser igual o superior al 30% del monto total máximo, podrá presentarse la cantidad que fuere necesaria para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido emitidas dentro del periodo mencionado (2022 y 2023).
Nota 2 para el Oferente: Cada contrato, facturaciones de ventas y/o recepciones finales deberán estar acompañados de su correspondiente certificado de buen cumplimiento de contrato. Caso contrario no podrán ser consideradas para evaluar el presente requisito.
Nota 3 para el Oferente: En caso de presentar recepciones finales, las mismas deben hacer mención de la fecha de emisión y de los montos de los bienes. Caso contrario no podrán ser consideradas para evaluar el presente requisito.
Observación: En caso de oferentes en consorcio, se sumarán los contratos y las facturaciones de venta de todos los miembros integrantes del consorcio.
a) |
Copia de contratos y/o facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
b) |
Certificado de buen cumplimiento de los contratos o certificados de buen cumplimiento de las órdenes de compra correspondientes a los contratos y/o facturaciones y/o recepciones finales presentadas. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
a) El oferente deberá presentar una declaración jurada donde declare contar con la capacidad de producción y provisión de los bienes/servicios requeridos.
b) El oferente deberá presentar Declaración jurada donde declare que cumplirá con las especificaciones técnicas y con los plazos de entrega de los bienes/servicios.
c) El oferente deberá presentar Acta de Verificación Vehículos Obligatoria, realizada en sede de PETROPAR (Visita técnica)
d) El oferente deberá presentar copia de la Póliza de Seguro de Cobertura contra riesgo de robo, Incendio y de Responsabilidad Civil, por un capital mínimo de G 2.500.000.000, para asegurar el cabal eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los vehículos de PETROPAR, mientras se hallen en talleres de la Contratista.
e) El Oferente deberá contar con servicio grúa nacional, para el traslado de móviles al taller, y auxilio mecánico básico (acople de batería, gomería), si no posee grúa, deberá presentar para la firma del Contrato, un Contrato Privado suscripto con la firma tercerizada, si es con Touring y Automóvil Club Paraguayo presentar carnet de socio y estar al día mediante factura que lo demuestre.
f) El oferente deberá contar con un taller, el cual deberá estar dentro de un radio de distancia no mayor a 6 km de la planta de PETROPAR Villa Elisa. Este punto resulta excluyente pues se ha previsto una distancia prudente para la contratación de talleres y por una cuestión práctica de movilidad y de ahorro en tiempo y recursos y en los que en base a las necesidades y experiencias anteriores de la convocante se necesita contratar un taller que se encuentre relativamente cerca de la sede de esta Convocante. La distancia será medida con la aplicación GOOGLE MAPS, opción medir distancia.
g) El oferente deberá contar con la siguiente infraestructura para llevar a cabo los servicios:
Superficie Requerida: Deberá presentar la organización del área de taller, así como el equipamiento con que cuenta y contar indefectiblemente con una infraestructura mínima de 1.800 m² íntegramente cerrada y techada, con piso de hormigón armado y mampostería que cubra totalmente los perímetros del piso al techo para el apropiado desempeño de las funciones contratadas.
Además, el taller deberá contar indefectiblemente con dos accesos independientes (entrada/salida) en concordancia con las ordenanzas municipales vigentes y para facilitar la maniobrabilidad y seguridad de los rodados dentro del taller. Sólo en caso de representantes oficiales podrán incluir las sucursales, caso contrario será tenida en cuenta solo la casa central. Deberá presentar plano de construcción y sistema de prevención contra incendio, aprobado por el municipio y documento que acredite la inspección final del sistema de PCI por parte del Cuerpo de Bomberos Voluntarios.
Adicionalmente, colindante al tinglado deberá contar un patio abierto de por lo menos 500 m2 para estacionamiento y patio de maniobras de los vehículos, objetos del presente llamado. No se admitirán vehículos de la institución en la vía pública, en ningún caso.
Seguridad del Local, área de trabajo: El taller debe estar totalmente cubierto (CERRADO TIPO DEPOSITO) con techo con un área perimetral cerrado íntegramente en los 4 costados para garantizar la seguridad en el resguardo de los vehículos, las estructuras deben ser colindantes en su totalidad. No se admitirán estructuras que no se encuentren contiguas con el fin de acreditar las superficies mínimas solicitadas.
Debe contar con área cerrada, climatizada y aislada para las reparaciones de motor, caja y diferencial, el mismo deberá contar con las herramientas necesarias para el efecto de manera a evitar la contaminación del ambiente a ser comprobado mediante la verificación in-situ.
Debe contar con circuito cerrado de TV que garantice a la Convocante que, desde el ingreso del vehículo hasta la salida del mismo, quede totalmente grabado para un control estricto en caso de robo/hurto, etc. Y la misma deberá cubrir el interior del tinglado y su frente para una óptima captura de imágenes en el Grabador Digital autónomo. Además deberá contar con guardia de seguridad propio o tercerizado a través de empresa de seguridad privada.
Debe contar con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones (extintores, baldes de arena, sistemas de detección de humo y otros) que será verificada en la Inspección Técnica en la oportunidad de la visita de la Comisión Evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.
h) El oferente deberá contar con infraestructura para lavado de vehículos de PETROPAR, o caso contrario deberá presentar contrato con un lavadero para dicho menester. Los vehículos que entran para mantenimiento o reparación, será sin costo, no así los vehículos que van con ese propósito.
i) El oferente deberá contar con las siguientes herramientas a los efectos de garantizar la correcta ejecución de los trabajos. Este requisito será verificado en oportunidad de la de la inspección de los talleres.
j) El oferente deberá contar con un vehículo propio equipado con todas las herramientas, equipamientos y repuestos necesarios (Taller Móvil) con cobertura nacional y rastreo satelital para realizar cualquier tipo de reparaciones y/o servicio en cualquier punto del País. (Presentar documento del vehículo y constancia de la empresa del rastreo satelital). completamente equipado para atención a distancia.
k) El oferente deberá contar con plano de construcción y sistema de prevención contra incendio (PCI), aprobado por el municipio y con la resolución correspondiente, y documento que acredite la inspección final del sistema de PCI por parte del Cuerpo de Bomberos Voluntarios.
l) Licencia Ambiental emitida por el MADES, vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
m) El oferente debe poseer una Licencia Comercial definitiva emitida por la Municipalidad de Asunción para los Talleres situados en Asunción, con la actividad y/o rubro principal registrada como Taller Mecánico. Además, debe ir acompañada por la Resolución que apruebe el plan de adecuación a los aspectos ambientales, otorgada por la municipalidad para los talleres ubicados dentro del municipio de Asunción. Los datos de la licencia comercial en cuanto a dimensiones y área construida debe coincidir con los planos aprobados presentados en caso de tener modificaciones y/o ampliaciones presentar documentos municipales que lo avalen y deberá estar exhibido en el local del oferente, como lo establecen las ordenanzas municipales, será verificado en oportunidad de la inspección de los talleres (Para talleres ubicados en otro municipio patente comercial vigente)
n) El oferente deberá contar con recursos humanos capacitados para realizar los servicios, deberá contar con personal suficiente en el área mecánica en su plantel, los cuales deberán estar inscriptos en el Instituto de Previsión Social con una antigüedad mínima de 2 (dos) meses anteriores a la presentación de la oferta
Se deberán presentar los certificados que comprueban su capacitación, siendo aceptables únicamente institutos con reconocimiento oficial (SNPP, MEC, MAG y SINAFOCAL). No se considera a un técnico en más de 1 especialidad. Se deberá contar con:
Observación: En caso de oferentes en consorcio, se sumarán la infraestructura, herramientas, equipamientos y personales de los consorciantes, debiendo cumplir cabalmente con los requisitos solicitados, los cuales serán verificados in situ. En cuanto a la distancia requerida, cuando menos uno de los miembros integrantes del Consorcio o del Acuerdo de intención de constituir consorcio debe encontrarse dentro del radio de distancia exigido, ya que de lo contrario no se cumpliría con los fines perseguidos en cuanto a practicidad de movilidad y de ahorro en tiempo y recursos.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) |
Declaración jurada donde declare contar con la capacidad de producción y provisión de los bienes/servicios requeridos. |
b) |
Declaración jurada donde declare que cumplirá con las especificaciones técnicas y con los plazos de entrega de los bienes/servicios. |
c) |
Acta de Verificación Vehículos Obligatoria, realizada en sede de PETROPAR (Visita técnica) |
d) |
El oferente deberá presentar copia de la Póliza de Seguro de Cobertura contra riesgo de robo, Incendio y de Responsabilidad Civil, por un capital mínimo de G 2.500.000.000, para asegurar el cabal eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los vehículos de PETROPAR, mientras se hallen en talleres de la Contratista. |
e) |
El Oferente deberá contar con servicio grúa nacional, para el traslado de móviles al taller, y auxilio mecánico básico (acople de batería, gomería), si no posee grúa, deberá presentar para la firma del Contrato, un Contrato Privado suscripto con la firma tercerizada, si es con Touring y Automóvil Club Paraguayo presentar carnet de socio y estar al día mediante factura que lo demuestre. |
f) |
Croquis bajo declaración jurada del taller, el cual deberá estar dentro de un radio de distancia no mayor a 6 km de la planta de PETROPAR Villa Elisa. Este punto resulta excluyente pues se ha previsto una distancia prudente para la contratación de talleres y por una cuestión práctica de movilidad y de ahorro en tiempo y recursos y en los que en base a las necesidades y experiencias anteriores de la convocante se necesita contratar un taller que se encuentre relativamente cerca de la sede de esta Convocante. La distancia será medida con la aplicación GOOGLE MAPS, opción medir distancia. |
g) |
Declaración jurada de que cuenta con la siguiente infraestructura: Superficie Requerida: Deberá presentar la organización del área de taller, así como el equipamiento con que cuenta y contar indefectiblemente con una infraestructura mínima de 1.800 m² íntegramente cerrada y techada, con piso de hormigón armado y mampostería que cubra totalmente los perímetros del piso al techo para el apropiado desempeño de las funciones contratadas. Además, el taller deberá contar indefectiblemente con dos accesos independientes (entrada/salida) en concordancia con las ordenanzas municipales vigentes y para facilitar la maniobrabilidad y seguridad de los rodados dentro del taller. Sólo en caso de representantes oficiales podrán incluir las sucursales, caso contrario será tenida en cuenta solo la casa central. Adicionalmente, colindante al tinglado deberá contar un patio abierto de por lo menos 500 m2 para estacionamiento y patio de maniobras de los vehículos, objetos del presente llamado. No se admitirán vehículos de la institución en la vía pública, en ningún caso. Seguridad del Local, área de trabajo: El taller debe estar totalmente cubierto (CERRADO TIPO DEPOSITO) con techo con un área perimetral cerrado íntegramente en los 4 costados para garantizar la seguridad en el resguardo de los vehículos, las estructuras deben ser colindantes en su totalidad. No se admitirán estructuras que no se encuentren contiguas con el fin de acreditar las superficies mínimas solicitadas. Debe contar con área cerrada, climatizada y aislada para las reparaciones de motor, caja y diferencial, el mismo deberá contar con las herramientas necesarias para el efecto de manera a evitar la contaminación del ambiente a ser comprobado mediante la verificación in-situ. Debe contar con circuito cerrado de TV que garantice a la Convocante que, desde el ingreso del vehículo hasta la salida del mismo, quede totalmente grabado para un control estricto en caso de robo/hurto, etc. Y la misma deberá cubrir el interior del tinglado y su frente para una óptima captura de imágenes en el Grabador Digital autónomo. Además, deberá contar con guardia de seguridad propio o tercerizado a través de empresa de seguridad privada. Debe contar con un sistema de protección contra incendios en todas sus instalaciones (extintores, baldes de arena, sistemas de detección de humo y otros) que será verificada en la Inspección Técnica en la oportunidad de la visita de la Comisión Evaluadora, a las instalaciones de los oferentes. |
h) |
Declaración jurada de contar con infraestructura para lavado de vehículos de PETROPAR, o caso contrario deberá presentar contrato con un lavadero para dicho menester. Los vehículos que entran para mantenimiento o reparación, será sin costo, no así los vehículos que van con ese propósito. |
i) |
Declaración jurada de contar con las siguientes herramientas a los efectos de garantizar la correcta ejecución de los trabajos. Este requisito será verificado en oportunidad de la de la inspección de los talleres.
|
j) |
Declaración jurada de contar con un vehículo propio equipado con todas las herramientas, equipamientos y repuestos necesarios (Taller Móvil) con cobertura nacional y rastreo satelital para realizar cualquier tipo de reparaciones y/o servicio en cualquier punto del País, deberá presentar cédula verde del vehículo y constancia de la empresa del rastreo satelital, completamente equipado para atención a distancia. |
k) |
Plano de construcción y sistema de prevención contra incendio (PCI), aprobado por el municipio y con la resolución correspondiente, y documento que acredite la inspección final del sistema de PCI por parte del Cuerpo de Bomberos Voluntarios. |
l) |
Licencia Ambiental emitida por el MADES, vigente a la fecha de presentación de las ofertas |
m) |
El oferente debe poseer una Licencia Comercial definitiva emitida por la Municipalidad de Asunción para los Talleres situados en Asunción, con la actividad y/o rubro principal registrada como Taller Mecánico. Además, debe ir acompañada por la Resolución que apruebe el plan de adecuación a los aspectos ambientales, otorgada por la municipalidad para los talleres ubicados dentro del municipio de Asunción. Los datos de la licencia comercial en cuanto a dimensiones y área construida debe coincidir con los planos aprobados presentados en caso de tener modificaciones y/o ampliaciones presentar documentos municipales que lo avalen y deberá estar exhibido en el local del oferente, como lo establecen las ordenanzas municipales, será verificado en oportunidad de la inspección de los talleres. (Para talleres ubicados en otro municipio, patente comercial vigente) |
n) |
El oferente deberá contar con recursos humanos capacitados para realizar los servicios, deberá contar con personal suficiente en el área mecánica en su plantel, los cuales deberán estar inscriptos en el Instituto de Previsión Social con una antigüedad mínima de 2 (dos) meses anteriores a la presentación de la oferta Se deberán presentar los certificados que comprueban su capacitación, siendo aceptables únicamente institutos con reconocimiento oficial (SNPP, MEC, MAG y SINAFOCAL). No se considera a un técnico en más de 1 especialidad. Se deberá contar con:
|
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Debido a la cantidad de ìtems a ser cotizados en la presente licitación, se requiere que todos los oferentes participantes, presenten su planilla de precios en formato digital editable junto con su oferta.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.