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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
vferloni
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
05-04-2024 - 12:48
Fecha de Fin
10-04-2024 - 14:55
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Se observa en el Antecedentes De La Estimación De Costos y el Dictamen Técnico N° 02/2024 – Comité de Suministro Publico de la Municipalidad de Luque, mencionan normativas derogadas, se solicita su adecuación.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
La carta de invitación/pliego utilizado, no corresponde a la versión vigente.
Descripción
Se solicita utilizar la carta de invitación/pliego de bases y condiciones vigente.
Comentario
Se solicita a la convocante, ajustarse a la disposición normativa vigente (utilizar el PBC para Adquisición de Bienes y/o Servicios – convencional (Versión 2) en formato PDF). Art. 3 de la Resolución DNCP N° 455/2024 “…los procedimientos de contratación que aún no cuenten con un documento estándar aprobado, las convocantes elaborarán los pliegos de bases y condiciones de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley N" 7021, los reglamentos y deberán tener en cuenta el contenido de los Pliegos Estándar para procedimientos convencionales aprobados en la presente resolución

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
1. Conforme a la Res IM 03/2024, de fecha 02 de enero, que autoriza a la Unidad Operativa de Contrataciones el inicio de los procedimientos: solicitamos al UOC, proceda a remitir el acto administrativo por la cual se aprueba la convocatoria y el PBC del presente proceso, de modo a ajustarse a lo establecido en la Res DNCP 4401/2023 ".... d) Acto Administrativo de la autoridad competente de la convocante por la cual se aprueba la convocatoria y el PBC del procedimiento de contratación.// 2. Con la comunicación del llamado, la convocante debe adjuntar un reporte de porcentaje de incidencia conforme el inc. i) del Art. 40 de la Resolución DNCP N° 4401/2023.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.