Se sugiere incluir la Carta de Autorización del Fabricante de los dispositivos GPS, de manera a corroborar la relación entre el oferente y el fabricante. Esto, demostrará que el proveedor posee experiencia en la instalación y uso de los equipos propuestos para el servicio, garantizando el buen funcionamiento de los mismos.
Se sugiere incluir la Carta de Autorización del Fabricante de los dispositivos GPS, de manera a corroborar la relación entre el oferente y el fabricante. Esto, demostrará que el proveedor posee experiencia en la instalación y uso de los equipos propuestos para el servicio, garantizando el buen funcionamiento de los mismos.
No se visualiza documentación por la cual la convocante pueda verificar el cumplimiento de las especificaciones requeridas para el equipo y la plataforma. Favor incluir catálogos y/o documentación técnica del fabricante que avale el cumplimiento de los requerimientos
No se visualiza documentación por la cual la convocante pueda verificar el cumplimiento de las especificaciones requeridas para el equipo y la plataforma. Favor incluir catálogos y/o documentación técnica del fabricante que avale el cumplimiento de los requerimientos
Favor aclarar lugares o zonas donde se realizarán las instalaciones, si serán todas a nivel central en la Oficina del MEC o también en el interior del país. Así también, indicar la cantidad de vehículos por cada sitio de instalación.
Favor aclarar lugares o zonas donde se realizarán las instalaciones, si serán todas a nivel central en la Oficina del MEC o también en el interior del país. Así también, indicar la cantidad de vehículos por cada sitio de instalación.
Suministrar los bienes objeto del llamado, dentro de los 5 (cinco) días corridos posteriores a la emisión de la Orden de Servicio, serán realizadas en el Departamento de Transporte sito Pettirossi esq. Capitán Figari N° 227.
4
CAPACIDAD TÉCNICA
Considerando que la instalación de los equipos GPS y la solución de rastreo, implica trabajos que comprometen la instalación eléctrica de los vehículos, y la considerable cantidad de móviles (102) que componen la flota de la institución, favor considerar agregar que el oferente cuente entre su personal permanente con técnicos capacitados en institutos de formación pública o privados habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura o el MIC. Dicho requisito es a modo de poder brindar una respuesta óptima y cumplir con los plazos de instalación requeridos. Favor aclarar como demostrar la vinculación del personal capacitado con la empresa oferente, de manera a comprobar que estarán disponibles para cualquier urgencia y cuentan con el conocimiento necesario en la solución ofertada.
Considerando que la instalación de los equipos GPS y la solución de rastreo, implica trabajos que comprometen la instalación eléctrica de los vehículos, y la considerable cantidad de móviles (102) que componen la flota de la institución, favor considerar agregar que el oferente cuente entre su personal permanente con técnicos capacitados en institutos de formación pública o privados habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura o el MIC. Dicho requisito es a modo de poder brindar una respuesta óptima y cumplir con los plazos de instalación requeridos. Favor aclarar como demostrar la vinculación del personal capacitado con la empresa oferente, de manera a comprobar que estarán disponibles para cualquier urgencia y cuentan con el conocimiento necesario en la solución ofertada.
Se consulta si será requerida que el oferente posea una infraestructura física mínima, de manera a comprobar que es una empresa que opera en el ramo y cuenta con la capacidad para prestar un servicio adecuado
Se consulta si será requerida que el oferente posea una infraestructura física mínima, de manera a comprobar que es una empresa que opera en el ramo y cuenta con la capacidad para prestar un servicio adecuado
En el texto se visualiza lo siguiente: “…dentro de los tres 2 (dos) últimos años (2021 y 2022)”.
Favor aclarar si son 2 o 3 años, y se consulta si el último año debería ser el 2023, en cualquiera de los casos.
Así también, se sugiere solicitar únicamente facturas, o los contratos acompañados de facturas que demuestren le efectiva provisión del servicio de rastreo para acreditar la experiencia. La sugerencia se debe a que en procesos anteriores, empresas sin la capacidad requerida presentan contratos y actas de recepción de servicios inventados, al efecto de dar cumplimiento al requisito.
En el texto se visualiza lo siguiente: “…dentro de los tres 2 (dos) últimos años (2021 y 2022)”.
Favor aclarar si son 2 o 3 años, y se consulta si el último año debería ser el 2023, en cualquiera de los casos.
Así también, se sugiere solicitar únicamente facturas, o los contratos acompañados de facturas que demuestren le efectiva provisión del servicio de rastreo para acreditar la experiencia. La sugerencia se debe a que en procesos anteriores, empresas sin la capacidad requerida presentan contratos y actas de recepción de servicios inventados, al efecto de dar cumplimiento al requisito.
Se recuerda que debe ser incluido como requisito de Capacidad Técnica, contar con Habilitación para operar como empresa de Rastreo Satelital y la renovación anual obligatoria, conforme a Ley 5424/15 vigente, a modo de cumplir con la normativa legal vigente.
Se recuerda que debe ser incluido como requisito de Capacidad Técnica, contar con Habilitación para operar como empresa de Rastreo Satelital y la renovación anual obligatoria, conforme a Ley 5424/15 vigente, a modo de cumplir con la normativa legal vigente.
Buen día, según Adenda Nº 1 se debe presentar autorización del fabricante apostillada. Dicho requisito no estaba en el PBC original y no resulta técnicamente indispensable.
Los plazos del llamado son insuficientes para obtener el documento para la fecha de apertura de ofertas, ya que existe un plazo legal considerable para tramitarlo y se realiza en el país de origen del fabricante, por lo que no está bajo control de los potenciales oferentes desde Paraguay.
Tener en cuenta que finalmente la responsabilidad en cuanto a garantía y calidad del servicio recae sobre el Oferente/Contratista, quien asume el compromiso ante la Convocante y está obligado por contrato, respaldado por una garantía de cumplimiento de contrato.
El fabricante solo provee los equipos y ofrece garantía en caso de desperfectos de fábrica, mas no interviene en la instalación de los mismos ni en la prestación del servicio, que es el objeto principal del llamado.
Por tanto, favor eliminar el requisito para dar oportunidad a más oferentes en cumplimiento de lo establecido en el Art. 4, inciso d) de la Ley 7021.
Buen día, según Adenda Nº 1 se debe presentar autorización del fabricante apostillada. Dicho requisito no estaba en el PBC original y no resulta técnicamente indispensable.
Los plazos del llamado son insuficientes para obtener el documento para la fecha de apertura de ofertas, ya que existe un plazo legal considerable para tramitarlo y se realiza en el país de origen del fabricante, por lo que no está bajo control de los potenciales oferentes desde Paraguay.
Tener en cuenta que finalmente la responsabilidad en cuanto a garantía y calidad del servicio recae sobre el Oferente/Contratista, quien asume el compromiso ante la Convocante y está obligado por contrato, respaldado por una garantía de cumplimiento de contrato.
El fabricante solo provee los equipos y ofrece garantía en caso de desperfectos de fábrica, mas no interviene en la instalación de los mismos ni en la prestación del servicio, que es el objeto principal del llamado.
Por tanto, favor eliminar el requisito para dar oportunidad a más oferentes en cumplimiento de lo establecido en el Art. 4, inciso d) de la Ley 7021.
La Autorización del fabricante es fundamental para corroborar la relación entre el oferente y el fabricante de los dispositivos GPS que serán instalados en los vehículos de esta Cartera de Estado, garantizando así la capacitad técnica en la instalación y uso de los equipos propuestos para el servicio al contar con una relación comercial estable y operar en el mercado con los equipos de un determinado fabricante.
La posibilidad de inclusión del presente requisito se encuentra en el propio PBC estándar aprobado por la DNCP, por tanto, no puede ser considerado como excluyente, sino que constituye un aval por el cual se espera obtener las mejores condiciones de contratación, conforme a lo explicado precedentemente.
Favor remitirse a lo establecido en la última versión del PBC.
9
Capacidad Técnica
Consultamos cuál sería el fundamento técnico para incluir el requisito "Infraestructura del Centro de Monitoreo: ... 2. El software o plataforma debe ser alojada en un Data Center propio (No tercerizado o Nube o Drive) y deberá transmitir datos las 24 horas, 7 días a la semana, durante la vigencia del contrato". ?
El hecho de contar con un data center propio no garantiza la calidad del servicio ni la seguridad de los datos si la empresa no cuenta con los recursos técnicos necesarios para el mantenimiento de dicho data center, lo cual es muy frecuente en este rubro, por lo cual se opta por contratar servicios en la nube que ofrecen más garantías en cuanto a protección y disponibilidad de la información almacenada, a un menor costo, para mayor tranquilidad tanto de la empresa como el cliente/convocante.
Además, la cantidad de móviles y el monto máximo referencial estimado por la convocante no amerita una inversión tan importante como la de disponer de un data center propio, que no hace otra cosa que restringir el llamado, en contravención a lo establecido en el Art. 4 de la Ley 7021.
Favor eliminar el requisito y permitir que la plataforma pueda ser alojada en la nube o Drive, ya que de ninguna manera afectará la calidad del servicio objeto del llamado.
Consultamos cuál sería el fundamento técnico para incluir el requisito "Infraestructura del Centro de Monitoreo: ... 2. El software o plataforma debe ser alojada en un Data Center propio (No tercerizado o Nube o Drive) y deberá transmitir datos las 24 horas, 7 días a la semana, durante la vigencia del contrato". ?
El hecho de contar con un data center propio no garantiza la calidad del servicio ni la seguridad de los datos si la empresa no cuenta con los recursos técnicos necesarios para el mantenimiento de dicho data center, lo cual es muy frecuente en este rubro, por lo cual se opta por contratar servicios en la nube que ofrecen más garantías en cuanto a protección y disponibilidad de la información almacenada, a un menor costo, para mayor tranquilidad tanto de la empresa como el cliente/convocante.
Además, la cantidad de móviles y el monto máximo referencial estimado por la convocante no amerita una inversión tan importante como la de disponer de un data center propio, que no hace otra cosa que restringir el llamado, en contravención a lo establecido en el Art. 4 de la Ley 7021.
Favor eliminar el requisito y permitir que la plataforma pueda ser alojada en la nube o Drive, ya que de ninguna manera afectará la calidad del servicio objeto del llamado.
La inclusión de una infraestructura mínima a los oferentes es a modo de poder garantizar un servicio óptimo y continuo durante todo el tiempo, considerando que al no contar con data center privado, y si se presentasen inconvenientes técnicos, los mismos no podrían ser resueltos de forma inmediata ya que por lo general el alojamiento en servidores lo tienen en otros países con distintas zonas horarias lo cual dificulta una respuesta y/o solución inmediata por que no se cuentan con recursos propios asignados.
Esta convocante, debe tomar los recaudos necesarios y solicitar los más altos estándares, para contratar los servicios de una firma cuya actividad principal corresponda a la del objeto del llamado, y cuente con la solvencia técnica, además de infraestructura física y tecnológica adecuada para prestar un servicio de calidad, de manera a obtener las mejores condiciones de contratación, en cuanto a economía, eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos como se consagra en el artículo 4° de la Ley 7021/22.Lo requerido es lo mismo indispensable para una empresa que provee este tipo de servicio para flotas de vehículos de empresas o entidades.
Favor remitirse a lo establecido en la última versión del PBC.
10
Experiencia
Donde dice Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la provisión de servicio de rastreo satelital de vehículos vía GPS, en Instituciones Públicas y/o Privadas, por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los 2 (dos) últimos años (2022 y 2023).
Solicitamos a la convocante ampliar el periodo a los últimos 5 años a fin de corroborar la experiencia y no limitarse a los dos últimos periodos fiscales. a fin de dar una mayor apertura a potenciales oferentes.
Donde dice Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la experiencia en la provisión de servicio de rastreo satelital de vehículos vía GPS, en Instituciones Públicas y/o Privadas, por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los 2 (dos) últimos años (2022 y 2023).
Solicitamos a la convocante ampliar el periodo a los últimos 5 años a fin de corroborar la experiencia y no limitarse a los dos últimos periodos fiscales. a fin de dar una mayor apertura a potenciales oferentes.
El servicio que se pretende contratar, es de empresas con su actividad principal en servicios de rastreo, y que tengan experiencia en provisión de servicios para flotas de vehículos.
Considerando esto, 2 ejercicios fiscales cerrados son suficientes para acreditar la experiencia, haciendo un cálculo, si tomamos el precio referencial, una empresa debe haber proveído el servicio requerido a 30 vehículos durante 24 meses, cantidad ínfima para una empresa que se dedique al ramo.
Favor remitirse a lo establecido en la última versión del PBC.