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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
06-05-2024 - 11:50
Fecha de Fin
08-05-2024 - 13:06
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
ISO
Descripción
Con relación al certificado de calidad exigido se solicita: especificar cuál es el objeto de la certificación, qué es lo certificado (la producción, el producto, la distribución, otros), explicar cómo incide dicha certificación en la ejecución del contrato, especificar las empresas en el mercado que cuentan con la certificación indicada y si se han previsto en el pliego de bases y condiciones certificaciones equivalentes definidas como tales.
Comentario

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Verificado el PBC, observamos que el criterio respecto a la experiencia podría resultar limitante/excluyente al requerir que todos los contratos presentados deberán contar con la constancia de buen cumplimiento del mismo.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Se solicita se detallen los datos para la realización de la visita técnica
Descripción
En relación a la visita técnica prevista en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, solicitamos se detallen todos los datos necesarios, conforme a lo dispuesto en el Art. 53 del Decreto 2992/19, como ser fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspeccione el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta.
Comentario
Verificado el PBC, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podría resultar limitante/excluyente al requerir lo siguiente: b) Las empresas oferentes deberán contar en su plantel con un Técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional 20/58 categoría A, habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el cual deberá presentar un Plan de prevención de riesgos laborales con antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores a la fecha de inicio de la etapa competitiva, la cual deberá demostrar con planilla de Seguro Social, con contrato laboral en carácter homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.// 2 )La empresa Contratista destinará, como mínimo, para el cumplimiento de este Contrato, un (1) vehículo de tracción sencilla con capacidad de carga mínima de 1.000 Kg., con logo de la Empresa, por lo menos modelo Año 2019 en adelante con copia autenticada de cedula verde a favor del Oferente o el Consorcio, de su legítima propiedad, y Póliza de seguro, para la verificación de los servicios en los diferentes Edificios de la Institución. Garantizando así el cumplimiento y entrega de insumos para los servicios.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Contenido del Pliego de Bases y Condiciones
Descripción
Solicitamos aclarar el motivo por el cual las documentaciones deben ser autenticadas por escribanía, en lugar de copias simples.
Comentario
Solicitamos aclarar el motivo por el cual las documentaciones deben ser autenticadas, en lugar de copias simples.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario
Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar por que los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.