La REPARACION DE TECHO EN AULA NIVEL INICIAL. en la ESCUELA BASICA No. 66 ENRIQUE SOLANO LOPEZ L. incluyendo la mano de obra, materiales y maquinarias necesarios para llevar a cabo las labores que requiera dicha obra, y de la forma que se indican en las Especificaciones Técnicas para la presente contratación: |
TRABAJOS PRELIMINARES | UNIDAD | CANTIDAD | |
1 | REPLANTEO GENERAL DE OBRAS | M2 | 168 |
2 | CARTEL DE OBRAS | UNIDAD | 1 |
3 | EXTRACCION DE TEJAS EXISTENTES (CON RECUPERACION) | M2 | 154 |
4 | EXTRACCION DE CANALETAS EXISTENTES | ML | 39,5 |
5 | EXTRACCION DE ARTEFACTOS ELECTRICOS: FLUORESCENTES; FOCOS, PORTAFOCOS, CAJAS DE LLAVES + CABLEADOS EN AULA + BAÑOS SEXADOS | UNIDADES | 25 |
6 | AISLACION TERMOACUSTICO DE 10 MM ALUMINIZADO AMBAS CARAS | M2 | 154 |
7 | PROVISION Y COLOCACION DE CHAPAS TRAPEZOIDALES | M2 | 154 |
8 | CABALLETE DE CHAPA PARA COLOCACION SOBRE CHAPAS | ML | 13,5 |
9 | PROVISION DE CANALETAS DE CHAPAS + BAJADAS | ML | 39,5 |
10 | CENEFAS METALICAS EN LOS BORDES LATERALES DEL TECHO. | ML. | 23 |
11 | PINTURAS SOBRE CANALETAS + BAJADAS. | ML | 39,5 |
12 | INSTALACIONES ELECTRICAS. PROVISION DE ARTEFACTOS ELECTRICOS EN AULAS + BAÑOS SEXADOS. INCLUYE CABLEADO + CAJAS DE DISTRIBUCION; PARA PUNTOS Y TOMAS | UNIDADES | 25 |
13 | LIMPIEZA FINAL DE OBRA | M2 | 168 |
OBS.: SE ADJUNTA LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS EN UN ARCHIVO ADJUNTO. -
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Descripción
Ejemplos:
[Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental emitido por la Secretaría del Medio Ambiente (SEAM)] NO APLICA
[Permisos de la ERSSAN] NO APLICA
Para la presente contratación no será requerida la Licencia del MADES, así como la ERSSAN para el inicio de ejecución de la obra, considerando que, para la realización de los trabajos inherentes al objeto del presente llamado, no se incurrirá en ningún impacto o alteración medioambiental, hecho por el cual no se verá comprometido ningún cause hídrico, no se talará ningún árbol, no se realizará desmonte alguno, perforaciones y ni movimiento de suelos importantes. En consecuencia, la obra a ser ejecutada no producirá un impacto negativo sobre el Medio Físico o
Ambiente en la Zona de Obra, derivadas de las actividades humanas, y no afectará propiedades de otras personas como resultado de la contaminación, del ruido u otras causas derivadas del método de trabajo.
Referente a los residuos producidos por la limpieza y/o trabajos, serán retirados del ejido de la obra por cuenta y cargo exclusivo del Contratista, quien deberá consignar en su propuesta económica este retiro y transporte, preservando el ambiente saludable en el lugar de los trabajos.
Además, el requisito de carácter ambiental no es aplicable a la obra de la presente licitación, debido a que la construcción es menor a los 5.000m2, tal como lo establece el Decreto N° 14.281/96 por el cual se reglamenta la Ley Nº 294/93 DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
-Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:
-Nombre: Arq. DANIEL MATEO SVIEDNICKIJ.
-Cargo: Proyectista de la Municipalidad de San Pedro del Paraná
- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
Ante la necesidad de cumplir con los requerimientos de Instituciones Educativas, a fin de brindar una mayor comodidad a la población estudiantil, conforme la micro
planificación educativa.
- Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal): La Planificación de la presente obra se basa en
una necesidad temporal.
- Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas establecidas abarcan la totalidad de las obras necesarias, para su realización, es decir ninguna de sus partes componentes se incluyen en otros rubros. Incluye detalladamente los trabajos a construir en cuanto a mano de obra, materiales de construcción, cartel de obras, replanteo y marcación, movimiento de suelo, tipo de piedra a utilizar, camineros y canteros; y equipos necesarios para ejecutar las obras que se describen en los planos, planillas de obra que se computaran a partir del orden de inicio de obra.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
LOS PLANOS SON PRESENTADOS EN UN ARCHIVO ADJUNTO AL PRESENTE PLIEGO EN FORMATO PDF Y SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL SICP.
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
PLAZO DE CONSTRUCCION: 60 (sesenta días corridos calendario), computados a partir de la emisión de la Orden de Inicio de Obra. ESCUELA BASICA No. 66 ENRIQUE SOLANO LOPEZ - DISTRITO SAN PEDRO DEL PARANA - ITAPUA.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado 1 |
Certificado |
agosto 2024 |
Certificado 2 |
Certificado |
setiembre 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.