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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
26-11-2024 - 10:48
Fecha de Fin
03-12-2024 - 09:49
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
1)-El informe de evaluación cuenta con fecha 15 de noviembre de 2024, al mismo tiempo la comisión de evaluación indica que se reúnen en fecha 7 días del mes de noviembre siendo las 10:30 horas a los efectos de realizar análisis de la oferta, se le consulta cual de las fechas del documento se tomará como valido.// 2)-El acto administrativo que resuelve la adjudicación es anterior al informe de evaluación, firma del contrato, por lo que se le solicita una justificación legal de la situación planteada y además se le solicita subsanar.// 3)-Acta de apertura de ofertas: Menciona el Decreto N° 9823/23, por lo que se le recuerda que el Decreto aplicable al presente proceso N° 2264/24.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
4)-El resultado final expresado en el dictamen de precios referenciales y lo cargado en el SICP no se ajustan a la metodología optada por la convocante,( precio mas bajo). se le solicita subsanar.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
El Dictamen Justificativo no tiene número de emisión.
Comentario
5)-El Dictamen Justificativo no tiene número de emisión.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
6)-Los argumentos expuestos en el Dictamen UOC, como "1)-Dar una solución rápida y además se trato sobre el tema en fecha 31/agosto/2024, el MEC aprobó la reparación el 03/JULIO/2024, los antecedentes denotan claramente las reiteradas presentaciones de pedidos a la institución municipal sobre el punto, y que la situación planteada fue de conocimiento desde Julio aproximadamente, por lo que el argumento de que REPENTINAMENTE se presento la situación planteada, resulta totalmente inconsistente, por lo que se le solicita ampliar el Dictamen de Justificación con su correspondiente acto administrativo que lo apruebe - del supuesto de excepción, aclarando que hecho/s ha/n dificultado a la misma, realizar el llamado a través de un procedimiento convencional, por Vía de la Excepción con difusión previa o procedimientos especiales, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión, ya que, con la indicación de que el proceso es realizado por esta vía para acortar los plazos del proceso licitatorio, se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Asimismo, se recuerda que la figura de los procedimientos de contratación por excepción debe ser resguardada para casos de situaciones y/o eventos presentados de manera impredecibles y que pudieran escapar de una planificación ordinaria y no como un mecanismo para reducir los plazos de contratación.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
7)-No se visualiza el cuadro comparativo de ofertas del presente procedimiento de contratación, considerando lo requerido en el inc. C del Art. 59 de la Resolución DNCP N° 4401/23.// 8)-No se visualiza la evaluación sobre los siguientes criterios/requisitos requeridos en el PBC-Aviso de Intención: Visita al sitio de ejecución del contrato y Especificaciones Técnicas.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No adjunta documento anexo
Descripción
La convocante menciona que adjunta documentos como anexo, sin embargo no se ha remitido los mismos. Solicitamos subsanar
Comentario
9)-Se le solicita adjuntar al SICP, los documentos mencionados como adjunto en el Informe Técnico de la DIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE OBRAS.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ubicación geográfica de obras
Descripción
Se solicita realizar la ubicación geográfica de los lugares donde las obras serán ejecutadas, se recuerda la obligatoriedad de informar la misma con la comunicación de los llamados a contratación, cuyo objeto sea la ejecución de obras públicas, en los términos del inciso p) del Art. 3 de la Ley 2051/03. Res. DNCP N° 2477/18
Comentario
10)-No se indica a la institución educativa Esc. Bás.Nro.1649 Celsa Speratti., como ubicación del sitio de obras, se solicita subsanar.//

Tema
DOCUMENTOS REMITIDOS ILEGIBLES
Sección
Documentos del SICP
Situación
El Cdp remitido es ilegible
Descripción
El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria es ilegible. Se solicita que el mencionado documento sea remitido nuevamente para subsanar la deficiencia
Comentario
11)-El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria es ilegible.//

Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Faltan datos del adjudicado
Descripción
Se observa que faltan datos del proveedor adjudicado en el contrato/orden de compra remitido.
Comentario
12)-En la clausula 2 del contrato remitido, se debe indicar el ID 458212, sin embargo la convocante indica el N° de intención.//

Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ciertas cláusulas del contrato difieren con lo establecido en la pro forma de contrato del Pliego de Bases y Condiciones.
Descripción
Cierta/s cláusula/s del contrato/orden de compra remitido difiere/n con lo establecido en la pro forma de contrato/orden de compra
Comentario
13)-Los criterios establecidos en la clausula 6 del contrato remitido, NO coincide con los criterios establecido en el PBC-Aviso de intención, se solicita ajustarse al PBC-Aviso de intención.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.