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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Etapa
Fecha de Solicitud
17-09-2024 - 08:55
Fecha de Fin
20-09-2024 - 09:48
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DEL SICP
Sección
Datos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1. La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2. La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3. La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19. 4. Las verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal, siendo los procedimientos pasibles de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa: Art 79’y 82 de la Ley 2051/03
Comentario
**Se deja constancia que en la pagina 11 del I.E, se indica la evaluación del siguiente documento: Declaración Jurada de miembros, de conformidad con el formulario estandar-seccion formularios.// **Para próximos procesos se le solicita considerar indicar/exponer los índices/criterios requeridos en el PBC y además se deja constancia que en la página 3 y 4 del I.E, se indicó, "presenta" sobre los documentos sustanciales, en atención que el análisis detallado en dichos criterios/documentos servirá como base para la recomendación de la adjudicación, de conformidad con el Art. 55 de la Ley 7021/22.// **Se deja constancia que se presume que la convocante ha optado por la "notificación por medios electrónicos (Correo)", las documentaciones remitidas cuentan con fecha de remisión: 16 de septiembre de 2024.// **Se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta firmas/fechas
Descripción
Se observa que la documentación remitida no posee fecha/firma. Se solicita remitir nuevamente.
Comentario
1)-Cuadro comparativo de ofertas: Se observa que la documentación remitida no posee firma de todos los responsables indicados dentro del documento. Se solicita remitir nuevamente.// 2)-Informe de evaluación N° 43/2024: Se observa que la documentación remitida no posee firma de todos los responsables indicados dentro del documento, por lo que se le recuerda lo establecido en los incisos G,H y K del Art. 62 del Decreto 9223/23.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta criterios de evaluación
Descripción
Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación contemplados en las bases del concurso.
Comentario
3)-Se verifica en el informe de evaluación que no se encuentran todos los criterios/requisitos de evaluación, no se aprecia: Visita al sitio de ejecución del contrato, Autorización del Fabricante y Muestras), contemplados en las bases del concurso.//

Tema
CARGA DE DOCUMENTOS EN EL SICP
Sección
Documentos del SICP
Situación
Criterios de evaluación inconsistentes
Descripción
Se verifica que los criterios de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC/Carta de Invitación.
Comentario
4)-Se verifica que los "documentos" de evaluaciones analizados en el informe del comité difieren con los criterios establecidos en el PBC, pagina 13, ( se requiere en el PBC: Patente comercial vigente a la fecha de apertura del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.), sin embargo se evalua: Patente comercial vigente a la fecha de apertura o al inicio de la carga de propuestas para procesos de SBE, del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente).//