Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Segunda Etapa
Fecha de Solicitud
27-08-2024 - 13:48
Fecha de Fin
28-08-2024 - 14:36
Estado

Observaciones

Tema
FALTA DE REMISION DE DOCUMENTOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remision de justificación sobre incumplimiento de plazo de protesta.
Descripción
Se solicita a la Convocante que justifique bajo su exclusiva responsabilidad el motivo por el cual suscribió el contrato antes de que finalice el plazo para la interposición de la protesta.
Comentario
1)-En atención a la última fecha de notificación, ( 21/agosto/2024), y la fecha de la suscripción del contrato,( 22/agosto/2024), se solicita la "Declaración Jurada", dicho documento debe ser remitido con la firma del responsable requerido en la norma y manifestar su expresamente y exclusiva responsabilidad para sustentar dicha solicitud, conforme lo establece el Artículo 3, inciso a de la Resolución DNCP 15/2024.//

Tema
FALTA DE REMISION DE DOCUMENTOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se respondieron las observaciones de la adjudicación 1era etapa
Descripción
Se observa que la convocante no ha subsanado las observaciones realizadas en la primera etapa de la adjudicación.
Comentario
2)-Se reitera la observación en atención a que no se ha subsanado las observaciones a los documentos de la primera etapa, dichas observaciones se visualizan en el portal público y se le recuerda a la convocante lo establecido en el Art. 11 de la Resolución DNCP 4401/2023. //

Tema
INCONSISTENCIAS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ciertas cláusulas del contrato difieren con lo establecido en la pro forma de contrato del Pliego de Bases y Condiciones.
Descripción
Cierta/s cláusula/s del contrato/orden de compra remitido difiere/n con lo establecido en la pro forma de contrato/orden de compra
Comentario
3)-En la clausula 6, no se ha completado la columna N° de Ítem, solicita a la convocante dar cumplimiento a lo establecido taxativamente en el Art. 82, ultimo párrafo del Decreto 9823/23, es decir las convocantes deberán basarse en la proforma contenida en las bases de la contratación.//