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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
aareco
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
20-11-2025 - 13:09
Fecha de Fin
25-11-2025 - 16:45
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
se difunde el presente proceso, bajo exclusiva responsabilidad de la convocante. Asi también, recordamos a la convocante que en caso de ser necesario, esta Dirección Nacional se reserva el derecho de remitir los antecedentes a la Dirección Jurídica a efectos de ejercer la facultad que la Ley le confiere en lo que respecta a investigación de hechos que presumiblemente no se ajustan a la Ley 7021/22 y reglamentaciones vigentes.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se cumple con el plazo de comunicación
Descripción
Considerando lo dispuesto en la normativa vigente, se recuerda a la convocante que el plazo de comunicación de las adjudicaciones es de 5 (cinco) días corridos posteriores a la emisión del Acto Administrativo que resuelve la adjudicación.
Comentario
Se observa el incumplimiento del Decreto N° 2264/24. Art. 83.- Plazo de resolución del procedimiento... en las licitaciones de menor cuantía debera ser de diez días corridos . Este plazo podrá ser prorrogado por un plazo igual, por única vez. En el caso de que la evaluación exceda el plazo establecido, la convocante deberá justificar los motivos que determinaron el retraso.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Consultoría basada en calidad y costo
Descripción
De acuerdo a lo que establece la normativa vigente, se indica a la convocante que la fecha de apertura del sobre económico debe considerar el plazo establecido para la interposición de protesta y se contabiliza desde la fecha de Resolución del sobre técnico.
Comentario
Se deja constancia que la convocante no ha dado cumplimiento a la resolución DNCP 2647/25 en su articulo 2, En procedimientos de contratación bajo la modalidad de doble sobre, la fijación de la fecha de apertura económica deberá contemplar mínimamente el plazo de cuatro días hábiles posteriores a la notificación del acto administrativo pertinente.