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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cmzarate
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
03-12-2024 - 14:12
Fecha de Fin
09-12-2024 - 17:05
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Carga de Datos
Situación
Datos no corresponden
Descripción
Se observa que los datos cargados en el SICP no corresponden.
Comentario
En proveedor adjudicado, se observa que no se cargan datos en la pestaña de “Productos/Bienes/Servicios, de la adjudicación. Se solicita subsanar.

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Omisión de consignación de plazo de entrega
Descripción
Se solicita el establecimiento de un plazo de entrega en días, horas o meses y del momento a partir del cual el mencionado plazo será computado (Ej. a partir de la recepción de la orden de compra/servicio/inicio por parte del contratista).
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario
Se observa que la resolución de la máxima autoridad de la convocante apruebe el procedimiento de Contratación por Vía de la Excepción y el PBC, sin embargo, no dar por acreditado el supuesto de excepción invocado, conforme lo requiere la normativa.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
Informe de evaluación: No se observa análisis de cumplimiento de las EETT.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Se solicita remitir el acto administrativo que designa al administrador de contrato, conforme a la Normativa vigente: art. 79 del Decreto N°9893/23 y art.64 de la RES. DNCP. N°44401/23.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta la remisión de la Autorización de la MITIC
Descripción
Verificado el llamado de referencia, se observa que se ha omitido la remisión de la Autorización de la MITIC, establecida en el Decreto Reglamentario de la Ley del Presupuesto General de la Nacional, como requisito para la difusión en el SICP, de procedimientos licitatorios vinculados a campañas de comunicación, informativas y de publicidad. Se solicita la remisión del mencionado documento
Comentario
Falta la remisión de la Autorización de la MITIC, conforme RESOLUCIÓN MITIC N.º 275/24.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Para que pueda constituirse el supuesto de excepción se deben dar las todas las condiciones mencionadas en la normativa legal vigente, y no solamente alguna/s de ellas.
Comentario
Solicitamos ampliar el Dictamen de la UOC N°04 de fecha 13 de noviembre del 2024 del supuesto de excepción, con su correspondiente acto administrativo que lo apruebe, argumentando cual seria la urgencia de adquirir los bienes por medio de la Vía Excepción y no realizar un llamado ad referéndum, ya que mediante la presente contratación se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser; probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Recordamos que; la figura de los procedimientos de contratación por excepción debe ser resguardada para casos de situaciones y/o eventos presentados de manera impredecibles.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
En el contenido del dictamen remitido no se identifica cuál sería el daño que se podría generar si el mencionado procedimiento de contratación se concretara con la realización de un proceso convencional.
Comentario

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.