ITEM N° 1. Perfilado de camino terraplenado
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Se realizará el desmonte o relleno necesario para alcanzar las cotas de los planos o las cotas indicadas por la Fiscalización.
Únicamente podrá ser excavado el trecho donde efectivamente será construida la obra, de modo que evite
desplazamientos de tierra o acumulación innecesaria de agua.
Medición
Estos trabajos serán considerados por metro lineal y queda exclusivamente a criterio de la Fiscalización los trabajos a
realizarse para su posterior aprobación.
ITEM N° 2. Relleno y compactación
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En todos los casos se deberá compactar la base de asiento. Encontrando en el tramo material no apto, el mismo debe ser
sustituido por otro de mejor calidad.
La sub-rasante será compactada con compactadores, realizando como mínimo de 5 (cinco) pasadas a fin de que la misma
soporte una prueba de carga, que se verificará por medio de un camión de eje sencillo bien cargado. Es considerada una
pasada, la ida y vuelta del compactador en un determinado tramo.
En caso que la pista no supere la prueba de carga, el sector que presente movimiento será removido y el material
sustituido por otro de mejor calidad o de menos humedad. Estos trabajos el contratista las realizara sin costo extra.
Medición
Estos trabajos serán considerados en metros cúbicos y queda exclusivamente a criterio de la Fiscalización los trabajos a
realizarse para su posterior aprobación.
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Descripción
NO APLICA.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
- Unidad Solicitante: Arq. Arturo Velázquez, Encargado de Elaboración de Proyectos de Villa del Rosario, es quien solicita el
llamado a ser publicado.
- La necesidad que se pretende satisfacer: con la ejecucion de la obra se pretende mejorar el tránsito por los caminos
terraplenados del distrito a los pobladores de la ciudad ya que en días lluviosos se vuelve peligroso y de difícil
transito por el mal estado del camino.
- Justificación de la planificación: responde a una necesidad temporal ya que la necesidad de reparación de caminos
terraplenados una vez ejecutada la obra se proveerá de mayor comodidad y seguridad a la ciudadanía de ese sector
del Distrito.
- Especificaciones Técnicas: las especificaciones técnicas fueron establecidas de acuerdo a los criterios técnicos del
profesional encargado de elaborar el proyecto en sintonía con las normativas municipales legales vigentes y según
las verificaciones en la zona de obras hechas por los funcionarios de la municipalidad afectados al área de
elaboración de proyectos, de tal modo a satisfacer la necesidad de interés publico.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
SE ENCUENTRAN ADJUNTOS EN EL SICP (dictamen técnico) |
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Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
El plazo de ejecución de la obra es de 90 (noventa) días calendarios a ser computados a partir de la fecha de entrega de la
Orden de Inicio por parte del Fiscal de Obras al Contratista. La recepción provisoria: 15 (quince) días calendarios
posteriores al plazo de ejecución de la obra, previa aprobación del fiscal de obras y la recepción definitiva: 15 (quince) días calendarios posteriores a la recepción provisoria, previa aprobación del fiscal de obras. La obra se ejecutara en el Distrito
de Villa del Rosario.
Barrio Inmaculada:
Línea 1 Calle 1ro de Marzo: Desde Pedro Melo de Portugal hasta Yegros.
Línea 2 Calle 12 de Junio: Desde Pedro Melo de Portugal hasta Yegros.
Línea 3 Calle Gral. Roa: Desde Pedro Melo de Portugal hasta Yegros
Línea 4 Calle Yegros: Desde Tte. Oscar Bottana hasta Vice Pte. Sanchez.
Línea 5 Calle Tte. Barressi: Desde España hasta Manuel Ortiz Guerrero.
Línea 6 Calle Tte. Velázquez: Desde Acosta Ñu hasta calle Manuel Ortiz Guerrero.
Línea 7 Calle Cerro Cora: Desde Sebastian Gaboto hasta Yegros.
Línea 8 Calle Vice Pte. Sánchez: Desde Sebastian Gaboto hasta calle Camino a Costa Pucu
Línea 9 Calle Sebastián Gaboto: Desde Tte. Oscar Botana hasta calle Asfaltada Ruta 22 Py.
Línea 10 Calle España: Desde Tte. Barresssi hasta Cerro Cora.
Línea 11 Calle Gaspar Rodriguez de Francia: Desde Tte Oscar Botana hasta Tte Barressi.
Línea 12 Calle Juan E O’leary: Desde Tte Oscar Botana hasta Tte Barressi.
Línea 13 Calle Manuel Ortiz Guerrero: Desde Tte Oscar Botana hasta Tte Barressi.
Compañía Arazapety:
Línea 14 Compañía Arazapety: Desde 1ro de Marzo hasta Esc. Bás. N°. 570 Julio Caballero.
Barrio Santa Teresita:
Línea 15 Calle Nuestra Sra. Del Rosario: Desde Gral. Roa hasta Gral. José Eduvigis Díaz.
Línea 16 Calle Manuel Domínguez: Desde 14 de Mayo hasta Gral. José Eduvigis Díaz.
Línea 17 Calle Cerro Cora: Desde Ruta Asfaltada 22 Py. Hasta Calle Sin Nombre límite con el Arroyo Cuarepoti..
Línea 18 Calle 1ro de Marzo: Desde Ruta Asfaltada 22 Py. Hasta Calle Sin Nombre.
Línea 19 Calle 12 de Junio: Desde Ruta Asfaltada 22 Py. Hasta Calle Sin Nombre a pocos metros del Arroyo Cuarepoti.
Línea 20 Calle Gral. Roa: Desde Ruta Asfaltada 22 Py. Hasta Calle Sin Nombre a pocos metros del Arroyo Cuarepoti
Línea 21 Calle Tte. Barressi: Desde Ruta Asfaltada 22 Py. Hasta Calle Sin Nombre pocos metros del Arroyo
Puerto Rosario:
Línea 22 Calle Ytororo: Desde Pedro Juan Caballero hasta Club Náutico Kuarepoti Rio Paraguay.
Línea 23 Calle Adela Sperati: Desde Pedro Juan Caballero hasta Club Náutico Kuarepoti frente a la Prefectura Naval.
Línea 24 Club Nautico Kuarepoti: Rivera del Rio Paraguay
Línea 25 Calle Londres: Desde Tte. Fariña hasta Fulgencio R. Moreno.
Línea 26 Calle Paris: Desde Tte. Fariña hasta Republica de Colombia.
Línea 27 Calle Sin Nombre: Desde Paraguari hasta calle Asfaltada Ruta 22 Py.
Línea 28 Paraguari: Desde Calle Sin Nombre hasta Casi Llegando a la Calle Paris.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe |
Mayo 2024 |
Informe 2 |
Informe |
Junio 2024 |
Informe 3 |
Informe |
Julio 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.