Datos de la Verificación
Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
25-04-2024 - 09:37
Fecha de Fin
30-04-2024 - 17:54
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Niveles de solventes muy exigentes
Descripción
Se solicita verificar la pertinencia de los niveles de solvencia exigidos en el proceso de contratación a fin de no limitar la participacion a posibles oferentes.
Comentario
Margen de solvencia: 1.80 al último trimestre presentado
Calificación de la aseguradora: Como mínimo calificación A
Patrimonio propio no comprometido: Mínimo de G. 10.000.000.000. (GUARANÍES DIEZ MIL MILLONES)
Fondo de garantía: Mínimo de G. 6.000.000.000. (GUARANÍES SEIS MIL MILLONES)
Cantidad de reaseguradores: 3 (TRES). Calificación A, como mínimo
Calificación de Reaseguradores: A (Standard & Poor's)
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Comentario
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Porcentaje de contribución en los contratos suscriptos
Descripción
En la proforma del Contrato solicitamos actualizar el porcentaje de contribución sobre contratos suscriptos de acuerdo a la norma legal vigente.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Discrepancia entre lo establecido y el documento requerido. Visita técnica
Descripción
Se establece que la participación de la visita tecnica será obligatoria, sin embargo, en la parte de evaluación de documentos
indican que aceptarán la declaración jurada de conocer el sitio. Se solicita subsanar la discrepancia.
Comentario
en la seccion de visita indican que no aplica pero en la seccion de Otros documentos solicitados a presentar con la oferta establecen "Constancia emitida por la convocante, o declaración jurada del oferente, sobre la visita de inspección a los locales y/o lugares en que se encuentran los bienes e instalaciones, cuya cobertura
es objeto de esta licitación."
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
en la seccion de visita indican que no aplica pero en la seccion de Otros documentos solicitados a presentar con la oferta establecen "Constancia emitida por la convocante, o declaración jurada del oferente, sobre la visita de inspección a los locales y/o lugares en que se encuentran los bienes e instalaciones, cuya cobertura
es objeto de esta licitación."
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
No se verifica la combinación de fuentes que exige la normativa para el ítem 01, como tampoco se observa una fundamentación al respecto, se recuerda ala convocante que la sola mención de la excepcionalidad sin fundamentación no hace una justificación
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
83- En el dictamen técnico de EETT deben indicar la unidad requirente conforme lo establece la normativa Resolución DNCP 4401/23 MODIFICADO por la Resolución DNCP N°453 "Dictamen técnico en el cual se sustenten las especificaciones técnicas requeridas en el procedimiento de contratación, *refrendado por el responsable del área requirente o del técnico que las recomendó.*" al no determinar en el documento el área requirente no es posible determinar si el o los firmantes son los responsables que deben refrendar dicho documento.-
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.