Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
03-09-2024 - 13:53
Fecha de Fin
06-09-2024 - 11:02
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
*Se deja constancia que el cuadro comparativo de ofertas remitido por la convocante incluye en la estructura del documento la característica de "Marca: N/A, sin embargo dicha columna no requiere la planilla de precios visualizado en el SICP.//
*Se le indica a la convocante que para el/los próximo/s proceso debe considerar el objeto y la naturaleza de la contratación a fin de que tenga coherencia y armonización los datos reflejados en el cuadro comparativo de ofertas y los datos requeridos en la planilla de precios del SICP-Documento sustancial.//
*Se le indica a la convocante que para el/los próximo/s proceso debe considerar exponer los documentos de evaluación de la capacidad financiera presentados y analizados por el comité de evaluación dentro del contenido del informe de evaluación,- Artículos 75 y 82 del Decreto N° 2264/24.//
*Se deja constancia que la convocante ha optado por la "notificación por medios electrónicos (Correo)", las documentaciones remitidas cuentan con fecha y horario de remisión: 3 de septiembre de 2024, 11:52.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
Se visualiza en el SICP, que la apertura de ofertas del proceso fue el 20 de agosto de 2024. sin embargo, el informe de evaluación cuenta con fecha de elaboración de 27 de julio de 2024.//