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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
cfdavalos
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
27-09-2024 - 16:57
Fecha de Fin
04-10-2024 - 14:18
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
1. [Resolución de adjudicación/ Datos inconsistentes]: En la resolución de adjudicación en el articulo 1° para el oferente "FSDJ SA", en el monto total adjudicado no consideraron la sumatoria del monto total máximo para aquellos lotes que poseen el atributo de contrato abierto. También, en el articulo 2° para los oferentes "FSDJ SA" y "Automotive SA" la sumatoria de los montos mínimo por lotes sumados difiere con lo estipulado en el SICP. En el Anexo N°1 para el oferente adjudicado "Fernando Rafael" consignaron erróneamente la sumatoria de los grupos correspondientes al Lote N°1. Solicitamos realicen las modificaciones pertinentes conforme a lo estipulado en la normativa vigente.// 2. [Informe de evaluación/ Datos inconsistentes]: En le informe de evaluación, para los oferentes "FSDJ SA" y "Automotive SA" la sumatoria de los montos mínimo por lotes difiere con lo estipulado en el SICP.

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Solicitud de aclaración
Descripción
Solicitamos a la convocante remitir la aclaración respecto a la adjudicación del proceso.
Comentario
3. Sobrepasaron los 20 días corridos para adjudicar. Conforme a la normativa vigente, se recuerda el plazo de comunicación de la adjudicación establecido en el Art. 55 de la Ley 7021/22.// 4. Consultamos a la convocante // [Informe de evaluación/ Orden de Oferta]: En el informe de evaluación, en la página 10 del documento, se coteja que para el Lote N°9 el orden de ofertas no es el correcto. Conforme a los montos estipulado en dicho Lote N°9, se adjudica al oferte con la segunda mejor oferta. También, consultamos cual fue el mecanismo de desempate implementado para adjudicar el Lote N°15, debido a que; conforme a lo consignado en dicho apartado el monto de la primera y segunda oferta son iguales