Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
02-10-2024 - 08:32
Fecha de Fin
07-10-2024 - 09:53
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
**Experiencia requerida: Se deja constancia que no se expresa el índice/criterios en el informe de evaluación, se le recuerda a la convocante que el contenido del informe de evaluación servirá de base para la adjudicación según el marco normativo vigente.//
**RECORDATORIO: Se expone la solicitud realizada de documentos sustanciales, según el PBC,( b. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC(*), lo cual no se ajusta al marco normativo vigente.//
**Se deja constancia que se presume que la convocante ha optado por la "notificación por medios electrónicos (Correo)", las documentaciones remitidas cuentan con fecha de remisión: 01 de octubre de 2024.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Informe de evaluación ilegible
Descripción
Verificados los documentos remitidos a través del SICP. Se observa que el informe de evaluación remitido es ilegible. Se solicita sea remitido nuevamente el mencionado documento de manera legible.
Comentario
1)- Pagina 5 y 6 del informe de evaluación resulta ilegible.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
2)-No se visualiza la presentación y análisis del siguiente documento: Constancia de RUC emitida por la SET-contemplado en el PBC-Pagina 21.//
3)-No se visualiza la presentación y análisis del siguiente documento: Declaración Jurada de “Declaración de Personas”, de conformidad con el formulario estándar-PAGINA 18 del PBC) y Requisitos de Calificación- Capacidad Legal- Pagina 15 y 16 del PBC).//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
4)-Se evalua en experiencia,( Carnet), sin embargo, no se visualiza dicho requerimiento en el PBC.//
