Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
09-02-2024 - 08:37
Fecha de Fin
13-02-2024 - 08:52
Estado
Publicado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
Obs N° 1) Cuadro comparativo de ofertas: considerando que la modalidad de contratación es abierta, se verifica que la convocante consignó "dos" montos mínimos y máximos. Sugerimos a la convocante que subsanen para la etapa de contratos, debido a que tiende a desconcertar al identificador del proceso original.//Obs N°2 En el cuadro comparativo de ofertas no se consignó el ID de la convocatoria ni se evidencia la firma de los miembros del comité.// Obs N° 3)Verificamos que la convocante remitió un Dictamen de Evaluación N°7/24, siendo que se tuvo que tratar de un "Informe de Evaluación" y, por lo tanto, no se acogió a lo estipulado en el Decreto Reglamentario N° 2992/19 específicamente en el articulo 67° "CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN". Recomendamos realicen la inducción de la normativa y posteriormente; sugerimos que para la etapa de contrato consideren subsanar la discrepancia conforme a lo indicado en la normativa.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
Sugerimos a la convocante que para futuras licitaciones considere añadir todos los requisitos de calificación y criterios de evaluación establecidos en el pliego de bases y condiciones.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
Conforme a lo explayado en el Informe de Evaluación y la Resolución de Adjudicación, la convocante hace referencia de que, el precio referencial para el ítem 143 sufrió de modificaciones debido a un error al momento en que los oferentes remitieron el presupuesto. Por ende, sugerimos a la convocante que para la etapa de contrato remitan el justificativo de la correspondiente rectificación del mencionado ítem.