Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CAPACIDAD TÉCNICA 1. El oferente deberá contar con por lo menos 1 (uno) Técnico en Seguridad y Salud Ocupacional, categoría A. 2. El oferente deberá contar con por los menos 1 (uno) personal capacitado en Bioseguridad en Ambientes Laborales. SE CONSULTA A LA CONVOCANTE SI DICHOS PERSONALES DEBEN ESTAR INSCRIPTOS EN IPS? O SE SOLICITA QUE SEA CONSIDERADA CONTRATO EXTERNO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO CON LOS MISMOS O UNA DECLARACIÓN JURADA QUE EN CASO DE SER ADJUDICADOS LOS MISMOS SERÁN CONTRATADOS 30-04-2024 08-05-2024
2 Personal Técnico Consultamos si los personales técnicos requeridos deben formar parte del plantel estable de la empresa, si los mismos deben formar parte de la planilla del IPS de la empresa oferente y que antigüedad deben tener los mismos? 02-05-2024 08-05-2024
3 Experiencia requerida teniendo en cuenta el código de catalogo del servicio requerido en la planilla de precio es en servicio de estiba y almacenaje de cargas porque solicitan experiencia en provisión de mano de obra y limpieza de areas fabriles que en el código de catalogo tanto de la dncp y la set corresponde a otros tipos de servicios solicitamos que en la experiencia solo se exija la prestación de servicio en estiba y almacenaje de cargas. 02-05-2024 08-05-2024
4 Certificado de origen nacional El primer punto hace referencia al margen de preferencia. En efecto, en la Sección “Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación” del Pliego de Bases y Condiciones únicamente se hace mención a procedimientos internacionales, mas no así a procedimientos nacionales, lo que permitiría concluir que el margen de preferencia no sería aplicable ni utilizado en este procedimiento. No obstante, en el punto “Requisitos documentales para la evaluación de condiciones de participación” en el numeral 4) se indica “Certificado de Producto y Empleo Nacional, en caso de contar”. El requerimiento del citado documento no tendría razón de ser dado que, según el propio Pliego de Bases y Condiciones, el margen de preferencia únicamente sería aplicado a procedimientos de índole internacional. En efecto, del texto mismo de la Ley Nº 7021/22 no se desprende que el margen de preferencia sea aplicable a procedimientos nacionales, tal es lo que resulta de lo establecido en el art. 33, núm 1) inc. c) y en la parte final del mismo artículo. En estas condiciones, no se justifica requerir la presentación del Certificado de Producto y Empleo Nacional debido a que no se cumplen las condiciones establecidas tanto en la ley, como en el decreto reglamentario (art. 56 del Decreto Nº 9823/23) y en el propio Pliego de Bases y Condiciones. Por tales razones, se solicita la exclusión de la exigencia del Certificado de Producto y Empleo Nacional del Pliego de Bases y Condiciones. 09-05-2024 13-05-2024
5 CAPACIDAD TÉCNICA SE SOLICITA NUEVAMENTE A LA CONVOCANTE ESPECIFICAR LOS TÉRMINOS DE CONTRATACIÓN DEL TÉCNICO EN SEGURIDAD OCUPACIONAL CATEGORIA A Y EL PERSONAL CAPACITADO EN BIOSEGURIDAD A MODO DE ESCLARECER LOS REQUISITOS Y CON EL FIN DE UNA MEJOR PREPARACIÓN DE LA OFERTA; SI DEBE ESTAR INSCRIPTO EN IPS O SERÁ CONSIDERADOS CON CONTRATOS DE SERVICIO EXTERNO. 09-05-2024 13-05-2024
6 CAPACIDAD TÉCNICA SE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE SEA CONSIDERADO UNA DECLARACIÓN JURADA COMO CARTA DE COMPROMISO QUE EN CASO DE ADJUDICACIÓN EL TÉCNICO EN SSO Y EL PERSONAL DE BIOSEGURIDAD SERÁN CONTRATADOS A MODO DE NO LIMITAR LA PARTICIPACIÓN DE MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES 09-05-2024 13-05-2024
7 Multa desproporcional En la Sección “Condiciones contractuales” la cláusula “Multas” indica una multa del 0,50% mientras que en la Sección “Especificaciones Técnicas” se prevé la aplicación de multas adicionales calculadas de acuerdo al precio de venta de la cantidad de bolsas de cemento a ser despachadas en los últimos 3 días.es decir un promedio de despacho diario de 40.000 bolsas por 3 días son 120.000 bolsas por 50.000 gs el costo de la bolsa son 6.000.000.000 esto por 0.5% son 30.000.000 de multa siendo la facturación de 120.000 bolsas por 400 gs son 48.000.000 de facturación del adjudicado y 30.000.000 de multa por cualquiera de los casos previstos como ausencia del personal por ej es un desproposito Estas multas son sumamente desproporcionadas y someten al proveedor a cargas excesivas, dando origen a un desequilibrio contractual teniendo en cuenta que en el caso de la contratante, únicamente se prevé una multa irrisoria del 0,016% por día de atraso. Se solicita la eliminación de las multas adicionales previstas en la sección “Especificaciones técnicas”. 09-05-2024 13-05-2024
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