Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
    • Solicitud del llamado a ser Publicado

Nombre y Apellido: Lic. Gustavo Garcete.

Cargo: Director

Dependencia: Dirección de Finanzas.

    • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La necesidad que se pretende satisfacer con esta contratación es la de cumplir con lo establecido en Decreto Ley N° 198 del 25 de mayo de 1959 POR EL CUAL SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ESTABLECER EL COBRO DE TASAS DE TRANSITO EN PUENTES O TRAMOS DE RUTAS CAMINERAS DE LA REPUBLICA, que en su Artículo 3° establece: Autorízase al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones a percibir las tasas de tránsito y a invertir su producido, siendo fundamental, velar por el transporte y resguardo oportuno y adecuado de los valores, con el debido nivel de seguridad para los funcionarios y personas en general.

    • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)

El presente llamado se define como periódico, considerando el Decreto Ley N° 198 del 25 de mayo de 1959

POR EL CUAL SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ESTABLECER EL COBRO DE TASAS DE TRANSITO EN

PUENTES O TRAMOS DE RUTAS CAMINERAS DE LA REPUBLICA, y en virtud a la necesidad de velar por el transporte y resguardo oportuno y adecuado de los valores, la necesidad del servicio es constante.

    • Justificar las especificaciones técnicas establecidas

Para el transporte y custodia de valores de los puestos de peaje, las necesidades y exigencias descriptas para la prestación del servicio. El volumen, la complejidad, la calidad y la seguridad ante el riesgo inherente a los servicios solicitados, justifican la rigurosidad de las especificaciones técnicas. Se han establecido cuatro frecuencias conforme a la distancia y trazabilidad para la cobertura de los servicios, a fin de cumplir con lo establecido en  el Decreto Ley N° 198 del 25 de mayo de 1959 POR EL CUAL SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A ESTABLECER EL COBRO DE TASAS DE TRANSITO EN PUENTES O TRAMOS DE RUTAS CAMINERAS DE LA REPUBLICA.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Para la ejecución del servicio de custodia y transporte de valores.

Las empresas deberán contar con una dotación de al menos 4 personales por vehículo.

El armamento mínimo requerido por el personal es de, al menos dos de las armas establecidas en el Art. 62 de la Ley 5424/2015, QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA, las armas deben estar a nombre del oferente.

Chaleco antibala

        1. CARACTERÍSTICAS:

•Sistema de ajuste de 5 puntos

•Faja de liberación rápida

•Hombros de liberación rápida

    • Sistema de extracción rápida
    • Faja entrelazada
        1. PLACA
    • Peso: no podrá ser superior a 2.45kg
    • Nivel tipo IV
    • Resistente a climas extremos
    • Minimo 10x12

•PRUEBAS BALÍSTICAS NIJ y/o HOSDB.

•Tipo cerámica o superior

•Resistencia a los calibres: Hasta 7.62x63mmPANEL

    • Material protegido y termosellado para evitar que cualquier cosa entre en el PE y afecte su rendimiento.

 

•PRUEBAS BALÍSTICAS NIJ y/o HOSDB

•Resistencia a los calibres: 44 Magnum; 9 mm de alta, velocidad, 357 Mag.; 38 Spl; Cal.12 y 22.

    1. iii. El periodo de los servicios: será desde la firma del contrato por 24 meses.
  1.  SERVICIO DE TRANSPORTE Y CUSTODIA DE VALORES: El servicio consiste en el retiro de Dinero en efectivo y documentos varios de los diferentes Puestos de Peaje administrados por el M.O.P.C. El transporte del Dinero en efectivo, se realizará hasta su depósito en las distintas sucursales del Banco Nacional de Fomento (B.N.F.) y, los documentos de cada puesto de peaje, hasta su entrega al Área de Rendición de Cuentas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.

                       

  1. Los vehículos deberán contar:
  • Con sistema de rastreo satelital con dispositivo para control de ruta y trazado e inmovilizador en caso de cambio de ruta y emisión de alerta.
  • Cerradura y apertura de acceso al vehículo y bóveda de manera remota.
  • Cámaras internas y externas en cabina y espacio de carga del camión con monitoreo en tiempo real en un centro de monitoreo del oferente con sistema de reconocimiento de personas y placas.
  • Nivel de Blindaje tipo V o superior.
  • Blindaje de las 4 ruedas ruedas preparadas para seguir rodando en  caso de producirse algún pinchazo o perforación.
  • Contar con sistema blindaje en caso de intento de corte o apertura del acero balístico.
  • Contar con algún sistema que detecte los inhibidores de señal, de manera automática y con envío de alerta inmovilizador.
  1. INFRAESTRUCTURA:
    • Contar con bóveda con paredes acorazadas dentro del inmueble del oferente en caso de ser necesario el resguardo del dinero, las bóvedas deberán ser una parte integral del edificio dentro del cual están construidos, con paredes blindadas y una puerta herméticamente cerrada, con apertura con sistema de retardo.
    • El acceso a la antesala de la bóveda deberá ser con puerta blindada y reconocimiento biométrico.
    • Sistemas de vibración subterranea.
    • El inmueble debe estar custodiado con un mínimo de 10 personales.
    • Los accesos deben estar monitoreados las 24/7 en tiempo real, así como también accesos e interior de la bóveda.

1. VALORES A TRANSPORTAR

Los valores a ser transportados y custodiados consisten en Dinero efectivo con recuento integral previo al transporte: deberán realizar el conteo de los valores entregados y luego procederá a la numeración tanto de la bolsa como de la precinta.

La empresa es responsable directo de los valores una vez firmado el comprobante de recepción.

Los depósitos deberán realizarse en el banco correspondiente con una boleta que identifique a la transportadora y el funcionario que deposita, las copias de las boletas de depósito efectuados en el banco deberán ser entregados de manera semanal al Área de Rendición de Cuentas del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones.

El Parte Diario de Recaudación y documentos anexos respaldatorios, a cargo del CONTRATISTA. El transporte del Dinero Efectivo comprenderá hasta su depósito en las oficinas del Banco Nacional de Fomento (B.N.F.), conforme al siguiente plan de trabajo:

  1. DIARIAMENTE:

PUENTE REMANSO, ITA, CAAPUCU, EMBOSCADA, 25 DE DICIEMBRE, ECOVIA LUQUE- SAN BERNARDINO Y HEROES DEL CHACO.

  1. DE LUNES A SABADO:

IRUÑA, TRINIDAD, TACUARA, CORONEL BOGADO Y RIO VERDE.

  1. DOS VECES POR SEMANA:

HORQUETA y GUAJAIVI.

  1. TRES VECES POR SEMANA:

POZO COLORADO, MAYOR OTAÑO, *CABALLERO, y *CRUCE TOLEDO*.

Observación:

(*) Son Puestos de Peajes que actualmente se encuentran en proceso de construcción una vez habilitados se incluirán en la operación.

Las frecuencias de transporte y custodia de valores, podrán ser aumentadas o disminuidas conforme a las necesidades institucionales que surjan en su momento, previa comunicación oficial por parte del administrador del contrato.

MONTOS A TRANSPORTAR: El monto total a ser transportado diariamente desde los Puestos de Peaje indicados precedentemente, en promedio asciende aproximadamente a la suma de GUARANIES MIL MILLONES (GS. 1.000.000.000).

 

UBICACIÓN DE LOS PUESTOS DE PEAJE

 

N

PUESTOS DE PEAJE

KM

UBICACIÓN

CIUDAD

DEPATRTAMENTO

1

REMANSO

23

RUTA N° 9 PTE CARLOS A. LOPEZ

REMANSITO

PDTE. HAYES

2

ITA

42

RUTA N° 1 MCAL. FRANCISCO S. LOPEZ

ITA

CENTRAL

3

CAAPUCU

157

RUTA N° 1 MCAL. FRANCISCO S. LOPEZ

CAAPUCU

PARAGUARI

4

IRUÑA

333

RUTA N° 6 JUAN LEON MALLLORQUIN

RAUL PEÑA

ALTO PARANA

5

TRINIDAD

385

RUTA N° 6 TRINIDAD

TRINIDAD

ITAPUA

6

CNEL. BOGADO

325

RUTA N° 1 MCAL. FRANCISCO S. LOPEZ

CNEL. BOGADO

ITAPUA

7

TACUARA

163

RUTA DEPARTAMENTAL CORONEL OVIEDO - TACUARA

SANTANI

SAN PEDRO

8

HORQUETA

384

RUTA N° 5 BERNARDINO CABALLERO

HORQUETA

CONCEPCIÓN

9

EMBOSCADA

30

RUTA N° 3 GRAL. ELIZARDO AQUINO

EMBOSCADA

COORDILLERA

10

25 DE DICIEMBRE

117

RUTA N° 3 GRAL. ELIZARDO AQUINO

25 DE DICIEMBRE

SAN PEDRO

11

POZO COLORADO

269

RUTA N° 9 PTE CARLOS A. LOPEZ

POZO COLORADO

PDTE. HAYES

12

GUAJAIVI

181

RUTA N° 3

GUAJAIVI

SAN PEDRO

13

RIO VERDE

281

              RUTA N° 8

COLONIA RIO VERDE

SAN PEDRO

14

ECOVIA LUQUE SAN BERNARDINO

30

RUTA DEPARTAMENTAL LUQUE - SAN BERNARDINO

LUQUE - SAN BERNARDINO

CENTRAL

15

MAYOR OTAÑO

416

RUTA DEPARTAMENTAL

MAYOR OTAÑO

ITAPUA

16

HEROES DEL CHACO

19

PUENTE HEROES DEL CHACO

CHACO’I

PRESIDENTE HAYES

17

*CABALLERO

109

RUTA PARAGUARI VILLARICA

CABALLERO

PARAGUARI

18

*CRUCE TOLEDO

477

RUTA Nº 9 PDTE CARLOS A. LOPEZ

MCAL. ESTIGARRIBIA

BOQUERON

(*) Son Puestos de Peajes que actualmente se encuentran en proceso de construcción una vez habilitados se incluirán en la operación.

     El punto kilométrico tomado es desde el punto cero de la capital de la Republica del Paraguay.

 

CONSIDERAR LOS RIESGOS A CUBRIR

  1. Seguro de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
  2. Seguro Contra Todo Riesgo (CTR) de los vehículos afectados al Servicio de Transporte de Valores.
  3. Seguro Contra Robo de Valores en tránsito, conforme al monto declarado en el puesto de peaje.
  4. Seguro de Responsabilidad Civil por eventuales daños a personas o cosas de terceros, causados por funcionarios de la Empresa afectados al servicio.
  5. Seguro de Fidelidad de Empleados.
  6. Seguro contra Robo de Dinero en caja Fuerte, Bóveda o Tesoro del Contratista, conforme al monto declarado en el puesto de peaje.
  7. Los Seguros indicados en los numerales 2, 4 y 5 (Riesgos a Cubrir) serán por los valores considerado          como mínimo los montos a ser transportados y/o atesorados según el caso.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

 

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

N°. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas

1

SERVICIO DE TRANSPORTE Y CUSTODIA DE VALORES PARA LOS PUESTOS DE PEAJE

Chaleco antibala, Vehículos etc.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

 

 

1

Servicios de Transporte y Custodia de Valores para los Puestos de Peaje

1

MES

EN LOS LUGARES MENCIONADOS EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS

LOS SERVICIOS  DEBEN SER PRESTADOS DESDE LA HORA INDICADA EN LA ORDEN DE PROVISION DE SERVICIOS EMANADA POR EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Informes: Mensual

Serán Presentados: 24 (veinticuatro) meses

Frecuencia: mensual 

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

JUNIO 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 2

Nota de Remisión / Acta de recepción

JULIO 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 3

Nota de Remisión / Acta de recepción

AGOSTO 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 4

Nota de Remisión / Acta de recepción

SETIEMBRE 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 5

Nota de Remisión / Acta de recepción

OCTUBRE 2024

Nota de Remisión / Acta de recepción 6

Nota de Remisión / Acta de recepción

NOVIEMBRE 2024

Nota de Remisión/Acta de recepción 7

Nota de Remisión/ Acta de recepción

DICIEMBRE 2024

Nota de Remisión/Acta de recepción 8

Nota de Remisión/ Acta de recepción

ENERO 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción 9

Nota de Remisión/ Acta de recepción

FEBRERO 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción 10

Nota de Remisión/ Acta de recepción

MARZO 2025

Nota de Remisión / Acta de recepción 11

Nota de Remisión / Acta de recepción

ABRIL 2025

Nota de Remisión / Acta de recepción 12

Nota de Remisión / Acta de recepción

MAYO 2025

Nota de Remisión / Acta de recepción 13

Nota de Remisión / Acta de recepción

JUNIO 2025

Nota de Remisión / Acta de recepción 14

Nota de Remisión / Acta de recepción

JULIO 2025

Nota de Remisión / Acta de recepción 15

Nota de Remisión / Acta de recepción

AGOSTO 2025

Nota de Remisión / Acta de recepción 16

Nota de Remisión / Acta de recepción

SETIEMBRE 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción 17

Nota de Remisión/ Acta de recepción

OCTUBRE 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción 18

Nota de Remisión/ Acta de recepción

NOVIEMBRE 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción 19

Nota de Remisión/ Acta de recepción

DICIEMBRE 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción  20

Nota de Remisión/ Acta de recepción

ENERO 2026

Nota de Remisión/Acta de recepción 21

Nota de Remisión/ Acta de recepción

FEBRERO 2025

Nota de Remisión/Acta de recepción 22

Nota de Remisión/ Acta de recepción

MARZO 2026

Nota de Remisión/Acta de recepción 23

Nota de Remisión/ Acta de recepción

ABRIL 2026

Nota de Remisión/Acta de recepción 24

Nota de Remisión/ Acta de recepción

MAYO 2026