Fecha de Respuesta:
06-04-2024
Respuesta:
La postergación de plazos se realizó en cumplimiento a lo previsto en el Art. 55° Postergación de apertura de la Resolución DNCP N° 4401/2023 "Por la cual se reglamentan los procedimientos de Contratacion regidos por la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Así tambien el Art. 56° Comunicación a la DNCP de la Resolución DNCP N° 4401/2023 expresa: "La convocante deberá comunicar el acta de postergación de fechas topes de presentación y apertura de ofertas a través del SICP..."
Por lo tanto, en cumplimiento a lo dispuesto en las reglamentaciones se procedió a postergar las fechas de consulta y apertura como lo exige en la Resolución DNCP N° 4401/2023. En cuanto a la fecha de visita de obras la misma ya no será modificada quedando fija la establecida en el PBC.