Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
20-11-2025 - 16:20
Fecha de Fin
24-11-2025 - 16:15
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Se recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15 de la Resolución DNCP N.° 230/2025, las convocantes son responsables en forma exclusiva de los procedimientos de contratación que lleven a cabo, de los actos administrativos que se deriven de los mismos, del contenido e integridad de los documentos contractuales suscritos, de las cantidades y precios adjudicados, de la regularidad de los pagos efectuados, así como del control, seguimiento y ejecución de los contratos. Asimismo, se recomienda a la convocante ajustarse a lo establecido en la Resolución DNCP N.° 2647/2025, a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
Se observa que los Códigos de Catálogo utilizados para ciertos ítems no se encuentran vinculados al Objeto del Gasto 343, pese a que en el apartado “Presupuesto” del SICP se ha consignado dicho Objeto de Gasto. A modo de ejemplo, se constata que los ítems N.º 1, 10, 11, entre otros, presentan códigos de catálogo que no se encuentran asociados al Objeto de Gasto 343. No obstante, conforme a lo registrado en el SICP y en el CDP N.º 123/2025, la convocante pretende imputar el gasto bajo el citado Objeto de Gasto 343. Al respecto, se recuerda que la convocante es responsable de efectuar una correcta imputación presupuestaria, advirtiéndose que una imputación errónea podría configurar una malversación de fondos presupuestarios, conforme a la normativa vigente. Se consulta al respecto
