Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cmzarate
Tipo de Verificación
ADJUDICACION POR EXCEPCION SIN CONVOCATARIA PREVIA CONTRATO PROVEEDOR
Fecha de Solicitud
12-09-2024 - 14:34
Fecha de Fin
19-09-2024 - 15:47
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Código de catálogo
Descripción
Los bienes/servicios/obras deben poseer códigos de catálogos específicos, a fin de evitar ambigüedades o confusión para la elaboración correcta de la oferta.
Comentario
Se solicita realizar los tramites pertinentes a fin de subsanar es punto.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
Se reitera.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente
Comentario
Se reiteran estos puntos: 1. Se observa que la resolución de la máxima autoridad de la convocante apruebe el procedimiento de Contratación por Vía de la Excepción y el PBC, sin embargo, la Resolución no da por acreditado el supuesto de excepción invocado, conforme lo indica la normativa. Se solicita subsanar. 2- Informe de Evaluación: Observamos que el informe de evaluación de las ofertas es llevado a cabo por los responsables de la UOC, al respecto, recordamos lo establecido en el Art.17 del Decreto N°9823/23; “De conformidad con el artículo 54 de la ley, se constituirá un comité de evaluación del que no podrán formar parte los funcionarios de la UOC.” Al respecto, solicitamos a la convocante realizar un informe de evaluación complementario con su correspondiente acto administrativo que lo apruebe. 3- Informe de Evaluación: En el informe de evaluación no se establece el cumplimiento de la capacidad legal en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22. 4- Se solicita remitir una mejor digitalización de los documentos.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
No se observan las documentaciones relacionadas a la autorización correspondiente del MADES y ERSSAN
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Se reitera: 1. Considerando que no se cargó en el SICP el aviso de intención, se solicita remitir la declaración jurada firmada por el responsable de la UOC, en la que exponga y justifiquen los motivos que imposibilitaron su publicación de conformidad. 2. No se observa notificación de la adjudicación. 3.Se solicita remitir el acto administrativo que designa al administrador de contrato, conforme a la Normativa vigente: art. 79 del Decreto N°9893/23 y art.64 de la RES. DNCP. N°44401/23.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
1 - Se observa que existen dos dictámenes con el mismo número y contenido, realizando un ajuste conforme a lo observado, ante esto, solicitamos a la convocante subsanar con un dictamen complementario, acompañado de un acto administrativo que lo apruebe, aclarando que hecho/s ha/n dificultado a la misma, realizar el llamado a través de un procedimiento ordinario, por Vía de la Excepción con difusión previa o SBE, y a su vez, argumentar que la urgencia no se encuentre causada por la negligencia o imprevisión. Ya que, con la indicación de que el proceso es realizado por esta vía para acortar los plazos del proceso licitatorio, se estaría desnaturalizando el concepto de la contratación por urgencia impostergable, la cual debe ser probada, concreta, objetiva e inmediata y de tal naturaleza que no pudiera esperarse el resultado de un procedimiento de contratación ordinario o complementario, sino con grave perjuicio a los intereses públicos, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Recordamos que; la figura de los procedimientos de contratación por excepción debe ser resguardada para casos de situaciones y/o eventos presentados de manera impredecibles y que pudieran escapar de una planificación ordinaria y no como un mecanismo para reducir los plazos de contratación.
2- Teniendo en cuenta, la transferencia remitida, se solicita realizar una aclaración del motivo por el cual se realiza este tipo de procedimiento (construcción de pozo artesiano) en el predio, considerando que en el documento dice que esta destinado para la construcción de calles públicas, plazas y edificios públicos. Así mismo, no es posible comparar a que numero de lote correspondería el predio con lo descripto en el titulo de transferencia. Se solicita aclarar.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
