Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
27-09-2024 - 16:20
Fecha de Fin
04-10-2024 - 07:53
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
Recordatorio de la vigencia de lo establecido dentro del marco legal vigente,( Circular DNCP N° 41/24 y resolución MITIC N° 275/24).-
Se deja constancia que la planilla de precios del SICP, requiere los datos de la característica de "Fabricante" , sin embargo, la convocante registro en principio dichos datos en el SICP, sin embargo con el reparo indica "no aplica" en el SICP sobre el mismo punto, de deja constancia de la situación y se recuerda lo establecido en el inciso “a” del Art. 59 del Decreto 9823/23.//
Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Inconsistencia en documentos
Descripción
Se observa inconsistencias de datos en los documentos remitidos.
Comentario
En el informe de evaluación se adjudica por el monto 41.556.500 a la firma Sra. Liliana Elizabeth Recalde Irala, sin embargo, en la resolución de adjudicación se adjudica el monto de 41.556.600, expresando inconsistencias, la misma inconsistencia se refleja en el SICP,( VER todas las pestañas que corresponda), por lo que se insta a la convocante a remitir nuevamente los documentos con datos unificados y conforme a ello realizar la carga/registro en el SICP a fin de evitar inconvenientes en las siguientes etapas.//