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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
27-09-2024 - 13:54
Fecha de Fin
03-10-2024 - 11:36
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Sobrepasaron los 40 días para adjudicar
Descripción
Se recuerda el plazo de comunicación de adjudicacion establecido en el Art. 28 de la Ley 2051/03.
Comentario
1)-Se visualiza el incumplimiento del plazo establecido en la normativa vigente para procesos de L.M.C.N- Art.37 de la Ley 7021/22- Art. 63 del Decreto N° 9823/23.//

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
**Se deja constancia que el cuadro comparativo de ofertas remitido, no cuenta con la columna o datos sobre la Características de Fabricante, sin embargo, la Lista de precios del SICP requiere dicho campo/datos.// **Se deja constancia que no se observa el análisis conclusivo sobre el "Análisis de precios ofertados",(Oferente FERNANDO ARIEL BOLAÑOS LUGO), conforme lo contempla el PBC, Art.4 de la Resolución DNCP 454/24, Art. 53,54 Ley 7021/22.// **Se deja constancia que se presume que la convocante ha optado por la notificación automática por medio del SICP, la presente adjudicación cuenta con fecha de publicación 03-10-2024. //

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Se difunde el proceso conforme a la justificacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario
Atendiendo a las documentaciones remitidas, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
2)-Procedencia: Usa, se registra y/o carga en el SICP para el ítem 7, sin embargo, el cuadro comparativo de ofertas se refleja Procedencia: Americano.// 3)-Se registra y/o carga datos sobre Fabricante en el SICP, sin embargo, el cuadro comparativo de ofertas no refleja los datos sobre el punto.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta firmas/fechas
Descripción
Se observa que la documentación remitida no posee fecha/firma. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
4)-Las firmas expresadas en la pagina 8 del informe de evaluación son ilegibles.//