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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
26-02-2025 - 13:08
Fecha de Fin
26-02-2025 - 16:56
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.
Comentario
1)-Los actos administrativos remitidos no cuentan con firmas legibles, deben remitir firmado por la máxima autoridad institucional. Además se le recuerda lo establecido en el Art. 7 de la resolución DNCP N° 4401/23.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
2)- La sentencia definitiva por el cual se realiza el presente proceso, en su parte resolutiva, resuelve específicamente la adquisición de 12 frascos de ampollas - Tiotepa 100 mg del medicamento para el Señor “RODRIGO JAVIER VALENZUELA CON C.I N° 2.084.808”, sin embargo, no se justifica la cantidad solicitada por la contratante (mínimo 6 máximo 12 unidades), el dictamen del supuesto de excepción se fundamenta conforme a lo dispuesto en la S.D N° 125 del 06 de noviembre de 2024 y la orden médica anexada. Siendo la sentencia definitiva un amparo constitucional que ha sido otorgado a una persona especifica. En este sentido, conforme al análisis de las documentaciones remitidas y teniendo en cuenta el tipo de procedimiento, se le solicita a la convocante, ( I.P.S ) realizar el proceso bajo estricto cumplimiento de la S.D N° 125 para la emisión del código de contratación. 3)-Se le recuerda a la convocante que deben remitir los documentos requeridos en el Art. 95 de la Resolución DNCP N° 4401/23, a fin de evitar posteriores inconvenientes.// 4)-La Resolución C.A. N° 002, no convalida lo actuado y da por acreditado el supuesto de excepción invocado, conforme al Inc. E del Art.95 de la Resolución DNCP N° 4401/23.// 5)- Acta de apertura de Ofertas: Se le recuerda el contenido mínimo del acta que debe considerar la convocante, Art. 73 del Decreto 2264/24 y Art. 71 del mismo cuerpo legal.// 6)-Se le recuerda que la Resolución DNCP N° 230/25 regula los procedimientos de contratación comunicados a partir del 17/febrero/2025.// 8)- Informe de evaluación: No se detalla la presentación/evaluación de los Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera.// 9)- El contrato remitido es ilegible.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No indica metodología utilizada en el dictamen de precio referencial
Descripción
En el Dictamen respectivo, no se observa la metodología a ser utilizada, a modo de ejemplo: precio más bajo, promedio, entre otros, se solicita subsanar.
Comentario
10)-En el Dictamen respectivo, no se observa la metodología determinada, se indica que el precio es promediado, sin embargo solo se indica 1 precio, por lo que se solicita determinar en el documento de forma claro y objetivo.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
11)-Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentación vigente.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
11)-Dictamen de precios referenciales: No se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinación de fuentes para la obtención del precio referencial o no se cuenta con la cantidad mínima requerida. Se solicita subsanar en el citado documento.//

Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
El Cdp remitido no tiene todas las firmas
Descripción
El CDP remitido no tiene todas las firmas requeridas, correspondientes al responsable de la Unidad de Administración y Finanzas (UAF’s) y/o, Subunidad de Administración y Finanzas (SUAF’s), de la Unidad de Presupuesto y/o del Control Interno. Se solicita sea subsanada la mencionada inconsistencia.
Comentario
13)-El CDP remitido no se ajusta a lo establecido en el Art. 181 de la Ley de Presupuesto, se solicita subsanar.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.