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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Segunda Etapa
Fecha de Solicitud
14-12-2023 - 09:57
Fecha de Fin
15-12-2023 - 13:18
Estado
Contrato Publicado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Carga de Datos
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Carga de Datos
Situación
Se difunde el proceso conforme a la justificacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario
Conforme a la nota N°1538 /2023, documentacion respaldataria remitida referente a las observaciones realizadas a los documentos de la primera etapa, se difundira el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.// Conforme a la DDJJ, documentacion respaldataria remitida por lo establecido en el Art. 120 de la Ley Nº 7050/2023, se difundirá el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.//

Tema
FALTA DE REMISION DE DOCUMENTOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se respondieron las observaciones de la adjudicación 1era etapa
Descripción
Se observa que la convocante no ha subsanado las observaciones realizadas en la primera etapa de la adjudicación.
Comentario
Se deja constancia que la convocante no ha subsanado las observaciones realizadas en la primera etapa de la adjudicación y se difunde el presente contrato dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.//

Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Carga de Datos
Situación
La fecha de la firma del contrato es anterior a la fecha de recepción de las notificaciones de la adjudicación.
Descripción
La fecha de la firma del contrato es anterior a la fecha de recepción de las notificaciones de la adjudicación. Se solicite se justifique razonablemente dicha inconsistencia
Comentario
Se deja constancia que la convocante ha realizado la notificación a la fecha: 12/12/2023, conforme se visualiza en fechas de los correos adjuntados en la primera etapa a los oferentes que no fueron registrados en el SICP, en la pestaña de proveedores oferentes y el contrato fue formalizado en fecha 1/12/2023,por lo expuesto no se dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 36 de la Ley 2021/03.//