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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
mosorio
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
26-07-2024 - 11:41
Fecha de Fin
31-07-2024 - 14:53
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Establecen fecha vencida al momento de la verificación del llamado.Visita técnica
Descripción
La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos.
Comentario
No se estableció la visita técnica en el SICP.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Solicitamos ajustarse a lo establecido en la Res DNCP 4401/2023, Artículo 40. Documentaciones: (…i) En los casos en que se disponga la utilización del contrato abierto y, cuando las convocantes establezcan EETT iguales o similares a sus contratos anteriores, deberán adjuntar un reporte indicando el porcentaje de incidencia o la cantidad utilizada de cada ítem o sub-ítems de esos contratos ejecutados.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario
Se solicita establecer la vigencia en la proforma del contrato conforme se establece en el SICP.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Se debe establecer en el PBC, en el apartado de Formas y condiciones de pago.-

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
Verificado el dictamen técnico de EETT, se visualiza el nombre del funcionario responsable que recomendado las eett asi como la dependencia y cargo que desempeña del área requirente. Pero no se visualiza la firma del encargado de UOC. (Circular 27/24). se solicita adecuar.-

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.