Datos de la Verificación
                                    Usuario Verificador
                            
            cfdavalos
        
                                    Tipo de Verificación
                            
            Primera Etapa
        
                                    Fecha de Solicitud
                            
            19-06-2025 - 12:13
        
                                    Fecha de Fin
                            
            24-06-2025 - 10:23
        
                                    Estado
                            
            
        Observaciones
                                            Tema
                                    
                CARGA DE DATOS DEL SICP
            
                            
                                            Sección
                                    
                Datos del SICP
            
        
                                                Situación
                                        
                Sobrepasaron los 40 días para adjudicar
            
                                                Descripción
                                        
                Se recuerda el plazo de comunicación de adjudicacion establecido en el Art. 28 de la Ley 2051/03.
            
                                                Comentario
                                        
                Atendiendo a que el procedimiento licitatorio se inició bajo la modalidad de Licitación por Menor Cuantía Nacional, y considerando lo establecido en el Artículo 55 de la Ley N.º 7021/2022, el cual dispone que la adjudicación debe resolverse en un plazo máximo de veinte (20) días corridos, se constata que dicho plazo ha sido excedido. En virtud de ello, se solicita a la convocante brindar una justificación sobre el motivo del incumplimiento del plazo estipulado en la normativa vigente.
            
                                            Tema
                                    
                CARGA DE DATOS DEL SICP
            
                            
                                            Sección
                                    
                Datos del SICP
            
        
                                                Situación
                                        
                Nota de responsabilidad
            
                                                Descripción
                                        
                1.	La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
         2.	La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
         3.	La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a)  de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
         4.	Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
            
                                                Comentario
                                        
                Se deja constancia de que, conforme a lo establecido en el Artículo 64 de la Resolución DNCP N.º 230/2025, la fecha efectiva de notificación a los oferentes será aquella correspondiente a la notificación automática realizada a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), mediante la fecha de publicación de la adjudicación. En virtud de lo anterior, se indica a la convocante que deberá considerar dicha fecha para el cómputo del plazo de interposición de protestas, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente.
            
                                            Tema
                                    
                CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
            
                            
                                            Sección
                                    
                Documentos del SICP
            
        
                                                Situación
                                        
                Inconsistencia en documentos
            
                                                Descripción
                                        
                Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
            
                                                Comentario
                                        
                Se observa que, en el Informe de Evaluación, específicamente en el apartado de Recomendación de Adjudicación, se hace referencia a un identificador de procedimiento licitatorio distinto al correspondiente al presente llamado. En consecuencia, se solicita a la convocante verificar y subsanar dicha inconsistencia.
            
                                            Tema
                                    
                CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
            
                            
                                            Sección
                                    
                Documentos del SICP
            
        
                                                Situación
                                        
                Solicitud de aclaración
            
                                                Descripción
                                        
                Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
            
                                                Comentario
                                        
                Consultamos a la convocante, si en el acta de apertura de ofertas se tuvo en cuenta lo indicado en el articulo 57 de la Resolución DNCP N°230/2025.
            