Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Solicitud: Laura Vanessa Calabró, Directora General de Talentos Humanos.
  • Necesidad: De contar con un servicio tercerizado de custodia integral y formación inicial para los hijos/as de los funcionarios del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, como entidad encargada de velar por la protección y cumplimiento de las normas laborales.  

Por tanto, en cumplimiento de la Resolución MTESS N° 519/18 Por la cual se Reglamenta el Artículo 134 del Código del Trabajo, en cuanto a la obligatoriedad de la implementación de Guarderías y la Resolución MEC N° 22446/06, que en su Artículo 2° dispone: La educación inicial y preescolar se encuentra en el primer nivel del sistema educativo nacional. Se inscribe dentro de una concepción amplia e innovadora que apunta al desarrollo integral de los niños/as menores de 6 años.

  • Planificación: El presente llamado corresponde a una necesidad periódica.
  • Especificaciones Técnicas: Las especificaciones técnicas solicitadas han sido elaboradas de acuerdo a las necesidades, el cumplimiento del Código del Trabajo y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

La cotización del precio unitario se establece por niño/a por mes, considerando, cuidado, educación, alimentación, albergue y demás servicios necesarios para el funcionamiento y cumplimiento de los requisitos establecidos en las siguientes especificaciones técnicas:

 

El Objeto

La Guardería es un espacio creado para prestar asistencia, guarda, educación y estimulación temprana a hijos/as de funcionarios del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a fin de que los mismos reciban una atención permanente, especializada, dentro de los horarios y en las condiciones previstas en el presente documento.

 

El servicio de Guardería, solicitado para hijos de funcionarios del MTESS, durante el tiempo en que los padres desarrollan sus actividades laborales, comprende la atención integral de los niños, educación, estimulación temprana, higiene, seguridad, alimentación adecuada, etc.

 

Las siguientes especificaciones comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación de los servicios de custodia integral, guardería para los hijos/as y niños/as bajo responsabilidad legal de funcionarios del MTESS desde la edad de 4 meses a 5 años, o termino del preescolar.

 

En los meses de diciembre y enero se desarrollarán actividades que corresponderán a Colonia de Vacaciones y durante los demás meses, actividades relacionadas al desarrollo de planes educativos en conformidad a disposiciones emanadas por Ministerio de Educación y Cultura en cuanto a Educación Inicial.

 

Al inicio del contrato la contratante remitirá el listado de niños habilitados para la inscripción y mensualmente remitirá el listado de niños con altas y bajas que deberá reflejarse en la orden de servicio.

 

La contratante remitirá su conformidad por los servicios prestados a la contratada, y el documentos deberá acompañar en forma mensual a la factura correspondiente

El prestador de los servicios se encargará de la provisión de una remera o body, a cada niño/a por cada año escolar, que sería el uniforme diario de los mismos.

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

N°. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas

1

Servicio de Guardería para el MTESS, por niño/a, por mes.

Ver detalle de las

Especificaciones Técnicas y

de las Normas

 

 

CONTRATO ABIERTO PLURIANUAL

Monto mínimo a contratar: Gs. 554.000.000 (guaraníes quinientos cincuenta y cuatro millones).

Monto máximo a contratar: Gs. 1.108.000.000 (guaraníes mil ciento ocho millones.)

Los niños y niñas serán agrupados por edades de acuerdo a la siguiente descripción:

 

ITEM N° 1

  1. Grupo Maternal I:

Niños y niñas desde los 04 meses hasta los 01 año. (Dependiendo de la madurez motriz y socio afectiva del/a niño/a).

  1. Grupo Maternal II:

Niños y niñas con 01 año cumplido hasta el 31 de marzo.

  1. Grupo Maternal III:

Niños y niñas con 02 años cumplidos hasta el 31 de marzo.

  1. Grupo Pre Jardín:

Niños y niñas con 03 años cumplidos hasta el 31 de marzo.

  1. Grupo Jardín:

Niños y niñas con 04 años cumplidos hasta el 31 de marzo.

  1. Grupo Preescolar:

Niños y niñas con 05 años cumplidos hasta el 31 de marzo.

 

Objetivos y metas del servicio en general.

Educación:

El prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Cultura, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo que reglamente la actividad.

Todas las dependencias deberán estar ambientadas acorde a crear un espacio placentero y estimulante para los niños, así como deberán estar debidamente equipadas en infraestructura y climatización para el correcto desempeño de las actividades.

Durante la permanencia de los niños, estos recibirán un trato afectuoso, equitativo e integrador con el fin de fomentar las condiciones de respeto, convivencia y sociabilidad de los mismos.

La agrupación de los niños será de acuerdo a las edades, personalidades y características de cada uno, que será obtenida de las entrevistas hechas a los padres previa iniciación de los servicios. Esta actividad deberá ser presentada mediante un informe al administrador del contrato en un plazo de 5 días corridos luego de su culminación.

Se fomentará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un servicio coordinado y continuo en la educación de los niños.

El niño debe ir aprendiendo reglas de sociabilidad, higiene y otras pautas de comportamiento que ayuden a su desarrollo integral acorde a cada edad.

Se promoverá la educación cívica e identidad nacional, respetando las costumbres, símbolos patrios y festividades nacionales.

Bajo ningún concepto, el prestador del servicio podrá inculcar ideologías religiosas o políticas a los niños.

Se debe fomentar en los niños el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.

La política de aprendizaje debe ser de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.

Alimentación:

La alimentación de los niños será elaborada y provista por la prestadora de los servicios, e indefectiblemente debe incluir:

Ítem
1. Servicio de Guardería:
Desayuno, Media Mañana, Almuerzo completo (Comida, bebida y postre) y Merienda.

El correcto almacenamiento, la conservación y suministro a los niños/as, en cuanto a frecuencia, modo y cantidad suficiente será exclusiva responsabilidad de la empresa.

Las dietas alimenticias serán elaboradas por el/la Licenciado/a en Nutrición infantil o Médico Nutriólogo designado/a. En caso de que el niño/a tenga una alimentación diferenciada, sea cual fuere el motivo, la dieta alimenticia será elaborada por el nutricionista de cabecera y a cargo de los padres, en base al historial médico del niño/a y deberá ser proveída a la Institución para la elaboración de esta.

Para los efectos se cinco (5) días de la finalización del mes, la contratada por medio del/la profesional contratada para el efecto deberá establecer el calendario alimenticio del mes siguiente, de manera a que el mismo sea informado a los padres.

El objetivo principal de la alimentación de los niños/as es, a más de su desarrollo físico, que los mismos al terminar el año lectivo, puedan consumir cualquier tipo de alimento sano, es decir que vayan adquiriendo una pauta de alimentación adecuada.

Lista de alimentos a ser utilizados

Lácteos: Leche entera, yogurt entero chico y por litro; y, queso Paraguay fresco, queso rallado, queso sándwich.

Carnes: Pechuga de pollo, carnaza negra, carne molida de primera, bola de lomo.

Verduras: Lechuga, acelga, perejil, kuratu (cilantro), espinaca, zapallito, zapallo, zanahoria, tomate, locote, papa, cebolla, remolacha.

Legumbres: Arvejas, chauchas, poroto, lentejas, feijao.

Cereales: Fideos, arroz, harina tipo 000, cereales, maizena, harina de maíz, pan de sándwich, galleta molida.

Frutas: Naranja, banana, mamón, manzana, pera, pomelo, mandarina, durazno y cualquier otra de la estación.

Dulces: Azúcar según indicación de la nutricionista, gelatina, flan de vainilla, chocolate en polvo, dulce de leche, mermelada.

Grasas: Aceite de oliva y de girasol, manteca de origen animal.

Especias: Nuez moscada, canela, hojas de laurel, sal, orégano y las que la nutricionista considere.

Observación: Queda totalmente prohibida la administración de bebidas carbonatadas (gaseosas, jugos conservantes, refresco y/o sodas) a los niños y niñas.

Plan nutricional

El plan nutricional deberá ser presentado por el/la Licenciado/a en Nutrición Infantil o Médico Nutriólogo, con todas las formalidades que se requiera firma, sello, N° de Registro, a la Convocante de forma mensual para que esta otorgue su aprobación, antes del inicio de las actividades de cada mes.

La alimentación de los niños menores de 6 meses con tipo de leche exclusiva correrá por cuenta de los padres.

Los niños de seis meses de edad en adelante, para iniciar una alimentación sólida deberán contar con la Certificación del Pediatra tratante.

Observación: Los productos lácteos con sus derivados, y todos los productos envasados a ser proveídos, deberán contar con lote de elaboración, fecha de elaboración y/o vencimientos impresos en los diferentes envases los cuales deberán ser legibles a simple vista, además deberán ser conservados adecuadamente sin perder la cadena de frio según requiera el caso a fin de garantizar la conservación de las propiedades nutritivas de los alimentos.

Salud y Servicio de Emergencias.

Durante la estadía de los niños en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y realizar las acciones pertienentes y brindar los primeros auxilios en caso de urgencia. Se deberá comunicar a los padres cualquier síntoma de mal estar o enfermedad en la brevedad posible.

Otros servicios

La empresa contratista deberá además realizar los siguientes servicios: Cambio de pañales, y ropas de las niñas y niños, aseo de estos según necesidad. La contratista es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño o niña a su cargo. Queda totalmente prohibida la utilización de elementos de uso personal de un/una niño/a en atención de otro/a.

El adjudicado, se encargará de la atención integral del niño, en el siguiente horario:

HORARIOS

 

Los días establecidos son de lunes a viernes, inclusive, si existiese algún asueto escolar.

 

Ítem 1: Servicio de Guardería:

Desde las 06:30 a 18:00 horas.

 

 

El Adjudicado, deberá llevar un control y registro en Libro de Acta, o cuaderno foliado, que se encuentre habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, donde serán asentados diariamente, la asistencia, todos los datos, aspectos, novedades y otras situaciones ocurridas o que sean de interés para el desarrollo del servicio, registro de situaciones, indicaciones, eventos,  diferentes aspectos sobre las fortalezas y debilidades del servicio y/o como datos históricos necesarios para la justificación de medidas adoptadas o el mejoramiento del servicio, así como para el registro de datos que puedan ser requeridos para el pago de facturas y/o verificaciones de auditorías, durante el periodo que dure el contrato.

 

  1. Lugar de Prestación del servicio:

 

Ubicación

El Adjudicado, deberá habilitar el lugar de guarda de los niños, en un radio que no sobrepase de 1500 metros, alrededor de la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ubicado sobre la calle Luis A. de Herrera esq. Paraguarí de esta Capital. El lugar físico de prestación de los servicios podrá ser alquilado o de propiedad del oferente.

A los efectos el potencial oferente deberá presentar con su oferta copia del Contrato de Alquiler del Arrendador a favor del Oferente, en el cual expresamente deberá estipular que el mismo se encuentra comprometido a otorgar en alquiler el inmueble de su propiedad, el cual debe estar debidamente identificado, y cuyos requisitos será detallado más adelante o en el caso de que el oferente posea el inmueble, copia del título de propiedad del mismo, durante el tiempo que dure el contrato resultante del presente llamado.

El oferente con su oferta deberá presentar una Copia del Contrato de Alquiler, donde el propietario acepte estar de acuerdo en dar en alquiler al oferente el inmueble para que la misma sea utilizada para las instalaciones de la Guardería del MTESS, durante el tiempo que dure el contrato resultante del presente llamado.

El radio de distancia fue establecido en 1500 metros de la institución a modo de que puedan presentarse la mayor cantidad de oferentes interesados, este radio es lo máximo que esta convocante estima conveniente, sin posibilidad alguna de poder ampliar debido al horario de ingreso a la institución como en la guardería. Asimismo, a que existen bebés en edad de lactancia y la posibilidad de que los padres puedan estar cerca de sus hijos ante cualquier eventualidad.

El oferente interesado deberá indicar la distancia exacta en la que se encuentra su local hasta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante el uso de la aplicación Google Maps, teniendo en cuenta la medición de distancia en radios o línea recta, el cual deberá presentarse de forma impresa y adjuntar a su oferta. El mismo deberá cumplir como mínimo con los siguientes requisitos de infraestructura:

Infraestructura edilicia

- Contar con un mínimamente con 4 (cuatro) dependencias cubiertas para el desarrollo de las jornadas diarias (mínimo de 20m2 cada una y abarcando un máximo de 25 niños por sala, y separando los niños según la edad), debe contar con 1 (una) sala exclusivamente de descanso, destinada los chicos donde los niños tengan su lugar de descanso y sueño, esta debe ser independiente a las salas de las actividades cotidianas. Todas deben estar debidamente climatizadas acorde a las sensaciones térmicas, creando un ambiente acorde para desarrollar las actividades necesarias.

- Deberá contar con un patio al aire libre con espacios de sombras, acordes para el desarrollo de las actividades.

- Una dependencia exclusiva para ser utilizada como comedor.

- Las dependencias deben ser lo suficientemente cómodas y espaciosas para que los chicos puedan desarrollar sus actividades.

- Una dependencia exclusiva para la cocina.

- Una dependencia exclusiva para atención médica y primeros auxilios.

- Debe contar con una dependencia en donde funcionará la Dirección, secretaría, recepción y archivo del local debidamente equipada.

- Deberá contar con dos baños sexados totalmente equipados para criaturas.

- Deberá contar con un baño para uso del personal y visitas ocasionales.

- Deberá contar con líneas telefónicas, mínimo 2, con central telefónica y con internos; 2 líneas celulares.

- Todas las instalaciones deben estar acondicionadas (pintadas, cielos rasos, etc.) y con mantenimiento al dia acorde a la actividad que se desarrolla.

- Toda la infraestructura (excepto la cocina, el comedor y los baños) deberá tener alfombra de alto tráfico, antialérgica y antiácidos.

- Deberá contar con un sistema de circuito cerrado de tv en funcionamiento, en todas las áreas de la Institución, a fin de registrar el desenvolvimiento de los niños y demás personas que conviven en la guardería. El mismo deberá estar a disposición de los padres ante una eventual necesidad con una capacidad de almacenamiento de al menos 15 días.

Equipamiento del Local

- Lavatorio de manos en lugar abierto, elementos indispensables para el lavado de manos (jabón, alcohol desinfectante).

- Todas las aulas deberán contar con equipos de climatización y deben estar debidamente separadas según la edad de los niños. Deberán contar también con el mobiliario correspondiente al grupo etareo y todo el equipamiento necesario para que la misma cumpla con las necesidades didácticas de cada grupo

- La cocina debe estar equipada con un refrigerador, una cocina a gas de 4 hornallas, un horno eléctrico de 30lts., una cocina a inducción de 2 hornallas, 1 licuadora, como punto referenciales debiendo tener el equipamiento necesario para la elaboración de alimentos según la cantidad de niños mínima y máxima expresada en el presente documento. Además, toda la vajillería necesaria para cubrir las necesidades de alimentación de los alumnos. (Todos los utensilios deben ser de plástico resistente o metal, en ninguna circunstancia deben ser de vidrio u otro material frágil y con posibilidades de quebrarse y causar daño), y cualquier otro instrumento necesario para el desarrollo de las tareas de cocina, tales como ollas, jarras, compoteras, fuentes y moldes entre otros.

-El comedor deberá estar debidamente equipado y climatizado (Mesas y sillas, además de las sillas para bebes).

- Todas las dependencias deben tener puertas y con un mirador de al menos 10cm de alto x 20cm de largo.

-El sistema eléctrico del local debe indefectiblemente contar con una corta corriente automático, y todas las tomas eléctricas que no serán utilizadas deben estar debidamente bloqueadas, protegidas o anuladas. Las tomas eléctricas que se encuentren al alcance de los niños deberán ser bloqueadas con tapa enchufes.

- Todos los marcos de puertas, ventanas, paredes y todo lo que pueda convertirse en un potencial riesgo de accidente deben llevar protectores de goma.

-Todas las ventanas deberán ser como mínimo de 4mm de espesor una corta corriente e inastillable.

-La puerta principal de acceso deberá contar con cerradura electrónica de apertura.

-Sistema de Incendio acorde a las exigencias legales.

-Colchonetas nuevas de mínimo 10cm. de espesor para cada niño/a.

-Bebedero eléctrico de agua embotellada frío/caliente o agua filtrada.

- Esterilizador de biberones.

- Nebulizador ultrasónico.

- Botiquín de primeros auxilios según exigencias de Salud y Seguridad Ocupacional.

- Casilleros para cada niño en la cantidad que se requiera.

- Juegos didácticos y libros para los chicos.

- Juguetes diversos para los chicos.

 

  1. Materiales

 

Para el Servicio de Guardería

La empresa contratada se compromete a proveer todos los materiales escolares y elementos didácticos a ser usados en las actividades diarias a cada uno de los niños y niñas (cartulinas, pegamentos, pinceles, crayolas, hojas, cuadernos, libros de cuento y de texto, lápices de colores, témperas, goma eva y todos los elementos de librería y decoración para la consecución de las actividades diarias) dichos elementos deberán ser de calidad y de seguridad. No se podrán solicitar ningún tipo de estos materiales a los padres.

Con relación a los elementos de higiene y de aseos personales, le empresa contratada deberá elaborar una lista y comunicar a los padres el listado de estos elementos que los niños/as necesitarán durante el año lectivo, el cual deberán ser entregados a la institución.

Así también, la guardería deberá solicitar una copia de la ficha médica, con firma y sello del pediatra de cabecera del infante, donde deberá constar si existiera alguna condición a la que haya que brindarle alguna atención especial. Además todos los documentos necesarios para registro del niño/a en la guardería, estas documentaciones se consideraran como una Declaración Jurada y deberá ser entregada al/la director/a de la Guardería al inicio del año lectivo. La contratada deberá solicitar a los padres un chequeo médico donde conste la buena salud en general del niño o si presenta. La contratada deberá informar al administrador del contrato acerca del cumplimiento de este requisito o la falta del mismo a fin de que se tomen medidas en cuanto a la regularización.

La empresa contratada no podrá hacer firmar ningún contrato y/o condicionamiento relacionado a la admisión del niño o niña a los padres, como así también no podrá exigir ningún tipo de pago a los padres. En caso que existan actividades de cualquier índole tanto dentro o fuera de las aulas y que conlleve erogaciones, estas deberán estar planificadas e incluidas en la cuota que se abonara mensualmente.

La Guardería proveerá a los padres un cuaderno de aviso para las comunicaciones y registros que se requieran realizar diariamente.

Es responsabilidad de los padres la provisión de elementos de uso y aseo personal, pañales, sabanitas, almohaditas, toallas de mano y otros elementos necesarios para el buen pasar del niño asistente al centro, así mismo el lavado de dichos elementos.

  1. Procedimientos e implementación pedagógica

 

Enseñanza acorde a la edad además incluye; estimulación, motricidad, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad. Las actividades para el desarrollo o estímulo físico pueden ser realizadas y planificadas, hábitos, a ser ordenados y responsables.

    1. Recreación

Enseñanza acorde a la edad, además incluye; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de Cuentos, y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad. -

    1. Educación Física

La enseñanza de la educación física colabora con el desarrollo infantil en tomar conciencia de las características de su cuerpo e imagen corporal, reconocer sus posibilidades y limitaciones y el control progresivo del movimiento, desarrollar confianza en sí mismos y en sus posibilidades corporales, comunicarse y expresarse, vivir el placer del movimiento, aprender a cuidar su cuerpo y el de los demás y conocer y cuidar su entorno.

La educación física del niño debe sustentarse sobre un conocimiento claro y concreto de sus características biológicas, psicomotrices y afectivas de la cual dependerá el acierto o fracaso en la proposición de objetivos, la elección de los contenidos y las tareas de movimientos a realizar.

    1. Educación en valores

Es muy importante que los niños aprendan a través de valores y hábitos, a ser ordenados, educados, obedientes y responsables. Estas son las virtudes que ayudaran a los niños a ser personas maduras y auténticamente felices.

  1. Listado del Personal a prestar servicios

1 (Una) Coordinadora General (Título Profesional en Educación Escolar Básica o Educación Parvularia).

3 (Tres) Profesoras Parvularias (Título Profesional en Educación Inicial o Educación Parvularia).

3 (Tres) Asistentes (Egresadas o estudiantes del último año, de las carreras afines al servicio).

1 (Un/a) Licenciado/a en enfermería, Técnico Superior en enfermería o Auxiliar en Enfermería en cualquiera de los casos la persona propuesta debe ser titulada.

1 (Un/a) Licenciado/a en Nutrición Infantil o Médico Nutriólogo.

1 (Un/a) Licenciado/a en Psicología.

1 (Un/a) Médico Pediatra.

2 (Dos) Personal de limpieza como mínimo.

1 (Un/a) Personal de cocina como mínimo.

1 (Un/a) Asistente de cocina como mínimo.

1 (Un/a) Personal de servicio logístico (Celador/a) como mínimo.

 

  1. Integrantes del Plantel de la prestadora de servicios

 

Coordinadora de la Guardería: con Título Profesional en Educación Escolar Básica o Educación Parvularia, o alguna carrera afín al concepto de este llamado, con experiencia mínima 5 años de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial.

Profesora Parvularia: con Título Profesional en Educación Inicial o Educación Parvularia, con experiencia de trabajo mínimo de 2 años de haber trabajado con niños/as de 0 a 12 años.

Asistentes: Egresadas (Titulo) o estudiantes cursando el último año como mínimo, de las carreras afines al servicio (Certificado de Estudio). También califica la persona que haya hecho cursos de capacitación en educación inicial que le habilite en el trato y cuidado de los niños (Copia de Certificado), con experiencia mínima de 2 años, en los últimos cinco años.

Enfermero/a: con Título de Licenciado/a en Enfermería, (exclusiva para la atención de niños y niñas en la Guardería) experiencia mínima de 2 años en atención pediátrica. Deberá cumplir el horario de esta de lunes a viernes.

Pediatra: Título Profesional de Doctor/a en Medicina y Cirugía, con especialización en Pediatría. Es el responsable del control médico una vez al mes de los niños/as hijos de funcionarios/as del MTESS, será el responsable de la elaboración y guarda de la ficha médica en coordinación con el psicólogo/a.

Psicólogo/a: Licenciado/a con Título Profesional en Psicología, con una experiencia mínima de 3 años con niños/as de 1 a 5 años, que deberán prestar servicios una vez por semana por un espacio de 6 Hs (seis horas).

Nutricionista o Médico Nutriólogo: Título Profesional, especialización en nutrición infantil, experiencia laboral mínima de 2 años. Deberá realizar IN SITU el control de la preparación de las comidas por lo menos 2 veces en la semana dentro del horario en que se preparan las comidas.

Cocinero/a: Certificado laboral y experiencia mínima de 2 años en trabajos de la misma naturaleza.

Limpiador/a: Certificado laboral y experiencia en trabajos de la misma naturaleza.

Celador/a: Certificado laboral, y experiencia en trabajos de la misma naturaleza.

Observación: con la oferta se deberá presentar los currículums de cada uno de los profesionales y personales propuestos, con todas las documentaciones que respalden los requisitos mínimos establecidos en este apartado (los Certificados Laborales deben ser originales o autenticados), se podrán presentar contratos o carta de aceptación, donde el profesional/personal se compromete trabajar con la ofertante en caso de que la misma sea adjudicada, todas las documentaciones serán verificadas y evaluadas por el Comité de Evaluación.

Sustitución: en caso de que la contratista quiera sustituir a sus empleados/funcionarios, prestadores de servicios, durante la vigencia del contrato en primer lugar deberá tener la aprobación del MTESS por medio de la Dirección General de Talentos Humanos, a quien expondrá la justificación debida, una vez aprobada la justificación, se podrá sustituir el personal, no obstante, el Curriculum propuesto deberá cumplir con las exigencias originales del PBC.

Reemplazantes: durante la vigencia del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de fuerza mayor, el o los profesionales y empleados reemplazantes, deberán reunir los mismos requisitos del o los titulares a quienes van a reemplazar, que pueden durar como máximo 5 días.

En caso de, que no exista más una relación laboral con el personal o funcionario propuesto, la contratista deberá comunicar lo ocurrido por escrito, indicando el personal que ocupara el puesto y si este es temporal o definitivo, acompañado de los documentos que certifiquen su aptitud para el cargo. En caso de que el reemplazo sea definitivo, deberá regirse por la aprobación mencionada en el punto de sustitución y cumplir con todas las documentaciones exigidas.

Observación: el cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales.

 

  1.  Responsabilidades

 

El personal deberá estar vestido acorde al tipo de servicio que prestará con identificación correspondiente. Es responsabilidad del adjudicado velar por la seguridad de los niños, previendo y evitando que los mismos se expongan a situaciones de peligro, durante el periodo de horas que los niños se encuentren bajo su custodia.

Es obligatorio para el adjudicado presentar mensualmente a la Dirección General de Talentos Humanos del MTESS, la planilla de control de asistencia de los niños presentes en el día, al igual que la planilla de asistencia del personal que presta los servicios, la que deberá llevar la firma de los afectados, los cuales serán rubricados con la firma del/la Director/a.

La Dirección General de Talentos Humanos, como administradora del contrato, remitirá al inicio del contrato la lista de niños habilitados para su inscripción y actualizará la lista según altas y bajas en forma mensual.

Cabe mencionar que, la administración del contrato estará a cargo de la Dirección General de Talentos Humanos juntamente con la Dirección Administrativa del MTESS.

Recepción: El recibimiento de los niños; en la hora de entrada de estos deberá ser recibido por sus respectivas profesoras y/o asistentes de cada área, al igual que la salida de los mismos encargándose de que estos sean retirados por sus padres y/o responsables.

La profesora deberá recibir y controlar diariamente los bolsos de sus alumnos, en cuanto a elementos de uso diario (biberones, ropas, pañales, alimentos en casos necesarios, etc.). Igual tarea lo debe realizar en el horario de salida.

Recreación: Los responsables de cada área deberán custodiar permanentemente las zonas de juegos, parque, durante este periodo, asimismo durante la hora de descanso.

Salas: La empresa es encargada del arreglo de las salas, estimulación y limpieza de los juguetes, así también de la decoración de las mismas.

Higiene: La asistencia de los niños por niveles como el de cambio de ropa, pañales y aseo del/la niño/a, según necesidad además de ser responsables de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño provistos por los padres.

Limpieza: La empresa será responsable de las fumigaciones, especialmente luego de los problemas de salud y enfermedades contagiosas, asimismo como el mantenimiento del patio/jardín. Los insumos de limpieza para la correcta higiene y desinfección diaria de todas las Áreas del lugar correrán por cuenta del proveedor del servicio adjudicado.

Seguridad: La seguridad de los niños tanto al interno como al externo de la institución es exclusiva responsabilidad de la contratada, deberá asegurarse del correcto trato de los funcionarios para con los niños, y de los niños entre sí.

  1.  Requisitos para el Personal ofrecido por la Empresa Contratista:

 

El oferente contratado deberá cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones en cuanto al personal asignado al servicio:

1. Los profesionales deberán prestar servicios de lunes a viernes en el horario establecido de la Guardería, a diferencia de los que se detallen otros horarios.

2. Deberán presentar diagnostico sicológicos que habiliten para la tarea.

3. Tendrán trato amable y deferente con los niños/as; las expresiones y vocabularios deberán ser siempre apropiados.

4. Capacidad de diálogo y personalidad creativa.

5- La empresa contratada deberá abonar los salarios a sus funcionarios dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes al mes vencido, independiente al pago que realice la institución por la prestación del servicio.

6- EL plantel deberá estar inscripto por el oferente en el Instituto de Previsión Social.

7- El oferente deberá estar inscripto en la Dirección de Registro de Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

  1.  Detalles de funciones mínimas del Personal:

 

Coordinadora:

Tendrá la decisión y potestad para resolver cualquier problema que se presente con los niños bajo su custodia, ejercerá el control sobre todos los aspectos del servicio, y en caso de ser necesario ponerse en contacto con la Convocante o los padres. Así también debe realizar todas las tareas Administrativas y de apoyo a las profesoras. Deberá reemplazar a cuáles quiera de las maestras en caso de ausencia de las mismas. Planificar y administrar los recursos de la Guardería. Evaluar el desempeño docente, remitiendo un informe mensual de evaluación a la Dirección General de Talentos Humanos del MTESS, los parámetros de evaluación serán presentados por el Adjudicado con la firma del contrato. Mantener contacto con las familias de los niños.

Es el/la responsable de elaborar y desarrollar un calendario de actividades que serán desarrollados a lo largo del contrato, en el cual se establecerán los métodos de aprendizaje, el desarrollo de las clases, y los objetivos a los que una vez finalizado el contrato se deberán haber cumplido, esta planificación debe ser presentada con la firma del contrato.

Profesoras:

Orientar el aprendizaje de los niños. Desarrollar el plan educacional establecido.

Conocer individualmente a cada uno de los niños. Aplicar estrategias de aprendizaje acorde a las características individuales de cada alumno, en base a las metas propuestas.

Propiciar un clima de participación y confianza entre los niños, maestros y padres.

Organizar entrevistas individuales y reuniones con padres. Es responsable de la educación y seguridad integral del niño bajo su custodia.

Asistentes Parvularia: Apoyar todas las gestiones de las profesoras. Es responsable solidario por la educación y seguridad integral de los niños bajo su custodia.

Enfermero/a o Auxiliar de enfermería:

Es responsable de la salud integral de los niños, fundamentalmente de los niños de hasta 12 meses. Asimismo, es la responsable de la elaboración y guarda de la ficha medica de los niños presentada por los padres. Deberá brindar los primeros auxilios en caso de accidentes. Es la responsable de administrar el botiquín evitando que el mismo este desprovisto de la medicación necesaria. Detectar sobre algún síntoma llamativo e informar.

Pediatra: Es responsable de la salud de los niños. Deberá llevar un historial médico de cada niño y en caso de ser necesario mantenerse en contacto con el/la pediatra de cabecera del niño para el seguimiento de tratamiento a los que son sometidos los niños. Su presencia es obligatoria un día al mes y en los casos de que se necesite su presencia. Revisar y elevar un diagnóstico de los casos que presentan dificultades en su crecimiento y desarrollo.

Psicólogo/a: Es el/la encargado/a del desarrollo psicológico del niño. Deberá asistir a los niños que requieran ayuda especial. Deberá seguir de cerca el trabajo de las profesoras y asistentes. Deberá orientar sobre el desarrollo biopsicosocial y cognitivo de los niños menores de 5 años del centro infantil, en particular. Evaluar a los niños para orientar a los docentes en casos particulares. Su presencia es obligatoria una vez por semana. Además, deberá reunirse con los padres de niños que requieran atención especial, a fin de coordinar las medidas a ser tornadas.

Nutricionista o Médico Nutriólogo: Es el/la encargado/a del plan alimenticio de los niños, estableciendo para ello un régimen alimentario, que debe ser presentado dentro del periodo de implementación del servicio. Debe controlar la preparación de los alimentos, corriendo por cuenta de la misma la elección de los productos a ser utilizados. Deberá establecer régimen alimenticio especial (dieta) a aquellos niños que necesiten. Deberá inspeccionar a los niños una vez al mes, llevando registro de su evolución alimenticia. Coordinar con los padres la alimentación de cada niño si así lo requiriese.

Cocinera/o

Es responsable de recibir y cuidar los elementos, utensilios y provistas entregadas para la Elaboración del menú.

Es responsable de cumplir con el Plan Nutricional asignado a los niños según su sala y edad, conforme al plan aprobado por la nutricionista.

Es responsable de no permitir la entrada de personas no autorizadas a fin de evitar accidentes, contaminación alimentaria, entre otros.

Es responsable de utilizar la vestimenta adecuada.

Es responsable de dejar el lugar y los utensilios limpios diariamente luego de culminar con su labor.

Personal de Servicio: Serán responsables de la limpieza e higiene del lugar, sus labores consistirán en: limpiar, almacenar y suministrar áreas designadas de las instalaciones (limpiar el polvo, barrer, aspirar, fregar, limpiar, etc.) Realizar y documentar actividades rutinarias de mantenimiento e inspección. Llevar a cabo tareas de limpieza profunda. Avisar de la gestión de las deficiencias que se produzcan o de la necesidad de reparaciones. Hacer ajustes y reparaciones menores. Colaborar con el resto del personal. Seguir las normativas de salud y de seguridad.

Personal de Seguridad (Celador/a): Será responsable de proteger, custodiar, efectuar controles de identidad en el acceso tanto en la entrada como la salida de niños/as, docentes, administrativos, visitantes y vehículos, en el interior del inmueble, los bienes muebles y equipamientos de cualquier naturaleza, a las personas dentro de las instalaciones y hasta la vereda del local de la Guardería, a fin de prevenir, detener, disminuir o disuadir las amenazas que puedan afectar la seguridad. Resguardar la entrada y salida de los niños y adultos durante el horario de atención del Instituto. Elaborar diariamente la planilla de control de entrada y salida de funcionarias del Instituto y comunicar de la asistencia y ausencia de estas. Autorizar o no la salida de niños, cuando estos son buscados por personas no habituales previa autorización por escrito y por teléfono del padre registrado como responsable del niño, debiendo ser de la línea telefónica registrada por el responsable.

Observaciones

a) El oferente se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio en relación con su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.). por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.

b) En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, la prestadora de servicios deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente.

c) Durante la vigencia de duración del contrato de prestación de servicios, el MTESS se reserva el derecho a realizar reestructuraciones internas de distribución y Variación de los niveles contratados (aumentar o disminuir la cantidad de usuarios) de acuerdo a las necesidades presentadas. Así mismo en relación al servicio del plan Nutricional, el MTESS se reserva el derecho de realizar verificaciones relacionadas a la higiene, calidad de productos y alimentos, variación del menú preestablecido, etc. Estos controles se realizarán a través de la Dirección General de Talentos Humanos.

d) Durante las vacaciones de invierno /verano se podrá habilitar una colonia de vacaciones.

e) La Contratada deberá prevenir cualquier situación relacionada al acoso escolar (bullying) en cualquiera de sus formas: maltrato psicológico, verbal, físico o social producido entre estudiantes en el aula y el espacio de la Institución. Ante este tipo de evento de forma inmediata se dará aviso a los padres en caso de saber sobre algún tipo de acoso.

Indefectiblemente el personal destinado a cubrir los servicios permanentes Coordinadora, Profesoras, Asistentes y Personal de Servicio, deben contar con certificado actualizado de haber hecho el curso de "Primeros Auxilios Avanzados".

Vestimenta, materiales y otros

El plantel de la guardería deberá estar vestido acorde al desempeño de sus funciones, con la identificación correspondiente de cada uno/a.

 

 

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

No. De Artículo

  1°

Nombre de los Bienes o Servicios

    Servicio de Guaderia

Especificaciones Técnicas y Normas

 La Guardería es un espacio creado para prestar asistencia, guarda, educación y estimulación temprana a hijos/as de funcionarios del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a fin de que los mismos reciban una atención permanente, especializada, dentro de los horarios y en las condiciones previstas en el Codigo del Trabajo y normas laborales.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnicas, el SICP y la respectiva orden de servicio, a partir del siguiente día hábil desde la recepción de la misma por parte del proveedor.

 

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Informe de conformidad de los servicios prestados

Documento Interno  

1er. mes de Ejecucion luego de la firma del Contrato

Informe de conformidad de los servicios prestados

Documento Interno

2do. mes de Ejecucion 

Informe de conformidad de los servicios prestados

Documento Interno

3er. mes de Ejecucion y asi sucesivamente hasta el 24° mes.

Teniendo en cuenta que el Contrato regira por 24 meses, la cantidad total de informes de servicios a ser prestados sera de 24 (veinte y cuatro).